Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 4/7/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETIN OFICIAL
partamento H, de la Obra: PLAN 500 VIVIENDAS FO.NA.VI. EN CALETA OLIVIA, a favor de la señora Andrea Mariana JARAMILLO DNI Nº 22.700.483; el que forma parte integrante de la presente Resolución como ANEXO I de un 1 folio.TOMAR CONOCIMIENTO del TESTIMONIO
DECLARATORIA DE HEREDEROS de fecha 29 de septiembre de 2011, JARAMILLO, Victorino y otra Sobre SUCESION AB-INTESTATO - Expediente Nº 30.549/11, le suceden en carácter de herederos universales sus hijos Soledad del Carmen JARAMILLO
DNI Nº 10.286468; Oscar Alfredo JARAMILLO
DNI Nº 11.209.360; Mónica Esther JARAMILLO
DNI Nº 13.602.146 y Andrea Mariana JARAMILLO DNI Nº 22.700.483, reconociéndoles y confiriéndoles la posesión de la herencia - CESION DE
DERECHOS HEREDITARIOS: SOLEDAD DEL
CARMEN JARAMILLO Y OTROS A FAVOR DE
ANDREA MARIANA JARAMILLO ESCRITURA Nº 649 de fecha 16 de noviembre de 2011, tramitada por ante el Registro Notarial Nº 44 de Caleta Olivia, comparecen los herederos, quienes CEDEN, a favor de Andrea Mariana JARAMILLO, todos los derechos, acciones y obligaciones patrimoniales que le corresponden en su carácter de herederos, y ésta acepta en conformidad; el que forma parte integrante de la presente Resolución como ANEXO II de dos 2
folios.TITULARIZAR, en forma exclusiva, la unidad habitacional de dos 2 dormitorios, identificada como Escalera 47 - Departamento H, correspondiente a la Obra: PLAN 500 VIVIENDAS EN CALETA OLIVIA, a favor de la señora Andrea Mariana JARAMILLO DNI Nº 22.700.483, de nacionalidad argentina, nacida el 31 de agosto de 1972, por los motivos expuestos en los considerandos que anteceden.DAR POR CANCELADO el crédito Código IPZ101-045-075113, correspondiente a la unidad habitacional indicada en el Artículo 3º de la presente Resolución, por las razones invocadas en los considerandos de la presente.DEJAR ESTABLECIDO que el precio de venta de la unidad habitacional indicada en el Artículo 3º de la presente Resolución, se realizó por la suma de PESOS VEINTICUATRO MIL NOVENTA Y TRES
$ 24.093,00.-.AUTORIZAR la suscripción oportuna de la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio a favor de la señora Andrea Mariana JARAMILLO DNI Nº 22.700.483.NOTIFICAR, a través del Departamento Despacho, los términos de la presente Resolución a la beneficiaria, en el domicilio ubicado en el Plan 500 Viviendas - Escalera 47 - Departamento H, de Caleta Olivia.REMITIR copia de la presente a la Municipalidad de la localidad de Caleta Olivia, para conocimiento de sus Autoridades; y a la Delegación IDUV de Zona norte con asiento en la misma Localidad.________
RESOLUCION Nº 0434

RIO GALLEGOS, 04 de Julio de 2017.en el Artículo 1º de la presente Resolución, se fijó en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS DOS
MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS CON
TREINTA Y SEIS CENTAVOS $ 802.786,36.-, el que sera abonado por los Compradores conforme el Convenio que individualmente suscriban con este Instituto, a los que se le adicionarán los Seguros por Riesgo de Fallecimiento, e Incendio; una amortización de ciento ochenta 180 cuotas o Convenio particular que se suscriba con los adjudicatarios, procediendo a efectuar descuentos de haberes y/o débito automático en caso de resultar ser empleados de Entes con los que el I.D.U.V. tenga convenios para tal fín.SUSCRIBIR el respectivo Boleto de Compraventa entre los adjudicatarios y este Instituto, de acuerdo a la normativa vigente.AUTORIZAR la suscripción oportuna de la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio con hipoteca en primer grado a favor de este Instituto.NOTIFICAR a través del Departamento Despacho, los términos de la presente Resolución a los adjudicatarios, en el domicilio ubicado en calle Presidente PERON Nº 1466, Vista Hermosa, Circunscripción 1, Sección 6, Manzana 29, Parcela 23, de Caleta OliviaREMITIR copia de la presente Resolución, a la Municipalidad de Caleta Olivia para conocimiento de sus Autoridades; y a la Dirección General Delegación IDUV Zona Norte con asiento en la misma Localidad.________

resoluciones SINTETIZADAS
C.A.P.
RESOLUCION Nº 288
RIO GALLEGOS, 14 de Junio de 2017.Expediente Nº 489.762/CAP/2013.MODIFICASE, el Artículo 1º de la Resolución Nº 330/13, ratificada por Acuerdo Nº 091/14, quedando redactado de la siguiente manera: ARTICULO 1º.DONASE, a favor del Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda, con destino a la regularización de viviendas y planificación de futuros planes habitacionales, la superficie de seiscientos sesenta y cuatro metros con trece decímetros cuadrados 664,13m, ubicada en la Parcela Nº 1, la superficie de novecientos sesenta metros cuadrados 960,00m, ubicada en la Parcela Nº 4
y la superficie de ochocientos sesenta y cuatro metros con quince decímetros cuadrados 864,15m, ubicada en la Parcela Nº 18, todas de la Manzana Nº 23 y la superficie total de la Manzana Nº 24, del pueblo Tres Lagos de esta Provincia.-

