Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 16/03/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

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SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
Franqueo a pagar Registro de la 12345678901234567890123456789012123456789012345678901234
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
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Propiedad Intelectual CASA DE GOBIERNO
Cuenta 12345678901234567890123456789012123456789012345678901234
948.707
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Director: Dr. JUAN CHAQUÍRES
Nº 17017F10
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Correo Oficial
Boletín Oficial Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.chaco.gov.ar - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 03722 453520 - CTX 53520
AÑO LVIII

DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES

EDICION 28 PAGINAS

RESISTENCIA, MIERCOLES 16 DE MARZO DE 2011

RESOLUCIONES
ATP
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA PROVINCIAL
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1691
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución General Nº 1680 del 02 de Diciembre del 2010 se establecieron los vencimientos para los distintos Tributos que recauda esta Administración Tributaria;
Que la Asociación de Bancos de la Argentina a través de nota, solicita se postergue la fecha de vencimiento de los regímenes que como agentes de recaudación deben ingresar en la primera quincena del mes de Marzo del corriente año -correspondiente al período fiscal Febrero-, en razón de los inconvenientes en la liquidación y pago de los mismos con motivo de los feriados decretados previo a las fechas de vencimiento dispuestas en el calendario citado;
Que esta Administración Tributaria atento a ello, establece prorrogar por el término de cuarenta y ocho 48 horas los vencimientos como Agentes de Retención y/o Percepción, de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Adicional 10% -Ley 3565- e Impuesto de Sellos dispuestos en el Inciso c del artículo 1º de la Resolución General Nº 1680 para el período fiscal Febrero del corriente año;
Que el Organismo se halla debidamente facultado para dictar la presente, por los artículos 54 y concordantes del Código Tributario Provincial Decreto-Ley Nº 2444/62
y sus modificaciones y en ejercicio de las facultades conferidas a la Administración Tributaria por la Ley Orgánica N 330 t.v., su modificatoria Nº 5304 t.v.;
Por ello;
LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA DE
LA PROVINCIA DEL CHACO
RESUELVE:
Artículo 1º: Prorróguense las fechas de vencimiento que deben observar los agentes de Retención y/o Percepción, de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Adicional 10% -Ley 3565- e Impuesto de Sellos en el mes de Marzo de 2011, correspondientes al período fiscal Febrero, dispuestos en el artículo 1º, inciso c de la Resolución General Nº 1680/10, a los siguientes:
AGENTES DE RETENCIÓN Y/O PERCEPCIÓN
INGRESOS BRUTOS
SELLOS
y ADICIONAL 10%
Presentación DDJJ
Presentación DD JJ
y pago Informativa y pago Informativa Febrero/11 16/03/2011 31/03/2011 17/03/2011 31/03/201

Artículo 2º: Tomen razón las distintas dependencias de ésta Administración Tributaria Provincial. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
ADMINISTRACION TRIBUTARIA PROVINCIAL, 03 de marzo de 2011
C.P. Ricardo R. Pereyra, Administrador ATP
Cra. Delmira Nelli Anonis, a/c. Dirección de Asuntos Técnicos Cra. Viviana Ines Banovach, Secretaria Tecnica ATP.
s/c.
E:16/3/11

TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 9.185

ATP
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA PROVINCIAL
RESOLUCION GENERAL Nº 1692
VISTO:
La Resolución General Nº 1.682, y CONSIDERANDO:
Que a los efectos de optimizar los procesos de control sobre la conducta fiscal de los contribuyentes que realicen actividades de comercialización de producción primaria, se ha creado un "Registro de Operadores de Granos", en el que en una primera etapa se estableció la obligatoriedad de la inscripción para los operadores de trigo;
Que resulta conveniente establecer la obligatoriedad de la inscripción de quienes comercialicen los restantes granos, a fin de continuar con los procesos de control sobre la Producción Primaria;
Que esta Administración Tributaria Provincial se halla debidamente facultada para ello, de acuerdo a las normas del Código Tributario Provincial -t.v.- y la Ley Orgánica N 330 t.v.-;
Por ello:
LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA DE
LA PROVINCIA DEL CHACO
R E S U E L V E:
Artículo 1: Los contribuyentes y/o responsables del traslado de granos fuera de la Jurisdicción Provincial, deberán cumplir con la inscripción en el Registro creado por la Resolución General N 1.682, en el plazo de 30 días corridos a partir de la entrada en vigencia de la presente.
Artículo 2: La falta de inscripción en el Registro de los sujetos obligados, dará lugar a la aplicación de las sanciones correspondientes a la omisión de los deberes formales, y a la inhabilitación automática del sistema de emisión de guías.
Artículo 3º: Déjese sin efecto toda norma que se oponga a la presente.
Artículo 4º: Tomen razón las distintas dependencias de esta Administración Tributaria Provincial. Regístrese, comuníquese y archívese.
ADMINISTRACION TRIBUTARIA PROVINCIAL, 03 de marzo de 2011
C.P. Ricardo R. Pereyra, Administrador ATP
Cra. Delmira Nelli Anonis, a/c. Dirección de Asuntos Técnicos Cr. Leandro Honnorat, Dirección de Asuntos Técnicos ATP
s/c.
E:16/3/11
><
ATP
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA PROVINCIAL
RESOLUCION GENERAL Nº 1693
VISTO:
La Resolución General N 1679, y;
CONSIDERANDO :
Que en la Planilla Anexa Nº IV de la misma, se establecen los valores referidos a los precios del ganado vacuno, equino, caprino, porcino y ovino que deben ser tomados como base para la liquidación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Adicional 10% - Ley Nº 3565;
Que, atento a la variación registrada en los precios de tales bienes, operados en los mercados de co-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 16/03/2011

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaeseArgentina

Data16/03/2011

Conteggio pagine28

Numero di edizioni3254

Prima edizione14/07/1999

Ultima edizione05/06/2026

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