Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 14/6/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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BOLETIN OFICIAL

RÍO GALLEGOS, 14 de Junio de 2022.-

DECRETO N 0122
RÍO GALLEGOS, 09 de Febrero de 2022.VISTO:
El Expediente MSA-Nº 982.333/22, elevado por el Ministerio de Salud y Ambiente; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia autorizar al Ministro de Salud y Ambiente a renovar los Contratos de Locación de Servicios vigentes hasta el día 31 de Diciembre del año 2021, suscriptos con varios agentes encuadrados bajo los términos de la Ley Nº 1795 CARRERA
PROFESIONAL SANITARIA, detallados en la que como Planilla Anexo I, forma parte integrante del presente, del Centro de Medicina Nuclear y Radioterapia Patagonia Austral CEMNPA dependiente de la Subsecretaría de Acceso y Equidad en Salud de la Secretaría de Estado de Salud y Seguridad del Paciente de la JURISDICCIÓN:
Ministerio de Salud y Ambiente - SAF: 14, por el período comprendido entre las fechas 1º de enero y hasta el día 31
de diciembre del año 2022;
Que la presente gestión se realiza en los términos del Decreto Nº 2996/03, Reglamentario del Régimen de Contrataciones del Personal para la Administración Pública Provincial;
Que en consecuencia corresponde facultar al Ministro de Salud y Ambiente a suscribir los respectivos Contratos de Locación de Servicios en las mismas condiciones vigentes aprobando las imputaciones preventivas que demandará tal gasto de acuerdo con los créditos presupuestarios y cupo asignado para el personal contratado por cada organismo;
Por ello, y atento al Dictamen DGALN 0060/22, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Salud y Ambiente, obrante a fojas 13/14;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- AUTORÍZASE al Ministro de Salud y Ambiente a renovar los Contratos de Locación de Servicios bajo los alcances del Decreto N 2996/03, por el período comprendido entre el día 1 de enero y hasta el día 31
de diciembre del año 2021, respecto de varios agentes que se detallan en la Planilla que como Anexo I forma parte integrante del presente, del Centro de Medicina Nuclear y Radioterapia Patagonia Austral CEMNPA dependiente de la Subsecretaría de Acceso y Equidad en Salud de la Secretaría de Estado de Salud y Seguridad del Paciente de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Salud y Ambiente - SAF: 14, bajo los términos de las Ley Nº 1795 CARRERA PROFESIONAL SANITARIA, a quienes se le fijará una remuneración mensual equivalente a las Categorías, Agrupamientos y Regímenes Horarios correspondientes en cada caso, de conformidad a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- FACÚLTASE al titular del Ministerio de Salud y Ambiente a suscribir y aprobar los respectivos Contratos de Locación de Servicios, debiendo incluir las imputaciones preventivas de los destinos laborales o modificar el lugar de prestación de servicios dentro de su jurisdicción, debiendo para ello dictar la Resolución Ministerial pertinente.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretarío en el Departamento de Salud y Ambiente.Artículo 4º.- PASE al Ministerio de Salud y Ambiente a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Lic. Ignacio Perincioli ________
DECRETO N 0147
RÍO GALLEGOS, 16 de febrero de 2022.VISTO:
El Expediente JGM-Nº 904.316/22, elevado por la Jefatura de Gabinete de Ministros; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la ratificación del Convenio de Recuperación de Espacios Culturales cele-

brado entre el Ministerio de Cultura de la Nación y la Secretaría de Estado de Responsabilidad Social de la Provincia de Santa Cruz, representada en el acto por su titular el sr.
Ministro de Cultura Prof. Tristán BAUER, por una parte y por la otra, la Secretaría de Estado de Responsabilidad Social de la Provincia de Santa Cruz de la ciudad de Río Gallegos, representada en este acto por la sra. Secretaria de Estado de Responsabilidad Social, Cda. María Rocío CAMPOS;
Que, por el referido Convenio, las partes acuerdan orientar políticas para la conservación, la preservación y la difusión sostenible del patrimonio cultural de la Nación; la asistencia, mantenimiento y la puesta en valor de este sitio, velando por la protección del patrimonio histórico-cultural en todas sus expresiones, dando inicio de esta forma al proyecto desarrollo de diseño, estudios preliminares y documentación apta de obra para la remodelación y ampliación de las pasarelas del Parque Provincial Cueva de las Manos Etapa 1;
Que la vigencia del mismo será de doce 12 meses, a razón de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL $ 4.468.000,00.-, en dos cuotas, siendo la primera de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO
MIL $2.234.000,00.- y la segunda del mismo importe, a partir de su fecha de suscripción;
Que a fojas 33, obra Nota de la Dirección General de Tesorería del Ministerio Secretaría General de la Gobernación, informando que con fecha 27 de enero del corriente, ingreso la suma de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL
$ 2.234.000,00.-, correspondientes al Convenio Programa de Recuperación de Espacios Culturales;
Que a fin de posibilitar su utilización resulta necesaria la incorporación de dichos recursos al Presupuesto 2022;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 14 de la Ley Nº 3770;
Por ello y atento al Dictamen SLyTGOB Nº 084/22, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 43/44;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- RATIFÍCASE el Convenio suscripto con fecha 29 de Diciembre del año 2021, cuya vigencia será por doce 12 meses, entre el Ministerio de Cultura de la Nación y la Secretaría de Estado de Responsabilidad Social de la Provincia de Santa Cruz, representada por su titular el sr. Ministro de Cultura Prof. Tristán BAUER, por una parte y por la otra, la Secretaría de Estado de Responsabilidad Social de la Provincia de Santa Cruz, representada en este acto por la Secretaria de Estado de Responsabilidad Social, Cda. María Rocío CAMPOS, en un todo de acuerdo a los fundamentos expuestos en los considerandos del presente.Artículo 2º.- INCREMÉNTASE en la suma total de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS
SESENTA Y OCHO MIL $4.468.000,00.-; el total de recursos del Presupuesto 2022, conforme al detalle que figura en la planilla que como Anexo II, forma parte integrante del presente.Artículo 3º.- AMPLÍASE en la suma total de PESOS
CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL $ 4.468.000,00.-, el crédito del Presupuesto 2022 de la JURISDICCIÓN; SAF; FUENTE DE
FINANCIAMIENTO; CATEGORIAS PROGRAMATICAS e IMPUTACIONES PRESUPUESTARIAS IPP, conforme al detalle que figura en la Planilla que como Anexos III y IV, forman parte integrante del presente.Artículo 4º.- TRANSFIÉRASE por Tesorería General de la Provincia a la Secretaría de Estado de responsabilidad social hasta la suma de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL
$ 4.468.000,00.-, previa intervención de la Contaduría General de la Provincia, Tribunal de Cuentas y la Dirección Provincial de Administración del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, en un todo de acuerdo con los considerandos del presente y en cumplimiento de lo dispuesto.Artículo 5º.- EL GASTO que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a la JURISDICCIÓN: Jefatura de Gabinete de Ministros - SAF: 13 - FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 14
TRANSFERENCIAS INTERNAS - FUNCIÓN: 44
ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE - PROGRAMA:
3 RECUPERACIÓN DE ESPACIOS CULTURALES, SUBPROGRAMA: 0 - PROYECTO: 0 - ACTIVIDAD/

