Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 09/09/2007
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Franqueo a pagar SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Registro de la Cuenta N 17.100
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
Propiedad Intelectual 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Tarifa Res. N 408
CASA DE GOBIERNO
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
948.707
S.C. G.
Director: Dr. ANTONIO LUIS MARTÍNEZ
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Correo Privado
Boletín Oficial
Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.ecomchaco.com.ar/BoletinOficial - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 03722 453520 - CTX 53520
AÑO LIV
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
EDICION 20 PAGINAS
RESISTENCIA, LUNES 03 DE SEPTIEMBRE DE 2007
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 8.660
DECRETO Nº 1.607
Resistencia, 22 agosto 2007
DECRETOS
VISTO:
DECRETO Nº 1.561
Resistencia, 14 agosto 2007
VISTO:
El Decreto 1791 de fecha 11 de octubre de 2006
en el expediente N 800.121204.0094/E del registro de Lotería Chaqueña;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 1791/06 se aprobó el Pliego de bases y condiciones para el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional con destino a la concesión de la explotación y administración de un complejo para el desarrollo turístico, de hotelería y casino en la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña, Departamento Comandante Fernández, mediante la refacción, remodelación y ampliación del Hotel Gualok, de propiedad del citado organismo, a emplazarse en el predio que el mismo ocupa, y en las condiciones determinadas en el anexo correspondiente a dicho Pliego aprobado por el citado Decreto;
Que el Decreto 1791/06 designó a Lotería Chaqueña como autoridad de aplicación, a fin de cumplir con el proceso Licitatorio, facultándolo a establecer el cronograma del mismo;
Que Lotería Chaqueña estableció el cronograma de la Licitación y procedió a llevar adelante el trámite de la misma, de conformidad a los términos de la Resolución N
0224 de fecha 27 de marzo de 2007, y el cronograma aprobado por el Artículo 1º;
Que habiéndose cumplido todas las formalidades del proceso licitatorio, al vencer el plazo de recepción de ofertas, se hizo constar la ausencia de las mismas;
Que en consecuencia de ello, por Resolución N
0545 de fecha 04 de julio de 2007 el Directorio de Lotería Chaqueña declaró desierta la licitación 01/007 de referencia;
Que teniendo en cuenta algunas presentaciones y consultas posteriores al vencimiento de plazo para ofertar, dentro de aquel proceso licitatorio vencido, por parte de interesados tardíos, pareciera resultar oportuna una segunda convocatoria a la oferta Pública sobre las mismas bases y condiciones aprobadas por el Decreto 1791/06;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE a Lotería Chaqueña a conducir el proceso Licitatorio para el concesionamiento de la remodelación, ampliación y explotación de un complejo turístico, hotelería y casino en la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña, sobre el Hotel Gualok, de propiedad de ese organismo, en las mismas condiciones aprobadas por el Decreto 1791 de fecha 11 de octubre de 2006.
ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE, dése al Registro Provincial, publíquese en forma sintetizada en el Boletín OficiaI y archívese.
Fdo.: Nikisch / DellOrto s/c.
E:3/9/07
El Decreto N 568/07 de fecha 9 de abril de 2007; y CONSIDERANDO:
Que, por el citado instrumento legal se instruyó al Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos para que someta a consideración de asamblea de tenedores propuesta de reestructuración del título público denominado "Títulos al 16,5% con Vencimiento en el 2008 Garantizados con Recursos de Coparticipación" Ley N 4387, Especie 2174 C.V.S.A. ;
Que, el objetivo propuesto para el proceso descripto precedentemente por parte del Estado Provincial determinó la realización de asamblea de tenedores, celebrándose el 18 de mayo de 2007 y aprobándose por unanimidad la ponencia expuesta por la Provincia del Chaco y contenida en el Anexo I del Decreto N 568/07;
Que, la propuesta presentada produce un mejoramiento del perfil de la deuda provincial, observándose una sensible disminución de la tasa de interés y aumento del plazo de cumplimiento de los servicios de amortización y renta, en consecuencia, y fue necesario adecuar el Anexo A del Contrato de Cesión Fiduciaria en Garantía, Emisión y Representación suscripto entre la Provincia del Chaco y BBVA Banco Francés S.A., suscribiéndose la Adenda de fecha 22 de mayo de 2007;
Que, la operatividad de la misma tuvo principio de ejecución mediante la atención de los gastos e impuestos correspondientes al contrato citado en párrafo anterior;
Que, la institución financiera citada precedentemente recibió instrucciones para que en su carácter de fiduciario aplique el saldo de la Cuenta Recaudación, en Pesos y Dólares Estadounidenses, en cada moneda y a cada tenedor, de acuerdo a las tenencias registradas en el Libro de Registro Escritural del título público provincial en Caja de Valores S.A. identificado como Especie 2174;
Que, concomitantemente a esas operaciones, el Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos tramitaba, en función de las proyecciones fiscales y financieras, la no objeción al proceso de conversión ante el Ministerio de Economía y Producción de la Nación, Secretaría de Hacienda, en el marco de la Ley N 25.917 "Régimen de Responsabilidad Fiscal" al cual adhirió la Provincia por Ley N 5483;
Que, conforme lo anteriormente expuesto la Secretaría de Hacienda dependiente del Ministerio de Economía y Producción de la Nación dicta la Resolución N 179/07 por la cual autoriza a la Provincia del Chaco a implementar la conversión de los títulos de deuda;
Que, el Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos en uso de las atribuciones, facultades y responsabilidades asignadas, propicia el dictado del presente;