Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 18/03/2011
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
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SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
Franqueo a pagar Registro de la 12345678901234567890123456789012123456789012345678901234
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
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Propiedad Intelectual CASA DE GOBIERNO
Cuenta 12345678901234567890123456789012123456789012345678901234
948.707
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Director: Dr. JUAN CHAQUÍRES
Nº 17017F10
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Correo Oficial
Boletín Oficial Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.chaco.gov.ar - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 03722 453520 - CTX 53520
AÑO LVIII
EDICION 32 PAGINAS
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
RESISTENCIA, VIERNES 18 DE MARZO DE 2011
EDICION N 9.186
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
PROVINCIA DEL CHACO
APA
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DEL AGUA
RESOLUCION Nº 109
Resistencia, 28 febrero 2011
ENCOMIÉNDASE al área de Licitaciones y Certificaciones a realizar las tramitaciones que resulten necesarias vinculadas al llamado a Licitación Pública Internacional Nº 08/10 para la ejecución de la obra: Acueducto de agua potable Puerto Lavalle - Juan José Castelli - Provincia del Chaco.
Arq. María Cristina Magnano Presidente s/c.
E:16/3 V:28/3/11
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TRIBUNAL DE CUENTAS
PROVINCIA DEL CHACO
Resolución N 1/11 - Acuerdo Plenario Expte. N 400010211-24.405-E
Acepta a partir del día 01 de febrero de 2011, la renuncia presentada por el Cr. José Ricardo GOMEZ L.E. N
7.839.875, categoría Jefe de División de Segunda Perito porcentaje 31 C.E.I.C. 3-60-0, para acogerse al beneficio previsional de jubilación ordinaria móvil, art. 73
Ley N 4.044.
Resolución N 116/10 - Sala I
Expte. N 403111102-17.513-E
Ordena el archivo de las presentes actuaciones de conformidad a lo normado por el art. 60, inc. b de la Ley N
4.159. Aplica multa de Cuatrocientos pesos $ 400 a cada uno a los Sres. Oscar BONFANTI, Daniel ACOSTA y Francisco ESPÍNOLA, en atención a lo normado por el art.
69 de la Ley N 4.159.
Resolución N 118/10 - Sala I
Expte. N 401260309-23.007-E
Libera de responsabilidad al Ing. Ricardo Rubén Dellamea, Arq. Juan Hugo Armand y Héctor Vidal Pereira; M.M.O.
Luis Guillermo Roa y Manuel Rodríguez y Cra. Estela Q. de Rodich, por los hechos objeto de la presente causa. Dispone el archivo de las presentes actuaciones de conformidad a lo previsto en el art. 52 de la Ley 4.159.
Resolución N 124/10 - Sala I
Expte. N 401270208-22.045-E
Declara responsable al Dr. Alberto Ramón Vicesar por las observaciones que con alcance de cargo le formuló la Fiscal, condenándolo al resarcimiento patrimonial de la suma de Dieciocho mil trescientos setenta y nueve pesos con 96/100 $ 18.379,96. Formula al Dr. Alberto Ramón Vicesar observación con alcance de reparo con aplicación de la multa prevista en el art. 6 ap.
5 inc. a subinc. 4 y art. 53 de la Ley 4.159, por la suma de Quinientos pesos $ 500,00. Intima al responsable al pago de las sumas indicadas en los artículos 1 y 2, en el plazo establecido por el artículo 84 de la Ley 4.159. Vencido el mismo quedará constituido en
mora. Da intervención a Fiscalía de Estado, conforme lo prescribe el artículo 86 de la Ley 4.159, para promover la acción ejecutiva pertinente en caso de incumplimiento del artículo 3 de la presente.
Resolución N 125/10 - Sala I
Expte. N 401270307-21.359-E
Formula a la Cra. Silvia E. Vera de Simonit observación con alcance de reparo con aplicación de la multa prevista en el art. 6 ap. 5 inc. a subinc. 4 y art. 53 de la Ley 4.159, por la suma de Quinientos pesos $ 500,00. Intima a la responsable al pago de la suma indicada en el artículo 1, en el plazo establecido por el artículo 84 de la Ley 4.159. Vencido el mismo quedará constituida en mora. Da intervención a Fiscalía de Estado, conforme lo prescribe el artículo 86 de la Ley 4.159, para promover la acción ejecutiva pertinente en caso de incumplimiento del artículo 2 de la presente.
Resolución N 81/10 - Sala II
Expte. N 403041105-19.975-E
Ordena el archivo de las presentes actuaciones, conforme las constancias de la causa y lo previsto por el art. 60 inc. b de la Ley 4.159. Aplica al Sr. Pedro León Maidana, en calidad de mandatario legal de la Municipalidad de Colonia Elisa, una multa de Setecientos pesos $ 700,00 conforme lo previsto por el art. 69 y art. 6
ap. 5 inc. a sub. 6 de la Ley 4.159. Intima al funcionario, al pago de la multa aplicada en el plazo establecido por el art. 84 de la Ley 4.159. Vencido el mismo quedará constituido en mora. Da intervención a la Fiscalía de Estado, conforme lo prescribe el art. 86 de la Ley 4.159, a fin de promover la acción ejecutiva pertinente en caso de incumplimiento del artículo 3.
Resolución N 91/10 - Sala II
Expte. N 402120209-22.875-E
Aprueba la rendición de cuentas de la Municipalidad de Quitilipi - Ejercicio 2009. Dispone el archivo de las presentes actuaciones de conformidad a lo previsto en el artículo 45, inc. a de la Ley N 4.159 Orgánica del Tribunal de Cuentas. Devuelve a la Municipalidad de Quitilipi, los libros y las documentaciones objeto del presente estudio.
Resolución N 92/10 - Sala II
Expte. N 403181102-17.551-E
Ordena el archivo de las presentes actuaciones por inexistencia de responsabilidad administrativa de contenido patrimonial imputable a agente o funcionario alguno conforme lo previsto en el art. 60, inc. b de la Ley 4.159.
Resolución N 93/10 - Sala II
Expte. N 403100406-20.504-E
Ordena el archivo de las presentes actuaciones por inexistencia de responsabilidad administrativa de contenido patrimonial imputable a funcionario o agente alguno, en virtud de lo previsto en el art. 60, inc. b de la Ley 4.159.
Resolución N 96/10 - Sala II
Expte. N 402120209-22.874-E
Aprueba la rendición de cuentas de la Municipalidad de Puerto Vilelas - Ejercicio 2009. Dispone el archivo de las presentes actuaciones de conformidad a lo previsto en el