Boletín Oficial de la República Argentina del 01/03/2004 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, lunes 1
de marzo de 2004

BOLETIN OFICIAL

Año CXII
Número 30.350

DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Precio $ 0,70

Primera Sección
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
Sumario
LEYES
Pág.

CARNES
Resolución 305/2004-SAGPA
Distribúyense entre empresas habilitadas una determinada cantidad de cortes enfriados vacunos sin hueso de alta calidad que asigna la Unión Europea a nuestro país. Déjanse sin efecto Reservas Sanitarias por Plantas Nuevas Primer Año establecidas en el Artículo 3º de la Resolución Nº465/2003.

CORPORACION VITIVINICOLA ARGENTINA COVIAR
Ley 25.849

6

CORPORACION VITIVINICOLA ARGENTINA COVIAR
Ley 25.849
Créase la citada Corporación como persona jurídica de derecho público no estatal, destinada a gestionar y coordinar la implementación del denominado Plan Estratégico Argentina Vitivinícola 2020 - PEVI. Misión, Objetivo y Funciones. Autoridades. Recursos. Sanciones. Evaluación. Coordinación.

1

CORREO OFICIAL
Resolución 542/2004-CNC
Dispónese que se regirá por lo dispuesto en el Reglamento de Control del Correo Oficial aprobado por el Decreto Nº431/98, la función de control del Correo Oficial de la República.

8

ESPECIALIDADES MEDICINALES
Disposición 1017/2004-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de productos rotulados como Extracto concentrado de Procaína -colágenocartílago, en contravención al art. 19 inc. b de la Ley 16.463.

9

Disposición 1090/2004-ANMAT
Prohíbese el uso y comercialización en todo el territorio nacional de todos los productos médicos rotulados bajo la marca Almedic.
ESPECIALIDADES MEDICINALES Y PRODUCTOS COSMETICOS
Disposición 1080/2004-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de diversos productos, dado que no se pueden garantizar las condiciones de conservación ni el destino legal de los mismos.
PRODUCTOS COSMETICOS
Disposición 1081/2004-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto rotulado como Exel Bronceador Alta Protección y Exel Bronceador Protección Media, los cuales dicen ser elaborados por Biocosmética Exel Argentina S.R.L.

Créase la citada Corporación como persona jurídica de derecho público no estatal, destinada a gestionar y coordinar la implementación del denominado Plan Estratégico Argentina Vitivinícola 2020 - PEVI. Misión, Objetivo y Funciones. Autoridades. Recursos. Sanciones.
Evaluación. Coordinación.
Sancionada: Diciembre 4 de 2003.
Promulgada de Hecho: Febrero 26 de 2004.

10

9

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º Créase la Corporación Vitivinícola Argentina COVIAR como persona jurídica de derecho público no estatal, destinada a gestionar y coordinar la implementación del denominado PLAN ESTRATEGICO ARGENTINA VITIVINICOLA 2020 PEVI.
Misión, Objetivo y funciones ARTICULO 2º Será misión y objetivo del organismo instituido promover tanto la organización e integración de los actores de la cadena productiva, como la innovación de productos y procesos que acrecienten el valor agregado del sector, con la finalidad de ganar, mantener y consolidar mercados externos, consolidar el mercado interno argentino, y lograr el desarrollo sostenido del sector.
ARTICULO 3º La Corporación Vitivinícola Argentina administrará los recursos que se instituyen en la presente ley, mediante el cual financiará las acciones necesarias para cumplir con su misión, priorizando el cumplimiento de los objetivos fijados en el Plan Estratégico Vitivinícola, el cual se adjunta a la presente. Tendrá plena capacidad jurídica para:
1.
2.

10

3.
4.

SALUD PUBLICA
Resolución 180/2004-MS
Extiéndese por un determinado plazo la Resolución Nº438/2001 prorrogada por su similar Nº324/
2002, en relación a la prohibición de fabricación, importación, exportación, comercialización o entrega gratuita de artículos de puericultura y juguetes destinados a ser llevados a la boca por niños menores de tres años, fabricados con determinados ésteres de ácido ftálico.

8

Disposición 1068/2004-ANMAT
Levántase parcialmente la clausura preventiva del establecimiento perteneciente a la firma Diater S.R.L. dispuesta por la Disposición Nº2603/2003.

9

RESOLUCIONES SINTETIZADAS

8

DISPOSICIONES SINTETIZADAS

10

Establecer pautas programáticas sobre la base de necesidades y prioridades establecidas en el PEVI;
Coordinar los programas, acciones y planes privados y públicos, que fueren destinados a la vitivinicultura nacional;
Administrar los recursos asignados en la presente ley y captar recursos de coinversores para afectarlos a la misión encomendada;
Promover la integración e innovación en la organización del sector, y a la innovación tecnológica y de procesos.

Específicamente podrá, a través de los Organismos Ejecutores públicos o privados:
a b c
REMATES OFICIALES
Nuevos.

12

Anteriores.

23

AVISOS OFICIALES
Nuevos.

12

Anteriores.

23

d e
Llevar a cabo estudios e investigaciones de mercado para el desarrollo e impulso de las exportaciones y del consumo local de productos vitivinícolas;
Promover y celebrar convenios o asociaciones interinstitucionales que tiendan a difundir las ventajas de un consumo moderado;
Promover acciones para favorecer la producción, industrialización y comercialización, interna y externa de uvas de mesa y pasas;
Organizar o participar en campañas publicitarias, actividades de difusión o feriales, locales y del exterior, priorizando las acciones que involucren la mayor cantidad de actores del sector;
Organizar cursos de capacitación y perfeccionamiento con entidades académicas y de investigación vinculadas a la Vitivinicultura Argentina;

PRESIDENCIA DE
LA NACION

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Secretaría Legal y Técnica
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar
Secretario
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DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
Dirección Nacional del Registro Oficial
JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
DOMICILIO LEGAL
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 01/03/2004 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date01/03/2004

Page count24

Edition count9356

Première édition02/01/1989

Dernière édition04/06/2024

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