Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 18/11/2013

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Franqueo a pagar Registro de la 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
Propiedad Intelectual 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
CASA DE GOBIERNO
Cuenta 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
948.707
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Director: JULIO RENE SOTELO
Nº 17017F10
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Correo Oficial
Boletín Oficial Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.chaco.gov.ar - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 362 4453520 - CTX 53520
AÑO LXI

DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES

EDICION 40 PAGINAS

RESISTENCIA, LUNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2013

RESOLUCIONES
ATP
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA PROVINCIAL
RESOLUCION GENERAL Nº 1784
VISTO:
La Resolución General N 1780, y;
CONSIDERANDO:
Que los medios de pagos habilitados para la cancelación de las obligaciones tributarias están indicados en el Anexo I de la Resolución General N 1780, donde se especifican los canales, formularios utilizados, obligaciones a cancelar, lugares de pago, etc.;
Que la Administración Tributaria en la búsqueda de mejorar los sistemas de recaudación para hacerlos mas eficientes, ha incorporado nuevos canales de pago de las obligaciones fiscales;
Que como consecuencia de la incorporación mencionada en el párrafo anterior, resulta necesaria la modificación del Anexo I de la Resolución General N 1780;
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Recaudación Tributaria e Informática, y sus dependencias;
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas a la Administración Tributaria por la Ley Orgánica N 330 t.v., su modificatoria N 5304 t.v. y el Código Tributario Provincial;
Por ello:
LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA DE
LA PROVINCIA DEL CHACO
RESUELVE:
Artículo 1: Sustitúyase el Anexo I de la Resolución General N 1780 por el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, donde se incorpora la posibilidad de pago de los anticipos y cuotas de los regímenes de financiación para la regularización de las obligaciones impositivas provinciales-Ley 6889 y del reglamentado por la Resolución General N 1748, a través de interbanking.
Artículo 2: Tomen razón las distintas dependencias de esta Administración Tributaria Provincial. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
ADMINISTRACION TRIBUTARIA PROVINCIAL, 08 NOVIEMBRE 2013
C.P. Ricardo R. Pereyra, Administrador s/c.
E:18/11/13

RESOLUCIONES SINTETIZADAS
PROVINCIA DEL CHACO
TRIBUNAL DE CUENTAS
RESOLUCIÓN N 22/12 Sala I
EXPTE. N 403191109-23563-E
No hace lugar a la caducidad intentada a fs. 80/87 y.vta de autos.

TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 9.574

No hace lugar a la nulidad intentada a fs. 80/87 y vta de autos.
RESOLUCIÓN SALA I N 35/13
EXPTE. N 401080211-24435-E
Aprueba la Rendición de Cuentas conforme lo sugerido por el Fiscal Relator Cr. Jorge Alberto Mendivil en fs. 819/
820 y los Estados Contables de "Servicios Energéticos del Chaco - Empresa del Estado Provincial S.E.CH.E.E.P
Ejercicio 2011.
Hace saber al Directorio de la Empresa que deberá regularizar la afectación transitoria de fondos de pesos dos millones $ 2.000.000,- que fueron transferidos a S.E.CH.E.E.P. Combustibles para hacer operativa la nueva actividad, incorporada por Ley 6272 y modif. y gestionar fuentes de financiamiento acordes a la inversión que la actividad demanda.
Encomienda al Fiscal que tiene a su cargo el control de la Cuenta "Servicios Energéticos del Chaco - Empresa del Estado Provincial S.E.CH.E.E.P" correspondiente al Ejercicio 2012, a continuar el estudio de las cuestiones expuestas en Anexo"B" fs.779/793 del Informe N 05/2013.
Corre traslado de copia autenticada del Informe del Fiscal N 06/2013, obrante en fs. 794/818, para su conocimiento, conforme a lo previsto en el Art. 6 ap. 7 pto. e de la Ley 4159, al Sr. Gobernador de la Provincia, al Sr. Presidente de la Cámara de Diputados, al Sr. Presidente de SECHEEP Ing. Omar Vicente Judis y a los Sres. Vocales Dr. Marcos Verbek e Ing. Miguel Ángel Malarin.
Dispone el archivo de las presentes actuaciones de conformidad a lo previsto en el art. 45 inc. a de la Ley 4159.
RESOLUCIÓN SALA I N 47/13
EXPTE. N 401170412-25347-E
Declara responsable a la C.P. Silvia Elena Vera por los hechos objeto de la presente causa condenándola al resarcimiento patrimonial de la suma de Veintisiete mil setecientos veintitrés pesos con 17/100 $ 27.723,17.
Formula observación con alcance de Reparo y aplicación de la multa prevista en el Art. 6, Apart. 5, inc. a, subinc.4
de la Ley 4159 por la suma de Quinientos pesos $
500,00, a la C.P. Silvia Elena Vera.
Intima a la responsable al pago de las sumas que en concepto de cargo y multa se determinan en los artículos precedentes, en el plazo establecido en el Artículo 84 de la Ley 4159. Vencido el mismo quedará constituida en mora.
Da intervención a Fiscalía de Estado, conforme lo prescribe el Artículo 86 de la Ley 4159, para promover la acción ejecutiva pertinente en caso de incumplimiento del Artículo 3 de la presente.
RESOLUCIÓN N49/13 ACUERDO SALA I
EXPTE. N 401030212-25130-E
Aprueba, sin observaciones, la Rendición de Cuentas de la "FISCALIA DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS Ejercicio 2012"
Dispone el archivo de las presentes actuaciones de conformidad a lo previsto en el Art. 45 - inc. a de la Ley 4159.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 18/11/2013

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaeseArgentina

Data18/11/2013

Conteggio pagine40

Numero di edizioni3261

Prima edizione14/07/1999

Ultima edizione24/06/2026

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Noviembre 2013>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930