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 5669 DE 26 PAGINAS

OBRA: 1 PARQUE PROVINCIAL CUEVAS DE LAS
MANOS, IMPUTACIÓN PARTIDA PRESUPUESTARIA: 3.00.00.00 Servicios no Personales $ 4.468.000,00, en el Presupuesto 2022.Artículo 6º.- COMUNÍQUESE a la Honorable Cámara de Diputados conforme a lo establecido en el Artículo 14 de la Ley 3770.Artículo 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación a cargo del Despacho de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 8º.- PASE a la Secretaría de Estado de Responsabilidad Social de la Jefatura de Gabinete de Ministros quien realizará las comunicaciones ante quien corresponda a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Sra. Claudia Alejandra Martínez ________
DECRETO N 0154
RÍO GALLEGOS, 17 de Febrero de 2022.VISTO:
La Ley N 1863 y su modificación Ley N 3339, y Decretos Nros. 2711 de fecha 30 de Diciembre de 2014, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la norma en el Visto, se estableció el pago de las Asignaciones Familiares al personal dependiente del sector público, de acuerdo a los requisitos que determine la reglamentación, disponiendo entre ellas la Asignación de Ayuda Escolar por educación de nivel inicial, primaria y secundaria y estudios superiores;
Que mediante Decreto N 2711/14 se reglamentaron los requisitos para la percepción de dicho beneficio;
Que el objeto de la asignación por ayuda escolar anual es contribuir con la inversión que implica para las familias llevar a cabo el inicio del ciclo lectivo de los niños, niñas y adolescentes a establecimientos de educación inicial, primaria, secundaria, superior y educación especial;
Que este Gobierno Provincial cuya política educativa es popular, publica, inclusiva e integral debe garantizar el acceso y las condiciones para la permanecía y el egreso en los diferentes niveles del sistema educativo por lo que considera necesario adoptar medidas a los efectos de asegurar una educación de calidad con igualdad de oportunidades y posibilidades;
Que por los motivos expuestos resulta menester incrementar el monto de la asignación por ayuda escolar anual, para los niveles de educación inicial, primaria, secundaria y superior en PESOS NUEVE MIL QUINIENTOS $
9.500,00 y en caso de trabajadores o trabajadoras que perciban la misma a favor de hijos con discapacidad, aquella será de PESOS DIECINUEVE MIL $ 19.000,00 percibiéndose la misma de manera excepcional, en UNA 1
cuota con los haberes del mes de Febrero de 2022;
Que ha tomado intervención de competencia la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
Por ello;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- FIJASE el monto de la Asignación por Ayuda Escolar Anual en los niveles de educación inicial, primaria, secundaria y superior en la suma de PESOS
NUEVE MIL QUINIENTOS $ 9.500,00, y para el caso de trabajadores o trabajadoras que perciban dicha asignación a favor de hijos con discapacidad del monto será de PESOS DIECINUEVE MIL $ 19.000,00, en un todo de acuerdo a los considerando del presente.Artículo 2.- ESTABLÉCESE que la asignación por Ayuda Escolar Anual dispuesta por el Artículo 1 será abonada en un solo para a los trabajadores activos y pasivos pertenecientes a la Administración Central, Entes Autárquicos, Organismos Descentralizados y Sociedades del Estado, junto con los haberes del mes de Febrero de 2022, en un todo de acuerdo a los considerando del presente.Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Economía, Finanzas e Infraestructura y la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Secretaría de la Gobernación.Artículo 4.- PASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura y al Ministerio de Trabajo, Empleo y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 14/6/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date14/06/2022

Page count26

Edition count1654

Première édition19/02/2002

Dernière édition21/03/2023

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