Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 09/06/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

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Franqueo a pagar 12345678901234567890123456789012123456789012345678901234
SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
Registro de la 12345678901234567890123456789012123456789012345678901234
Cuenta N 17.100
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
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Propiedad Intelectual Tarifa Res. N 408
CASA DE GOBIERNO
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948.707
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S.C. G.
Director: Dr. JUAN CHAQUÍRES
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Correo Privado
Boletín Oficial Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.chaco.gov.ar - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 03722 453520 - CTX 53520
AÑO LVI

DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES

EDICION 16 PAGINAS

RESISTENCIA, MIERCOLES 09 DE JUNIO DE 2010

RESOLUCIONES
MINISTERIO DE PRODUCCION Y AMBIENTE
RESOLUCION Nº 0222
Resistencia, 31 de mayo de 2010.
VISTO:
El Decreto Nº 1726/07;
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 1726/07 regula el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, y crea en su artículo 17 el Registro de Profesionales en Estudios de Impacto Ambiental Que el mismo artículo determina que la Autoridad de Aplicación normatizará los requisitos para la inscripción, habilitación y capacitación requerida a los profesionales y todo dispositivo relativo a la implementación y funcionalidad del Registro.
Que a los fines de ordenar el procedimiento resulta necesario efectivizar su implementación.
Que en consecuencia, es necesario definir las pautas, condiciones, derechos yobligaciones que conlleva la existencia y la inscripción en el Registro.
Que la Subsecretaría deberá incurrir en ciertos gastos operativos para la correcta instrumentación y ejecución del mencionado Registro.
Que dichos gastos serán cubiertos mediante el cobro de un derecho de inscripción, a las firmas o consultores individuales, en el momento de su inscripción y anualmente para su renovación.
Que la implementación del mismo estará a cargo de la Autoridad de Aplicación, es decir la Subsecretaría de Medio Ambiente.
Que resulta necesario publicar la apertura de dicho Registro en algunos medios de difusión masiva.
Por ello EL MINISTRO DE PRODUCCION Y AMBIENTE
R E S U E LV E :
ARTICULO 1º.- Toda persona física o jurídica que resulte responsable de la realización de Estudios de Impacto Ambiental para proyectos en los que tome intervención la Subsecretaría de Medio Ambiente, deberá estar inscripta en el Registro de Consultores de Impacto Ambiental.
ARTICULO 2º.- Las firmas consultoras en Estudios de Impacto Ambiental deberán acreditar experiencia profesional que cubra, como mínimo, tres de las áreas temáticas referidas a:
Aspectos relacionados con el medio físico y biológico;
Aspectos ecológicos;
Aspectos relacionados con los procesos productivos: tecnologías, insumos y desechos;
Aspectos sociales y culturales;
Aspectos económicos;
Aspectos del medio construido: infraestructura y equipamiento;
Aspectos jurídicos.
Los consultores individuales deben acreditar experiencia en al menos una de las áreas temáticas.
ARTICULO 3º.- Losaspirantes a inscribirse en el Registro deberán cumplimentar:

TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 9.073

Personas físicas:
1. Nombre, apellido, tipo y número de documento de identidad y domicilio real.
2. Constituir domicilio legal en provincia de Chaco.
3. Título oficial, terciario o universitario, debidamente legalizados.
4. Constancia de matriculación ante el Colegio Profesional de la Provincia de Chaco respectivo, de corresponder y libre deuda expedido por éste, no obstante poseer matriculación expedida por el Colegio Profesional de otra Provincia.
5. Curriculum vitae 6. Acreditar ejercicio de la profesión no menor a tres 3
años.
7. Constancia de inscripción ante la A.F.I.P. de C.U.I.T. o C.U.I.L. según corresponda.
8. Constancia de pago de arancel de inscripción en el Registro.
Personas jurídicas:
a sociedades regularmente constituidas:
1. nombre, razón social y domicilio real de la firma.
2. constituir domicilio legal en la provincia de Chaco.
3. presentar instrumento de constitución y acreditación de la subsistencia de la persona jurídica, de conformidad a la legislación vigente.
4. nominación de representante legal con poder suficiente.
5. nómina de los profesionales que la integran, quienes deberán acreditar los requisitos exigidos para las personas físicas en los puntos 3, 4 y 5 y en un cincuenta por ciento 50% del equipo el requisito exigido en el punto 6.
6. constancia de inscripción ante la AFIP.
7. constancia de pago de arancel de inscripción en el Registro.
b sociedades de hecho:
1. nombre, razón social y domicilio real de la firma.
2. constituir domicilio legal en la provincia de Chaco.
3. nominación de representante legal con poder suficiente.
4. contrato de constitución. De no existir, declaración jurada con nómina de profesionales que la integran, quienes además deberán acreditar los puntos 3,4, 5 y 6 de los exigidos para personas físicas.
5. constancia de inscripción ante la AFIP de la Sociedad o de sus miembros.
6. constancia de pago de arancel de inscripción en el Registro.
ARTICULO 4º.- Aquellas firmas que no cuenten con antecedentes laborales en la temática, deberán presentar los antecedentes y las acreditaciones correspondientes, de los profesionales propuestos por ésta.
ARTICULO 5º.- La inscripción en el Registro de Consultores en Estudios de Impacto Ambiental se tramitará, exclusivamente, en la Subsecretaría de Medio Ambiente, dependiente del Ministerio de Producción y Ambiente.
ARTICULO 6º.- Las empresas que requieran los servicios de consultoría sobre Estudios de Impacto Ambiental podrán seleccionar del Registro -y a su exclusivo criterioa uno o más consultores, individuales y/o consultoras, según estimen conveniente.
ARTICULO 7º.- La apertura del Registro se publicará en los 3 diarios de mayor circulación en la Provincia y en el Boletín Oficial.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 09/06/2010

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaeseArgentina

Data09/06/2010

Conteggio pagine16

Numero di edizioni3257

Prima edizione14/07/1999

Ultima edizione12/06/2026

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