Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 11/05/2012
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Franqueo a pagar Registro de la 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
Propiedad Intelectual 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
CASA DE GOBIERNO
Cuenta 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
948.707
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Director: Dr. JUAN CHAQUÍRES
Nº 17017F10
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Correo Oficial
Boletín Oficial Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.chaco.gov.ar - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 362 4453520 - CTX 53520
AÑO LIX
EDICION 32 PAGINAS
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
RESISTENCIA, VIERNES 11 DE MAYO DE 2012
EDICION N 9.353
DECRETOS
DECRETO Nº 784
Resistencia, 24 abril 2012
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que la Ley N 3258-de las Comunidades Indígenas, se sancionó con el fin primordial de mejorar las condiciones de vida de las comunidades indígenas, mediante su acceso a la propiedad de la tierra y la asignación de los recursos necesarios para reactivar sus economías, la preservación, defensa y revalorización de su patrimonio cultural, su desarrollo social y su efectiva participación en el que hacer provincial y nacional y asimismo se instituyó en la Provincia el 19 de abril de cada año como "Día del Indio Americano";
Que por Ley N 6542, se conmemora el día 14 de mayo como el "Día de los Trabajadores Estatales Indígenas de la Provincia del Chaco";
Que el Poder Ejecutivo Provincial, considera de especial interés conceder Asueto el día 14 de mayo de cada año, exclusivamente para los agentes indígenas que prestan servicios en la Administración Pública Provincial, Administración Central, Organismos Autárquicos y/o Descentralizados y permitir su participación en los acontecimientos respectivos;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Concédase Asueto el día 14 de mayo de cada año, exclusivamente, para los agentes indígenas que prestan servicios en la Administración Pública Provincial, Administración Central, Organismos Autárquicos y/o Descentralizados, con motivo de celebrarse el "Día de los Trabajadores Estatales Indígenas de la Provincia del Chaco" y permitir su participación en los acontecimientos respectivos.
Artículo 2: Invítase a adherir a la medida dispuesta en el Artículo 1 a los demás Poderes del Estado y Municipios de la provincia, a fin de que dispongan similar medida.
Artículo 3: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Capitanich / Pedrini s/c.
E:11/5/12
><
DECRETO Nº 787
Resistencia, 24 abril 2012
VISTO y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N 484/12 se aprobó el Llamado a Concurso Abierto de Antecedentes y Oposición a desarrollarse en el ámbito de la Jurisdicción 6 -Ministerio de Salud Pública, para cubrir cargos vacantes en distintas especialidades médicas en establecimientos sanitarios de la Región Sanitaria 5 -Impenetrable;
Que en el Artículo 7 del mencionado instrumento legal se aprobó el Cronograma del Llamado a Concurso Abierto de Antecedentes y Oposición conforme lo determinado en el Anexo del mismo;
Que resulta necesario extender el plazo fijado oportunamente para el cierre de inscripción;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Modifíquese parcialmente, desde su respectiva vigencia, el Cronograma del Llamado a Concurso Abierto de Antecedentes y Oposición prevista en el Anexo 2
del Decreto N 484/12, que quedará redactado de la siguiente manera:
Cronograma b Cierre de Inscripción: 25 de abril de 2012.
c Apertura de Concurso: 7 de mayo de 2012.
Artículo 2: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Capitanich / Baquero s/c.
E:11/5/12
><
DECRETO Nº 834
Resistencia, 26 abril 2012
VISTO:
Las atribuciones conferidas al Poder Ejecutivo en el Artículo 141 de la Constitución Provincial 1957-1994-; y CONSIDERANDO:
Que el Poder Ejecutivo ha establecido para el ejercicio 2012 la política de retribuciones por la prestación de servicios en la Administración Pública Provincial;
Que dicha política está en relación con los criterios de responsabilidad y sustentabilidad de las finanzas públicas provinciales;
Que en tal sentido, es menester incrementar la retribución al personal contratado de obras que se desempeña en las reparticiones de la Administración Pública Provincial;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Otórgase, a partir del 01 de marzo de 2012, un incremento en los montos de los contratos de locación de obras, por rangos según porcentajes que se detallan a continuación:
Rangos - Retribución mensual bruta Aumento importes en en pesos -$-
%
Menor o igual a $ 1800.15,0%
De $ 1.801 hasta $ 2.560.12,5%
De $ 2.561 hasta $ 4.000
10,0%
Mayor de $ 4.000.5%
Artículo 2: Establécese que, a partir del 01 de marzo de 2012, la retribución mensual mínima que percibirá el personal con contrato de locación de obras, pasible de ser incorporado a la planta permanente de la Administración Pública Provincial en el marco de la aplicación de la Ley N
6655, será de pesos mil setecientos $ 1.700, entendiéndose destinado para los casos que no alcancen ese monto una vez aplicado el porcentaje del quince por ciento 15%
previsto en el Artículo 1 del presente.