Boletín Oficial de la República Argentina del 12/03/2004 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, viernes 12
de marzo de 2004

BOLETIN OFICIAL

Año CXII
Número 30.359

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Primera Sección
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
Sumario CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO
Decisión Administrativa 51/2004
Aclaración sobre el principio garantizado por el artículo 1 in fine del Anexo de la Ley N 25.164, que resulta de aplicación en aquellas disposiciones convencionales acordadas en el marco de la Ley N 24.185 de negociaciones colectivas para la Administración Pública Nacional.
DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Resolución 26/2004-SCT
Establécense condiciones para la comercialización hasta el 31 de diciembre de 2005 de tomacorrientes fijos o móviles que permitan la inserción de fichas de distinta geometría.
DUELO NACIONAL
Decreto 302/2004
Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina, con motivo de los trágicos sucesos ocurridos en el Reino de España.

Precio $ 0,70

Pág.

término de TRES 3 días a partir del día de la fecha.

agosto de 2002 y 66 del 29 de enero de 1999, y
Art. 2 Establécese que la Bandera Nacional permanecerá a media asta en los edificios públicos.

CONSIDERANDO:

Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. José J. B. Pampuro.

1

3

1

DECRETOS
SINTETIZADOS
MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION
Decreto 300/2004

OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS
Resolución 23/2004-ETOSS
Apruébanse Normas de Publicidad e Información en los Cortes del Servicio de Agua Potable y Desages Cloacales. Déjanse sin efecto las Resoluciones Nros. 105/95 y 111/97.

3

PROMOCION INDUSTRIAL
Resolución 158/2004-MEP
Establécese que las modificaciones de objeto de proyectos industriales promovidos con los alcances y limitaciones previstos en el artículo 2 del Decreto N 1295/2003, serán válidas en la medida en que las respectivas aprobaciones se efectúen a partir del 23 de diciembre de 2003. Aprobaciones anteriores al dictado del mencionado Decreto.

2

RECURSOS HIDRICOS
Resolución 203/2004-SADS
Autorízase la inscripción de los maestros mayores de obras en el Registro de Profesionales creado por la Resolución del ex Instituto Nacional del Agua y del Ambiente N 121/99.

3

Bs. As., 10/3/2004

TRANSITO AEREO
Disposición 8/2004-CRA
Actualización de las publicaciones y cartas aeronáuticas editadas por el Comando de Regiones Aéreas Dirección de Tránsito Aéreo que deben ser utilizadas obligatoriamente en jurisdicción de la República Argentina por los órganos prestatarios de los servicios de protección y seguridad al vuelo y los usuarios aeronáuticos en general, tanto públicos como privados.

4

DECRETOS SINTETIZADOS

1

5
9

CONSIDERANDO:

Decreto 302/2004
Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina, con motivo de los trágicos sucesos ocurridos en el Reino de España.

Aclaración sobre el principio garantizado por el artículo 1 in fine del Anexo de la Ley N
25.164, que resulta de aplicación en aquellas disposiciones convencionales acordadas en el marco de la Ley N 24.185 de negociaciones colectivas para la Administración Pública Nacional.
Bs. As., 10/3/2004

Nuevos
Anteriores

DUELO NACIONAL

CONVENCIONES COLECTIVAS
DE TRABAJO

9

AVISOS OFICIALES

DECRETOS

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS
Decisión Administrativa 51/2004

CONCURSOS OFICIALES
Anteriores

Desestímase por improcedente la impugnación planteada por Carlos Giorlando, en su carácter de exportador, C.U.I.T. N 20-08706059-5, contra el Decreto N 1043 de fecha 30 de abril de 2003.

Que los atentados perpetrados han provocado la pérdida de numerosas vidas humanas.
Que el Gobierno y el pueblo de la Nación Argentina acompañan con su solidaridad y pesar el dolor del Gobierno y del pueblo español.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
Bs. As., 11/3/2004

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

VISTO los trágicos sucesos ocurridos en el REINO DE ESPAÑA, y
Artículo 1 Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la REPUBLICA ARGENTINA por el
VISTO el Expediente EXPJEFGABMIN N 938/04
del Registro de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, la Ley N 25.164, Marco de Regulación de Empleo Público Nacional, la Ley N 24.185 por la que se establecieron las disposiciones por las que se regirán las negociaciones colectivas que se celebren entre la Administración Pública Nacional y sus empleados, y los Decretos Nros. 1421 del 8 de
PRESIDENCIA DE
LA NACION

Que por el artículo 1 del Anexo de la Ley N
25.164 se estableció que la relación de empleo público quedó sujeta a los principios generales establecidos en la misma, los que deberán ser respetados en las negociaciones colectivas que se celebren en el marco de la Ley N 24.185.
Que también se ha establecido como principio de aplicación irrenunciable en el artículo antes mencionado, que los derechos y garantías acordados por dicho ordenamiento a los trabajadores que integran el Servicio Civil de la Nación, constituirán mínimos que no podrán ser desplazados en perjuicio de éstos en las negociaciones colectivas que se celebren en el marco de la citada Ley N
24.185.
Que en cumplimiento de tal disposición, el Decreto N 1421/02, reglamentario de la mencionada Ley N 25.164, determinó que las cláusulas convencionales vigentes acordadas de conformidad con las previsiones de la Ley N 24.185, resultan de aplicación con los alcances del principio garantizado por el artículo 1 in fine del Anexo de la Ley N 25.164.
Que por aplicación de la Ley N 24.185 se efectuó el procedimiento negociador respectivo durante 1998 constituyendo el primer antecedente de las nuevas modalidades democráticas de las relaciones laborales entre el Estado empleador y las entidades gremiales respectivas.
Que como fruto de dicho procedimiento negociador se concluyó en la instrumentación del primer Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional mediante el dictado del Decreto N 66/99.
Que el principio incorporado por la referida Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional por el que los derechos y demás garantías se constituyen como mínimos que deben ser aplicados en el ámbito del mencionado Convenio Colectivo de Trabajo General, conforme lo ha señalado la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, como Autoridad de Aplicación en la materia, y lo ha aplicado la PROCURACION DEL TESORO
DE LA NACION en los casos llevados a su conocimiento.
Que por razones de transparencia y técnica legislativa, así como para facilitar la interpretación y aplicación del marco normativo de
www.boletinoficial.gov.ar
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa, 2 Sección y 3 Sección
Secretaría Legal y Técnica
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar
Secretario
Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº298.140

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
Dirección Nacional del Registro Oficial
JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 12/03/2004 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date12/03/2004

Page count12

Edition count9346

Première édition02/01/1989

Dernière édition25/05/2024

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