Boletín Oficial de la República Argentina del 19/03/2004 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 19 de marzo de 2004

SION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley N 25.827, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003 y la Decisión Administrativa N 2 de fecha 14 de enero de 2004, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de renovación de las contrataciones de las personas que se detallan en el Anexo de la presente resolución, quienes se desempeñan en distintas dependencias del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS ORSEP.
Que en función de una eficaz prosecución de las actividades operativas de ese Organismo Descentralizado resulta necesario aprobar las renovaciones y/o prórrogas de las contrataciones de las personas indicadas, cuyos servicios resultan imprescindibles en las áreas donde se desempeñan.
Que las contrataciones de que se trata encuadran en las previsiones de los Decretos N 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentario N 601 de fecha 11 de abril de 2002, y celebradas bajo el régimen de locación de servicios personales del Decreto 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, no se modifica ninguna de las condiciones pactadas los contratos originarios, por lo que de conformidad con lo normado por el Artículo 2 del Decreto N 577 de fecha 7 de agosto de 2003 corresponde al suscripto disponer de su aprobación.
Que el personal involucrado en la presente medida se encuentra exceptuado del cumplimiento de lo establecido en el Artículo 6 del Decreto N 601 de fecha 11 de abril de 2002, reglamentario de su similar N 491/02.

BOLETIN OFICIAL Nº 30.364

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caudos exigidos por la Resolución D.E.-N N 230/99; adecuándose su estructura a la de las entidades detalladas en el art. 1 de la norma ya mencionada.
Que por Resolución D.E.-N N 443/01 se otorgaron códigos de descuento a otra entidad que había formulado la petición en idéntica forma que la ASOCIACION MUTUAL LA CORDIALIDAD.
Que, en otro orden de ideas, deberá tenerse presente que a partir del dictado de las normas reglamentarias previstas en su artículo 4, será de aplicación automática el Decreto N 1099/00; ello es que, desde ese momento, la suma de las deducciones practicadas como consecuencia de la operatoria no podrá superar el cuarenta por ciento 40% del haber neto de cada uno de los beneficiarios involucrados.
Que de conformidad con el art. 7 inc. d de la Ley de Procedimientos Administrativos, el área de asesoramiento permanente la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia, mediante el Dictamen N 24.573 de fecha 1 de marzo de 2004.
Que, en consecuencia, procede dictar el correspondiente acto administrativo.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 3 del Decreto N 2741 de fecha 26 de diciembre de 1991, y el Artículo 36 de la Ley N 24.241 y el Decreto 106/03.
Por ello,
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del ORGANISMO REGULADOR DE
SEGURIDAD DE PRESAS ORSEP, aprobado para el corriente ejercicio por la Ley N 25.827 y distribuido por la Decisión Administrativa N 2 de fecha 14 de enero de 2004, a fin de atender el gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente medida.

EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete en orden a lo dispuesto por el Artículo 9 del Decreto N 1142/03.

ARTICULO 1 Déjase sin efecto lo dispuesto por la Resolución D.E.-N 273 de fecha 14 de marzo de 2003, haciendo lugar al pedido de reconsideración interpuesto por la ASOCIACION MUTUAL LA CORDIALIDAD de fecha de 2 de octubre de 2003.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 2 del Decreto N 577/03.

ARTICULO 2 Incorpórase a la operatoria de Descuentos a Favor de Terceras Entidades a la ASOCIACION MUTUAL LA CORDIALIDAD, conforme la normativa que se encuentra vigente.

Por ello, EL MINISTRO
DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
RESUELVE:
ARTICULO 1 Danse por aprobadas las renovaciones de las contrataciones de las personas que se detallan en el Anexo que integra la presente resolución, destinadas a distintas dependencias del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS ORSEP, organismo descentralizado del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, bajo el régimen de locación de servicios personales del Decreto N 1184/ de fecha 20 de septiembre de 2001 y de conformidad con los períodos, montos mensuales, funciones y rangos indicado en el mismo.
ARTICULO 2 Autorízase al Presidente del Consejo Técnico del ORGANISMO REGULADOR
DE SEGURIDAD DE PRESAS ORSEP, Ing. Oscar Horacio BRAVO D.N.I. 4.282.851 a suscribir los contratos individuales derivado de lo dispuesto por el Artículo 1 de la presente resolución.
ARTICULO 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios del ORGANISMO REGULADOR DE
SEGURIDAD DE PRESAS ORSEP, aprobados para el corriente ejercicio por la Ley N 25.827 y distribuido por la Decisión Administrativa N 2 de fecha 14 de enero de 2004.
ARTICULO 4 Comuníquese a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en orden a lo dispuesto por el Artículo 8 del Decreto N 577 de fecha 7 de agosto de 2003.
ARTICULO 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Arq. JULIO MIGUEL DE VIDO, Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar e. 19/3 N 442.144 v. 19/3/2004

