Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 24/06/2002
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Boletín Oficial Tarifa Res. N 408
SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
CASA DE GOBIERNO
S.C. G.
Director: Dr.CARLOS EDUARDO CLAUDIANI
Correo Privado Postal
Franqueo a pagar Cuenta N 17.100
Oficina Boletín Oficial: Julio A. Roca 227 Planta Alta AÑO XLVIII
948.707
Tel. 03722 453520 - CTX Int. 03527
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
EDICION 8 PAGINAS
7.898
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
RESISTENCIA, LUNES 24 DE JUNIO DE 2002
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
PROVINCIA DEL CHACO
TRIBUNAL DE CUENTAS
Resolución Nº 23/02 Sala II
Expediente Nº 402100501-16.130-E
Declara responsables solidarios a los Sres. José Víctor Winnik y Hugo Daniel Arévalos, por los hechos objeto de la presente causa, condenándolos al resarcimiento patrimonial de la suma de un mil ochocientos diecisiete pesos con 55/100 $
1.817,55. Da intervención al área del Juicio Administrativo de Responsabilidad por la suma de ciento diez mil noventa y cinco pesos con 44/100 $
110.095,44, sin perjuicio de lo que en más o en menos pudiera surgir del procedimiento establecido en los artículos 55º, 60º y concordantes de la Ley Nº 4.159. Formula a los Sres. José Víctor Winnik y Hugo Daniel Arévalos, reparos. Aplica a los Sres.
José Víctor Winnik y Hugo Daniel Arévalos, la multa prevista en el art. 6º, ap. 5, inc. a, subinc. 4 de la Ley Nº 4.159, por trescientos pesos $ 300 para cada uno. De conformidad a lo expresado en el artículo 2º, modificar el Movimiento de Fondos aprobado por el artículo 1º de la Resol. T.C. Sala II Nº 11/
01. Intima a los responsables al pago del cargo formulado y las multas aplicadas en el plazo establecido por el art. 84º de la Ley Nº 4.159. Vencido el mismo, quedarán constituidos en mora. Da intervención a Fiscalía de Estado, conforme lo prescribe el art. 86º de la Ley Nº 4.159, para promover la acción ejecutiva pertinente en caso de incumplimiento al artículo 5º de la presente.
Resolución Nº 24/02 Sala II
Expediente Nº 402101001-16.478-E
Da intervención al área del Juicio Administrativo de Responsabilidad por la suma de nueve mil novecientos cincuenta y un pesos con 76/100 $ 9.951,76, sin perjuicio de lo que en más o en menos pudiera surgir del procedimiento establecido en los artículos 55º, 60º y concordantes de la Ley Nº 4.159. De conformidad a lo expresado en el artículo 1º, modifica el Movimiento de Fondos aprobado por el artículo 1º de la Resol. T.C.
Sala II Nº 70/01.
Resolución Nº 25/02 Sala II
Expediente Nº 402081101-16.530-E
Libera de responsabilidad a los Sres. Juan Carlos Svriz y Ricardo Horacio Giménez, por los hechos objeto de la presente causa. Dispone el archivo de las presentes actuaciones de conformidad a los previsto en el art.
52º de la Ley Nº 4.159 Orgánica del Tribunal de Cuentas.
Dr. Damián Servera Serra, Secretario s/c.
E:19/6v:24/6/02
> <
PROVINCIA DEL CHACO
TRIBUNAL DE CUENTAS
Resolución Nº 19/02 Ac. Plenario Expediente Nº 400020294-9.876-E
Promueve, a partir del día de la fecha del presente, al señor Gustavo Javier GOMEZ DNI Nº 26.826.951 del cargo de Jefe de División de Segunda - Notificaciones y Devoluciones, porcentaje 31%, al cargo de Jefe de División de Primera - Revisor de Primera, porcentaje 37%.
Registro de la Propiedad Intelectual
EDICION N
Resolución Nº 58/02 Sala I
Expediente Nº 401270202-17.006-E
Declara responsable al Sr. Hermenegildo López, DNI Nº 13.910.882, por los hechos objeto de la presente causa, condenándolo al resarcimiento patrimonial de la suma de trescientos veinticuatro mil ciento treinta y cuatro pesos con 85/100 $ 324.134,85. Formula al Sr.
Hermenegildo López observación con alcance de reparo y aplicar multa de doscientos cincuenta pesos $
250 de conformidad a lo previsto en el Art. 6º, apart.
5º, inc. a, subinc. 4 y Art. 53º de la Ley 4.159. Intima al responsable al pago de las sumas que en concepto de cargo y multa se determinan en los artículos 1º y 2º de la presente, en el plazo establecido en el Artículo 84º de la Ley 4.159. Vencido el mismo quedará constituido en mora. Da intervención a Fiscalía de Estado, conforme lo prescribe el Artículo 86º de la Ley 4.159, para promover la acción ejecutiva pertinente en caso de incumplimiento del Artículo 3º de la presente.
Resolución Nº 61/02 Sala I
Expediente Nº 401010200-14.740-E
Aprueba la Rendición de Cuentas Secretaría de Desarrollo Social - Fondos Provinciales - Ejercicio 2000.
Inicia Juicio de Cuentas a la Cra. Dora María Santos, a quien se le formula observación con alcance de cargo, por la suma de sesenta y dos mil treinta y un pesos con 07/100 $ 62.031,07. Inicia Juicio de Cuentas al Cr.
José Luis Picaluk, a quien se le formula observaciones con alcance de cargo, por la suma de quinientos diecinueve mil quinientos ochenta y un pesos con 38/100
$ 519.581,38 y de reparo con aplicación de multa.
Inicia Juicio de Cuentas al Sr. Hugo Blotta, a quien se le formula observación con alcance de cargo, por la suma de tres mil setecientos noventa y ocho pesos con 02/
100 $ 3.798,02. Da intervención al área Juicio Administrativo de Responsabilidad para su dilucidación, respecto de la suma de ciento cincuenta y un mil cuatrocientos tres pesos con 56/100 $ 151.403,56 sin perjuicio de lo que en más o en menos pudiera resultar del procedimiento establecido en los artículos 55º, 60º y concordantes de la Ley Nº 4.159. Por secretaría, procédase a la apertura de los expedientes en los que se tramitarán los juicios de cuentas a los responsables citados en los artículos 2º, 3º y 4º, corriéndose traslado del informe del Fiscal Relator de fs. 957/958 a la Sra.
Dora María Santos, 959 y 962/963 al Cr. José Luis Picaluk y 960/961 al Sr. Hugo Blotta, emplazándolos por el término de veinte 20 días a contestar por escrito las observaciones formuladas, bajo apercibimiento de dar por decaído el derecho a ofrecer descargos y/o pruebas, haciéndoles conocer la constitución de la Sala que habrá de entender en la causa.
Resolución Nº 59/02 Sala I
Expediente Nº 401270202-17.005-E
Libera de responsabilidad al Cr. Héctor Hugo Luján por los hechos objeto de la presente causa. Dispone el archivo de las presentes actuaciones de conformidad a lo previsto en el Art. 52º de la Ley 4.159.
Resolución Nº 60/02 Sala I
Expediente Nº 401080300-14.907-E
Declara responsable a la Srta. Mirtha Zulma Cabral, por los hechos objeto de la presente causa, condenándola al resarcimiento patrimonial de la suma de ochenta y cinco mil quinientos veintiséis pesos con 71/
100 $ 85.526,71. Formula observación con alcance