Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 16/11/2001
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Boletín Oficial Tarifa Res. N 408
SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
CASA DE GOBIERNO
S.C. G.
Director: Dr.CARLOS EDUARDO CLAUDIANI
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Franqueo a pagar Cuenta N 17.100
Oficina Boletín Oficial: Julio A. Roca 227 Planta Alta AÑO XLVII
948.707
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DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
EDICION 16 PAGINAS
Registro de la Propiedad Intelectual
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
RESISTENCIA, VIERNES 16 DE NOVIEMBRE DE 2001
DECRETOS
DECRETO Nº 1881
Resistencia, 05 noviembre 2001
VISTO:
La Actuación Simple N 201-301001-1216 "A", originada en la solicitud de la Cámara de Comercio, Industria, Producción y Servicios de Presidencia Roque Sáenz Peña, los Decretos Nros. 1442/01 y 1751/01; y CONSIDERANDO:
Que es conveniente flexibilizar las exigencias en cuanto a la presentación de documentación y balances para pequeñas empresas unipersonales y contribuyentes monotributistas, habida cuenta del tiempo que demandan y el costo que tienen estos trámites;
Que las sociedades comprendidas en la Ley N
19550 y las Cooperativas, deben por ley confeccionar y presentar sus balances en forma comercial, con intervención de profesionales en ciencias económicas, no significando para ellas la confección de balances un costo adicional;
Que debe además prorrogarse el plazo para la presentación de la documentación por parte de las Subcomisiones de Emergencia;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
ARTICULO 1º: ESTABLECER que la exigencia de la firma de un Contador Público con la intervención del Consejo Profesional de Ciencias Económicas en los balances y la documentación a presentar, según el Artículo 3º del Decreto Nº 1442/01, será aplicable únicamente a las sociedades incluidas en la Ley Nº 19550 y modificatorias y a Sociedades Cooperativas que deban realizar por ley, balances en forma comercial. Quedan exceptuados de este requisito, las empresas unipersonales y los contribuyentes monotributistas.
ARTICULO 2: PRORROGAR al 20 de noviembre de 2001, el plazo establecido en el Artículo 2 del Decreto N 1442/
01 y el Artículo 10 del Decreto N 1751/01 para la revalidación y/o actualización de los certificados de emergencia, existentes, tanto para los sectores Agropecuarios y/o Forestales, como para los sectores Cooperativos, Comercial, Industrial y/o de Servicios, anteriores al 1º de Junio de 2001.
ARTICULO 3: COMUNIQUESE, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletin Oficial y archívese.
Fdo. Rozas / Dudik s/c.
E:16/11/01
DECRETOS SINTETIZADOS
1.843 24/10/01
MODIFICAR a partir de la fecha de su vigencia, la planilla anexa al Decreto Nº 2.343/91, modificatorio del Decreto Nº 2.053/91, en lo que se refiere exclusivamente al tipo y número de Documento de Identidad del agente Luis María MONDELO Documento Nº 06.464.528, que en lo sucesivo deberá entenderse de la siguiente manera:
EDICION N 7.808
DNI Nº 06.474.528-M.
1.848 26/10/01
A PARTIR del día de la fecha reasume sus funciones el señor Ministro de Gobierno, Justicia y Trabajo, Dr. Hugo Daniel MATKOVICH.
1.865 27/10/01
A PARTIR de las 14.00 horas del día de la fecha reasume sus funciones el señor Ministro de Salud Pública, Dr.
Jorge Humberto ROMERO.
1.875 30/10/01
A PARTIR de las 14.00 horas del día de la fecha y mientras dure la ausencia de su titular, ejercerá las funciones de Ministro de Salud Pública, el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Prof. Armando Luis VERDUN.
1.876 30/10/01
A PARTIR de las 20.30 horas del día de la fecha reasume sus funciones el señor Ministro de Coordinación de Gabinete, Dr. Rolando Ignacio TOLEDO.
1.879 1/11/01
A PARTIR del día de la fecha reasume sus funciones el señor Ministro de Salud Pública, Dr. Jorge Humberto ROMERO.
1.880 3/11/01
A PARTIR del día de la fecha reasume sus funciones el Sr. Gobernador de la Provincia del Chaco, Dr. Angel ROZAS.
1.882 5/11/01
APLICAR, a partir del día hábil posterior a su notificación, la sanción expulsiva de CESANTIA a la agente María Josefa CASTILLO DNI Nº 5.667.310-F, quien revista en el cargo de la categoría 3, apartado d - Código 3063 - Encargada de Sala - Grupo 9 - Puntaje 50, en la Jurisdicción 6 - Ministerio de Salud Pública, Item 50 Programa Hospital "Dr. Julio C. Perrando", por haber transgredido con su conducta la previsto en los Artículos 21º, Incisos 1, 3 y 8, y 28º de la Ley Nº 2017 "de facto" t.v., encuadrándose la falta cometida en el Artículo 20º, Inciso 1 y Artículo 21º, Inciso 1 del Régimen Disciplinario Anexo a la citada normativa.
1.883 5/11/01
RESCINDIR a partir del 18 de febrero del año 2001, el contrato de locación de servicios celebrado con el Ing.
Agr. Carlos Alberto VIDONDO L.E. Nº 08.305.292-M, según Decreto Nº 506/99, prorrogado por Decretos Nº 289/00 y Nº 2.508/00. Autorizar al señor Ministro de la Producción a celebrar nuevo contrato de locación de servicios con el Ing. Agr. Carlos Alberto Vidondo, L.E. Nº 08.305.292-M, para cumplir funciones técnicas-administrativas tendientes a coordinar la implementación de Proyecto de Desarrollo Porcino y colaborar con el Proyecto PROGANO en materia de nutrición animal, en el ítem 43:
Programa de Fomento y Desarrollo de la Producción Animal.
1.884 5/11/01
MODIFICAR parcialmente la planilla anexa Nº 1 del Decreto Nº 2.471/94, a partir de la fecha de su respectiva vigencia, en lo que se refiere exclusivamente al número de Documento de Identidad de la Dra. Nanci Lilian PERNA