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución N 280/2004
Bs. As., 12/3/2004
VISTO el Expediente N 024-99-80568529-4-798 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES, la Resolución D.E.-N N 230/99 y, CONSIDERANDO:
Que en el expediente mencionado en el VISTO tramita la reconsideración del otorgamiento de códigos de descuentos, denegado por Resolución D.E.-N N 273 de fecha 14 de marzo de 2003, por la ASOCIACION MUTUAL LA CORDIALIDAD en virtud de su nota de fecha 2 de octubre de 2003. En ella peticiona su incorporación al sistema de descuentos a favor de terceras entidades, bajo el régimen establecido por la Resolución D.E.-N N 230/99.
Que al expediente referido en el VISTO se le agregó toda la documentación presentada por la entidad, la que acredita que la ASOCIACION MUTUAL LA CORDIALIDAD, cumple con todos los re-

ARTICULO 3 Otórganse dos códigos de descuento a la entidad peticionante, uno para los descuentos de su cuota social y el restante para los servicios especiales.
ARTICULO 4 Apruébase el modelo de convenio que como ANEXO I forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 5 Autorízase a la Gerente de la Gerencia Unidad Central de Apoyo, Sra. Sabina María SALIM D.N.I. 10.469.151 a suscribir el convenio aprobado en el artículo 4.
ARTICULO 6 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL y, oportunamente, archívese. SERGIO T. MASSA, Director Ejecutivo.
NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar e. 19/3 N 442.055 v. 19/3/2004

AVISOS OFICIALES
Anteriores MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
La Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, notifica a la firma SKYDATA SOCIEDAD ANONIMA la Disposición N 3 de fecha 26 de enero del 2004 de la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS, recaída en el Expediente N 045-001902/99 la que a continuación se transcribe: ARTICULO 1 Impónese a la firma SKYDATA SOCIEDAD ANONIMA el pago de una multa de PESOS SETENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON CUARENTA Y
NUEVE CENTAVOS $ 70.657,49, según lo dispuesto por el Artículo 17, inciso b de la Ley N
22.021. ARTICULO 2 El pago de la multa deberá efectuarse en el plazo de DIEZ 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación, debiéndose hacer efectivo ante la Dirección General de Administración dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION
Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION. El sólo vencimiento del plazo establecido producirá la mora de pleno derecho sin necesidad de requerimiento o interpelación alguna por parte del Fisco conforme el Artículo 25 del Anexo I del Decreto N 805 del 30 de junio de 1988. ARTICULO 3
Sirva el presente acto de suficiente título ejecutivo para el cobro de la suma establecida en el Artículo 1 mediante el correspondiente procedimiento de ejecución fiscal establecido en el CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION, conforme el Artículo 25 del Anexo I del Decreto N 805/88. ARTICULO 4 Hágase saber a la Dirección General Impositiva y a la Dirección General de Aduanas ambas dependientes de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y al Gobierno de la Provincia de SAN LUIS, a los efectos del Registro de Beneficiarios de la Ley N 22.021 y su modificatoria N 22.702. ARTICULO 5 Notífiquese a la firma SKYDATA
SOCIEDAD ANONIMA. ARTICULO 6 De Forma - Firmado: REINALDO BAÑARES a cargo de la Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA - Av. Julio A. Roca 651 - Planta Baja - Sector 11.
e. 17/3 N 441.854 v. 19/3/2004

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 19/03/2004 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date19/03/2004

Page count32

Edition count9345

Première édition02/01/1989

Dernière édition24/05/2024

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