Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 09/12/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

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GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL CHACO
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Franqueo a pagar Registro de la 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
Propiedad Intelectual 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
SUBSECRETARÍA DE LEGAL Y TÉCNICA
DIRECCIÓN BOLETÍN OFICIAL
Cuenta 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
DRA. ANALIA RACH QUIROGA
DR. VÍCTOR HUGO MARTEL
948.707
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Nº 17017F10
Subsecretaria Director 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Correo Oficial
Boletín Oficial Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.chaco.gov.ar - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 0362 4453520 - CTX 53520
AÑO LXII
EDICION 24 PAGINAS

DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES

TIRAJE: 650 EJEMPLARES

RESISTENCIA, MIERCOLES 09 DE DICIEMBRE DE 2015

EDICION N 9.872

ANEXO I A LA LEY N 7687

LEYES
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 7687
ARTÍCULO 1: Modifícanse los artículos 1 y 2 de la ley 7589, los que quedan redactados de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 1: Fíjase el Valor Índice Uno 1 para determinar las remuneraciones del personal docente comprendido en la ley 3529, texto ordenado por ley 5125, en los siguientes períodos y valores:
a A partir del 1 de marzo del 2015, en pesos uno con ochocientos quince mil trescientos sesenta y tres millonésimos $
1,815363.
b A partir del 1 del julio de 2015, en pesos uno con novecientos noventa y seis mil ochocientos noventa y nueve millonésimos $1,996899.
c A partir del 1 de septiembre de 2015, en pesos dos con ciento dieciséis mil setecientos trece millonésimos $2,116713."
"ARTÍCULO 2: Establécese el pago para el personal docente de una suma no remunerativa y no bonificable de pesos doscientos cincuenta y cinco $255, que deberá liquidarse durante los meses de mayo a agosto de 2015, según los criterios y momentos de liquidación utilizados para el pago del Incentivo Docente."
ARTÍCULO 2: Fíjase el estado docente en ochocientos 800 puntos a partir del 1 de octubre de 2015.
ARTÍCULO 3: Apruébase, a partir del 1 de noviembre de 2015, el Nomenclador Básico Docente de acuerdo con la cantidad de puntos por cargo establecidos en el Anexo I
que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 4: Autorizase al Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas, a asignar al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, las partidas presupuestarias necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes.
ARTÍCULO 5: La erogación que demande el cumplimiento de la presente deberá ser imputada a la Jurisdicción 29:
Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, de acuerdo con la naturaleza del gasto.
ARTÍCULO 6: Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes, conforme con lo dispuesto por el artículo precedente.
ARTÍCULO 7: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil quince.
Pablo L. D. Bosch, Secretario Darío Augusto Bacileff Ivanoff, Presidente
Denominación del cargo / Hs Cátedra
NIVEL 1 - INICIAL
Director Regional Supervisor de Zona Dir. 1ra. Jardin de Inf. y Mat J.C.
Dir. 2da.Jardin de Inf. y Mat. J.C.
Dir. 3ra. Jardin de Inf. y Mat. J.C.
Maestro Jardin Inf. y Mat. J.C.
Maestro Jardin Inf. y Mat. J.C. C/func. Secretario
Director de 1ra.Jardin de Infantes Director de 2da. Jardin de Infantes Director de 3ra. Jardín de Infantes Maestro de Materia Especial de J.C.
Auxiliar Docente Aborigen de J.C.
Maestro de Sección Jardín Infantes J.S
Maestro de Sección Jardín Infántes - Secretario
Auxiliar Docente Maestro de Materia Especial Auxiliar Docente Aborigen Maestro Bilinge Intercultural Profesor lntercultural Bilinge - Niv. Inicial
puntos por cargo
4496
4307
4.138
3.905
3.339
3.338
3.338
2.804
2.663
2.522
2.195
2.195
2.097
2.097
2.097
1.967
1.967
1.845
1.435

NIVEL PRIMARIO
Director Regional Supervisor de Zona Mep Especial Director 1ra. de J. C.
Director 2da. de J. C.
Director 3ra. de J. C.
Vicedirector de J. C.

4.496
4.307
1.394
4.138
3.905
3.624
3.905
Maestro de Grado con Funciones de Secretario J. C. 3.338
Maestro de Grado de J. C.
3.338
Maestro Especial de J.C.
2.195
Auxiliar Docente Aborigen de J. C.
2.195
Director de Escuela Común de 1ra.
2.804
Director de Escuela Común de 2da.
2.663
Director de Escuela Común de 3ra.
2.522
Vicedirector de Escuela Común 2.663
Maestro de Grado con Funciones de Secretario J. S. 2.097
Maestro Grado de Escuela Común 2.097
Maestro de Materia Especial 1.967
Maestro Bilinge Intercultural Nivel Primario 2.097
Profesor Intercultural Bilinge - Niv.Primario 1.435
Maestro o Prof. de séptimo año de EGB
1.971
Maestro de Grado de Escuela Común c/F de Aux.Lab 1.435
Auxiliar Docente Aborigen 1.967
Maestro Bilinge Intercultural J. C.
3.500
Hs. Cat. E.G.B.
110
NIVEL 3 - ESPEClAL
Director Regional Educ. Especial Supervisor de Modalidad Asistencial Director de Escuela 1ra. Categoría Director de Escuela 2da. Categoría Vicedirector Director de Escuela. 3ra. Categoría Jefe Dpto. Diag. Deriv. y Asesoramiento
4.496
4.307
2.804
2.663
2.663
2.522
2.067

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 09/12/2015

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaeseArgentina

Data09/12/2015

Conteggio pagine24

Numero di edizioni3256

Prima edizione14/07/1999

Ultima edizione10/06/2026

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