Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 4/7/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2017 - Año de la Reafirmación de los Derechos Soberanos Argentinos sobre las Islas Malvinas y Atlántico Sur.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

OFICIAL
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
Ana María CALIVA
Directora General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXII Nº 5155

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
Río Gallegos, 04 de Julio de 2017.-

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Dr. FERNANDO MIGUEL BASANTA
Ministro de Gobierno Lic. JUAN FRANCO DONNINI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro de la Producción, Comercio e Industria Lic. MARCELA PAOLA VESSVESSIAN
Ministra de Desarrollo Social Odont. MARIA ROCIO GARCIA
Ministra de Salud y Ambiente Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
Fiscal de Estado
provincial que no puedan cumplir en tiempo y forma obligaciones contraídas con dicha entidad bancaria.Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación a cargo del Despacho de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 4.- PASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, a sus efectos tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y. cumplido, ARCHÍVESE.-

decretoS del poder ejecutivo DECRETO Nº 0347
RIO GALLEGOS, 25 de Abril de 2017.VISTO:
El Expediente MSA-Nº 968.080/17, elevado por el Ministerio de Salud y Ambiente; y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 1231/16, se promulgó la Ley Nº 3480 Orgánica de Ministerios haciéndose necesario aprobar las nuevas estructuras organizativas que sustentarán la labor de los Ministerios acorde a las Misiones y Funciones competentes;
Que a los fines de reordenar la labor de la Organización interna de la Caja de Servicios Sociales, se procedió a realizar un exhaustivo análisis resultando necesario aprobar una nueva estructura Orgánica Sectorial manteniendo la funcionalidad y la prestación de los servicios para los cuales fue creada, lo que deriva en la eliminación de sesenta y dos 62 cargos, equivalente al 39% del total actual;
Por ello y atento a los Dictámenes DGAL-Nº 195/17, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales, obrante a fojas 213 y SLyT-GOB-Nº 267/17, emitido por la Secretaría General y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 305;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- APRUÉBASE a partir del día 1º de febrero del año 2017, la nueva Estructura Organizativa de la Caja de Servicios Sociales dependiente del Ministerio de Salud y Ambiente, de acuerdo con las Misiones, Funciones y Organigramas que como ANEXOS I, II, III y IV, forman parte integrante del presente y de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- DERÓGASE toda norma legal que se oponga al presente.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Salud y Ambiente.Artículo 4º.- PASE al Ministerio de Salud y Ambiente a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Od. María Rocio García _________
DECRETO Nº 0348
RIO GALLEGOS, 26 de Abril de 2017.VISTO:
La Ley Provincial N 3479; y CONSIDERANDO:
Que mediante Ley Provincial N 3479 de Reordenamiento de Deuda, Financiamiento de Obras Públicas y Fortalecimiento de las Jurisdicciones Municipales se autorizó a este Poder Ejecutivo a gestionar operaciones de crédito público a los fines deentre otrosfinanciar el déficit acumulado y/o consolidado de la Administración Pública Centralizada, Descentra-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5155 DE 08 PAGINAS

lizada, Entidades Autárquicas y Empresas del Estado, además de adoptar todas aquellas medidas que coadyuven al desarrollo integral de la provincia;
Que si bien el artículo 4 del dispositivo señalado establece que el primer tramo de deuda se destinaría prioritariamente al pago del Sueldo Anual Complementario del sector público provincial correspondiente al primer semestre del año 2016, cuestiones ajenas a ésta Administraciónque resultaron de público y notorio conocimientoimpidieron cumplir con dicho cometido;
Que no obstante las razones aludidas precedentemente, se concretó un crédito sindicado por un monto parcial a la autorización concedida, alcanzando el objetivo inicialmente propuesto para satisfacer el pago de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario;
Que en función de la situación social que atraviesa la provincia de Santa Cruz, se encuentran pendientes de autorización del Estado Nacional operaciones de crédito y/o financiamientos, alternativas que permitan reconducir un ordenado pago de los salarios de los distintos agentes públicos;
Que a efectos de coadyuvar a la regularización del pago de haberes resulta pertinente instruir al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura a adoptar las medidas necesarias para postergar el pago de vencimiento sobre salarios sin otros descuentos que aquellos establecidos por ley, y de los derivados de órdenes judiciales, como así también dar intervención al Banco Santa Cruz S.A. para que resuelva la situación de aquellos agentes dependientes de los tres poderes del estado provincial que no puedan cumplir en tiempo y forma las obligaciones contraídas con dicha entidad bancaria;
Por ello, y atento a Nota SLyT-GOB N 379 /17, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1: INSTRUYASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura a adoptar las medidas necesarias conducentes al pago de haberes de la administración pública Central y Descentralizada sin otros descuentos que aquellos establecidos por ley y los derivados de órdenes judiciales, conforme lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2: DASE intervención al Banco Santa Cruz S.A. para que resuelva la situación de aquellos agentes dependientes de los tres poderes del estado
Dra. KIRCHNER Sra. Claudia Alejandra Martínez ________
DECRETO Nº 0349
RIO GALLEGOS, 27 de Abril de 2017.VISTO:
El Expediente MG-N 505.488 /17 elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se propicia la ratificación en todas sus partes de los Convenios Marco 19-17
y Especifico 20-17, ambos suscriptos en fecha 2 de marzo del año 2017, entre la Administradora del Trabajo Local de la Provincia de Santa Cruz representado por el Secretario de Estado de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia, señor Teodoro Segundo CAMINO, y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo representada por su titular el Contador Gustavo Darío MORON, los que como Anexos forman parte integrante del presente;
Que mediante el Convenio Marco aludido ambas partes acordaron coordinar acciones de cooperación con el objeto de fortalecer el funcionamiento del Sistema de Riesgos del Trabajo establecido por la Ley Nº 24.557, sus normas complementarias reglamentarias y las que en el futuro las modifiquen o sustituyan;
Que por otra parte, a través del Convenio Específico suscripto por las mismas partes se establecieron los objetivos, acciones y modalidades de trabajo a realizar en materia de Prevención de los Riegos del Trabajo e Higiene y Seguridad del Medio Ambiente Laboral;
Que asimismo es objeto de dicho Convenio el mejoramiento permanente de la calidad del empleo a través de la ejecución de acciones de fiscalización tendientes a verificar: 1. Las condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, 2. La correcta registración de los trabajadores y su declaración en el Sistema Único de la Seguridad Social S.U.S.S.; 3. La disminución de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales; 4. La identificación de los establecimientos y/o actividades que utilicen mano de obra infantil en cualquiera de sus formas, a los efectos de informar a la autoridad la aplicación correspondiente;
Que a los fines de realizar un seguimiento y control de los objetivos propuestos la Superintendencia de Riesgos del Trabajo conformará un Comité de Trabajo y Coordinación integrado por dos representantes de la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Institucionales un representante de la Gerencia de Prevención y un representante de la Gerencia de Administración y Finanzas;
Que los Convenios tienen como objetivo coordinar acciones de cooperación con el objeto de fortalecer el funcionamiento integral del Sistema de Riesgos del Trabajo, establecido por la Ley Nº 24.557, sus normas complementarias y reglamentarias y por las que en el futuro las modifiquen o sustituyan, y el mejoramiento

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 4/7/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date04/07/2017

Page count8

Edition count1654

Première édition19/02/2002

Dernière édition21/03/2023

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