Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado del 20/9/2021 - Anuncios y Avisos Legales

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Source: Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado - Anuncios y Avisos Legales

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 181

Lunes 20 de septiembre de 2021

Pág. 7753

Suscripción y desembolso: El valor nominal de las nuevas acciones deberá ser íntegramente desembolsado por los accionistas mediante aportaciones dinerarias en el momento de su suscripción, que deberán ingresarse en la cuenta bancaria designada, titularidad de la Sociedad.
Acciones no suscritas: Los accionistas que no ejerciten su derecho de suscripción preferente en el plazo señalado, se entenderá que renuncian al mismo, y dada la previa reducción de capital a cero euros 0,00 € acordada, perderán su cualidad de socios de la Sociedad.
Acreditación: El ejercicio del derecho deberá acreditarse ante la propia Sociedad, remitiendo a ésta a su domicilio social, una comunicación acompañada del correspondiente certificado del ingreso total nominal de las acciones a suscribir.
La comunicación deberá enviarse dentro del plazo para el ejercicio del derecho de suscripción, y en la misma se hará constar el nombre del socio, el número de acciones a suscribir, el importe ingresado, y como concepto del ingreso se señalará "suscripción ampliación de capital".
Alternativas: Finalizado el plazo de suscripción preferente señalado, el órgano de administración podrá, a su elección, a abrir un plazo de suscripción adicional, fijando las condiciones del mismo, para la adjudicación de las acciones sobrantes a los accionista que hubieran ejercitado su derecho de adquisición preferente dentro del plazo señalado, o en su caso, a otros posibles inversores personas físicas o jurídicas, aunque no sean accionistas, o b declarar la suscripción incompleta en los términos que se señalan a continuación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 311 TRLSCap, se acordó expresamente la posibilidad de que cuando el aumento de capital no se haya suscrito íntegramente dentro de los plazos y condiciones señaladas, el capital sólo se aumentará en la cuantía de las suscripciones efectivamente realizadas, siempre que cubra la cifra mínima de capital legalmente establecida.
3.º Delegar en el órgano de administración la facultad de fijar las condiciones del aumento de capital en todo aquello que no haya quedado ya previsto por la Junta, siempre dentro de los límites legales establecidos, así como de, una vez ejecutado el acuerdo, dar nueva redacción a los estatutos sociales a fin de recoger en los mismo la nueva cifra de capital social.
Logroño, 3 de septiembre de 2021.- El Administrador único, INVERSORA
MER, S.L., representada por don Carlos Eguizábal Alonso.

cve: BORME-C-2021-6355
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958

Acerca de esta edición

Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado del 20/9/2021 - Anuncios y Avisos Legales

TitreBoletín Oficial del Registro Mercantil del Estado - Anuncios y Avisos Legales

PaysEspagne

Date20/09/2021

Page count34

Edition count3292

Première édition03/01/2011

Dernière édition03/05/2024

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