RIO GALLEGOS, 09 de Junio de 2017.Expediente IDUV N 050.481/22/2016.ADJUDICAR EN VENTA la unidad habitacional de dos 2 dormitorios, identificada como Circunscripción 1 Sección 6 Manzana 29 Parcela 23, correspondiente a la Obra: CONSTRUCCIÓN DE
VEINTE 20 VIVIENDAS PARA AGENTES DE
PREFECTURA I ETAPA EN LA LOCALIDAD DE
CALETA OLIVIA, a favor del señor Ramón Edgardo VERA DNI Nº 25.616.387, de nacionalidad argentina, nacido el 12 de abril de 1977, de estado civil casado con la señora Adriana Vanesa MARTINEZ
DNI Nº 28.558.182, de nacionalidad argentina, nacida el 12 de marzo de 1981, por los motivos expuestos en los considerandos que anteceden.DEJAR ESTABLECIDO que el precio de venta actualizado de la unidad habitacional mencionada
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5155 DE 08 PAGINAS

P-1

Dr. JAVIER M. DE URQUIZA
Presidente Consejo Agrario Provincial ________

RESOLUCION Nº 289
RIO GALLEGOS, 14 de Junio de 2017.Expediente Nº 490.900/CAP/2015.ARTÍCULO 1º.- MODIFICASE, el Artículo 1º del Acuerdo Nº 052/15, quedando redactado de la siguiente manera: ARTICULO 1º.- DONASE, a favor del Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda, con destino a la construcción de viviendas, la superficie de 304,50m ubicada en la Parcela Nº 1, la superficie de 312,50 m, ubicada en la parcela Nº 2, la superficie
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de 312,50m, ubicada en la Parcela Nº 3, la superficie de 312,50, ubicada en la Parcela Nº 4, la superficie de 312,50 m, ubicada en la Parcela Nº 5, la superficie de 312,50m, ubicada en la Parcela Nº 6, la superficie de 312,50, ubicada en la Parcela Nº 7 y la superficie de 304,50, ubicada en la Parcela Nº 8, todas de la Manzana Nº39, del Pueblo de Fitz Roy de esta Provincia.-

P-1

Dr. JAVIER M. DE URQUIZA
Presidente Consejo Agrario Provincial ________

disposicion d.p.r.h.
DISPOSICION Nº 067
RIO GALLEGOS, Diciembre 07 de 2016.VISTO:
El Expediente Nro 493363/1997 iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos; y CONSIDERANDO:
Que mediante nota Nro. 00002911/2016, obrante a fojas Nro. 654 del expediente de referencia, la empresa PAN AMERICAN ENERGY LLC, solicita la renovación del permiso de vuelco de efluentes sanitarios tratados en el yacimiento Koluel Kaike, en la zona norte de nuestra provincia.
Que la planta de tratamientos de efluentes se encuentra ubicada en las coordenadas datos WGS 84
-46 42 17.53 W -68 16 22.56 del Yacimiento.
Que el sistema de tratamiento de vertido constituye un proceso de tres etapas: Anaeróbico, biológico y el de cloración y filtración; y el mismo es acorde a las cantidad de personas ciento veinte que se encuentran permanentemente en el lugar.
Que la disposición final del mismo es el riego del parquizado.
Que el permiso se extenderá por el lapso de un 01
año a partir del primero 01 de Diciembre del año 2016.
Que obra en el expediente, la documentación necesaria para otorgarle el permiso.
Que a fojas Nro. 655 del expediente de referencia, consta informe técnico.
Que deberá cumplimentar con lo establecido en la Disposición Nro. 020/13 de la Ley 1451.
Que mediante Ley N 2625 promulgada por Decreto N 1949, de fecha 2 de Agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley N 1451, el que, mediante Resolución N
998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO
EL DIRECTOR PROVINCIAL
DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S PO N E :
1º Otorgar permiso a favor de la empresa PAN
AMERICAN ENERGY LLC, con domicilio legal constituido en calle Chacabuco Nro. 78, de la ciudad de Río Gallegos, Santa Cruz para el vertido de efluente sanitario, previamente tratado en el predio del Yacimiento Koluel Kaike, de acuerdo a los considerandos de la presente.
2º La planta de tratamiento se encuentra ubicada en coordenadas datum WGS 84 -46 42 17.53 W -68
16 22.56 del Yacimiento.
3º El volumen máximo de efluente a verter previamente tratado será de 30 m3 mensuales. La empresa

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 4/7/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date04/07/2017

Page count8

Edition count1654

Première édition19/02/2002

Dernière édition21/03/2023

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