Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 22/10/2008
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
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Franqueo a pagar SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
Registro de la 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Cuenta N 17.100
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
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Propiedad Intelectual 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Tarifa Res. N 408
CASA DE GOBIERNO
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948.707
S.C. G.
Directora: C.P. ELDA AÍDA PÉRTILE
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Correo Privado
Boletín Oficial
Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.ecomchaco.com.ar/BoletinOficial - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 03722 453520 - CTX 53520
AÑO LV
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
EDICION 28 PAGINAS
RESISTENCIA, MIÉRCOLES 22 DE OCTUBRE DE 2008
LEYES
RESOLUCIÓN Nº 2.366
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DEL CHACO
RESUELVE
1 Insistir en la sanción original del proyecto de ley N
6.137.
2 Registrar la presente resolución, efectuar las comunicaciones pertinentes y oportunamente, proceder a su archivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a un día del mes de octubre del año dos mil ocho.
Pablo L. D. Bosch, Secretario Alicia E. Mastandrea, Presidenta LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 6.137
ARTÍCULO 1: Incorpórase como inciso 1 al artículo 1 de la ley 5.428 y sus modificatorias Ley de Ética y Transparencia en la Función Pública-, el siguiente texto:
"ARTÍCULO 1: La presente ley de Ética y Transparencia en la Función Pública, se dicta conforme con lo normado por el artículo 11 de la Constitución Provincial 1957-1994 y tiene por objeto establecer las normas y pautas que rijan el desempeño de la función pública, en cumplimiento de los siguientes principios, deberes, prohibiciones e incompatibilidades:
a
b
c
d
e
f
g
h
i
j
k
l La publicidad de los actos, programas, obras, servicios y campañas de los órganos públicos, deberá tener carácter educativo, informativo o de orientación social, no pudiendo constar en ella, nombres, símbolos o imágenes que supongan promoción personal de las autoridades o funcionarios públicos.
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 8.830
ARTÍCULO 2: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los catorce días del mes de mayo del año dos mil ocho.
Pablo L. D. Bosch, Secretario Alicia E. Mastandrea, Presidenta s/c.
E:22/10/08
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RESOLUCIÓN Nº 2.037
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DEL CHACO
RESUELVE
1 Insistir en la sanción original del proyecto de ley 6.203.
2 Registrar la presente resolución, efectuar las comunicaciones pertinentes y oportunamente, proceder a su archivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los diez días del mes de septiembre del año dos mil ocho.
Pablo L. D. Bosch, Secretario Alicia E. Mastandrea, Presidenta LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 6.203
ARTÍCULO 1: Dispónese, en el marco de lo establecido por la ley 5.452 y su modificatoria ley 5.782, la creación de un 1 cargo en la Jurisdicción 08: Tribunal de Cuentas, correspondiente al nivel Personal de Servicio, categoría Chofer, porcentaje 21%.
ARTÍCULO 2: Las erogaciones que demande el cumplimiento de la presente ley, se imputarán a la partida correspondiente de la Jurisdicción 08: Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO 3: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil ocho.
Pablo L. D. Bosch, Secretario Alicia E. Mastandrea, Presidenta s/c.
E:22/10/08
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RESOLUCIÓN Nº 2.152
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DEL CHACO
RESUELVE
1 Insistir en la sanción original del proyecto de ley 6.207.
2 Registrar la presente resolución, efectuar las comunicaciones pertinentes y oportunamente, proceder a su archivo.