Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 18/7/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2017 - Año de la Reafirmación de los Derechos Soberanos Argentinos sobre las Islas Malvinas y Atlántico Sur.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

OFICIAL
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
Ana María CALIVA
Directora General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXII Nº 5159

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
Río Gallegos, 18 de Julio de 2017.-

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Dr. FERNANDO MIGUEL BASANTA
Ministro de Gobierno Lic. JUAN FRANCO DONNINI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro de la Producción, Comercio e Industria Lic. MARCELA PAOLA VESSVESSIAN
Ministra de Desarrollo Social Odont. MARIA ROCIO GARCIA
Ministra de Salud y Ambiente Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
Fiscal de Estado
Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-

decretoS DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 0367
RIO GALLEGOS, 03 de Mayo de 2017.VISTO:
El Expediente JP RNº 14.634/16; elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo Jefatura de Policía tramita la Cesantía del Cabo Primero de Policía Walter Daniel KACHUK, con prestación de servicios en la Unidad de Bomberos 17ma a partir del día de la fecha;
Que las presentes actuaciones se iniciaron a raíz del parte informativo del Oficial Principal, Jefe de Unidad de Bomberos 17ma de El Chaltén mediante el cual pone en conocimiento de la denuncia radicada en fecha 18/09/16 por un ciudadano ante la Comisaría de El Chaltén en relación al extravío de su billetera que contenía entre diversa documentación una tarjeta de crédito, la cual según informó el Banco emisor se realizaron en un mismo día varias transacciones con la misma, en un supermercado local, que luego de tomar declaración a la encargada y empleados del local, todos concertaron que el que realizó dichas compras era un efectivo policial. Que al día siguiente de la denuncia realizada se hace presente en la misma Comisaría la esposa del Cabo Primero de Policía Walter Daniel KACHUK haciendo entrega de la billetera con documentación indicando que la había encontrado en la vía pública;
Que seguidamente se procedió al secuestro del elemento antes mencionado, y al allanamiento del domicilio del cabo Primero de Policía Kachuk, principal sospechoso de acuerdo a los datos recabados por los testimonios antes señalados, el cual arrojó resultados positivos procediéndose también al secuestro de diversos elementos de interés para la investigación;
Que en consecuencia de lo anterior a fs. 39 el Jefe de Policía de la Provincia dicta Disposición Nº 1840-D.1R/16 en la cual se resuelve suspender provisoriamente al Cabo Primero de Policía KACHUK
a partir de fecha 26/09/2016;
Que a fs. 82 obra Oficio Nº 3574/16 proveniente del Juzgado de instrucción y del Menor Nº Uno, Secretaría Nº Dos de la localidad de El Calafate informando que se iniciaron las actuaciones caratuladas KACHUK
WALTER S/ ESTAFA MEDIANTE EL USO DE
TARJETA DE CRÉDITO NO AUTORIZADO
EXPTE. Nº 13.002/16 teniéndose al Cabo de Policía Primero en carácter de imputado encontrándose la causa en plena etapa de investigación;
Que a fs. 92 se procedió a citar al sumariado a los efectos de su declaración de descargo, el cual obra a fs.
94/96, reservándose su derecho de declarar;
Que de lo actuado y las pruebas colectadas a fs.
99/100, la instrucción sumaria, en su informe final concluye que el Cabo de Policía Primero KACHUK
incurrió en una falta administrativa grave solicitando como primera medida que la Jefatura de Policía propicie ante el Poder Ejecutivo la cesantía del mismo;
Que se emplaza al encartado en conformidad al art.
98 del R.R.D.P. a los fines de hacer valer sus derechos, figurando actas de entrega a fs. 105, 106, 108 y 110
dándose por enterado y notificado de todo lo actuado, y pasando vista al expediente, no aportando ningún
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5159 DE 08 PAGINAS

elemento a su defensa;
Que a fs. 113 y vuelta, obra Resolución JDB-Nº 051/16 expedida por el Comisario Mayor en carácter de Jefe Titular de Jefatura División Bomberos, en la cual resuelve corroborar los conceptos vertidos por el Oficial Instructor, confirmando la solicitud de cesantía antes requerida;
Que finalmente previa intervención de Asuntos Legales mediante Dictamen Nº 1436/16 a fs. 123/125, se procede al dictado de la Disposición Nro. 2401-D.1
R/16 por el cual el señor JEFE DE POLICÍA DE
LA PROVINCIA encuadra la conducta del Cabo de Policía Primero KACHUK como falta de carácter grave prevista en el Artículo 9º con las agravantes previstas en el Artículo 41 Inciso 2 del Decreto 2091/72 y propicia ante el Poder Ejecutivo el dictado del instrumento legal decretando la CESANTÍA del sumariado a tenor de lo dispuesto por los Artículos 47º Inciso d y 62 Inciso a de la Ley 746 en concordancia con los Artículos 34º y 35º del R.R.D.P.;
Por ello y atento a los Dictámenes AL-N 187/17, emitido por Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 148 y SLyT-GOB-Nº 332/17 emitido por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 153/157;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- DECLÁRASE CESANTE, a partir del día la fecha, al Cabo Primero de Policía Walter Daniel KACHUK Clase: 1973 - M.I. Nro. 22.973.931 en virtud de lo expuesto en los considerandos del presente y por su trasgresión al Artículo 34º y 35º del Decreto Nº 2091/72 y Artículo 62º Inciso a de la Ley Nº 746/72, con situación de revista en el ANEXO: Ministerio de Gobierno ÍTEM: Policía Provincial CARÁCTER:
Administración Central FINALIDAD: Servicios de Seguridad FUNCIÓN: Seguridad Interior
SECCIÓN: Erogaciones Corrientes SECTOR:
Operación PARTIDA PRINCIPAL: Gasto en Personal PARTIDA PARCIAL: Personal Permanente PARTIDAS SUBPARCIALES: Retribución del Cargo Complementos - Ejercicio 2.017.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Gobierno Jefatura de Policía a sus efectos, tomen conocimiento
Dra. KIRCHNER - Dr. Fernando Miguel Basanta ________
DECRETO Nº 0368
RIO GALLEGOS, 03 de Mayo de 2017.VISTO:
El Expediente MDS-Nº 218.749/16, elevado por el Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia la ratificación del Convenio Marco y el Convenio Específico, ambos suscriptos con fecha 5 de julio del año 2016
entre el Ministerio de Desarrollo Social, representado por su titular Licenciada Marcela Paola VESSVESSIAN denominado como El MINISTERIO y el Instituto de Energía de la Provincia de Santa Cruz, representado por su Presidente Ingeniero Jaime ALVAREZ, denominado El IESC;
Que el convenio marco aludido tiene por objeto establecer entre las partes, una relación de cooperación recíproca destinada al cumplimiento del objetivo de cada institución involucrada, de manera que en forma mancomunada se propenda al desarrollo armónico y la optimización de los recursos disponibles;
Que esta cooperación se ejecutará en el plano del fortalecimiento institucional, intercambio de información, capacitación de recursos humanos, asistencia técnica, innovación tecnológica, programas, estudios, investigaciones y otras actividades de mutuo interés para las partes;
Que atento a lo expuesto, y teniendo en cuenta las facultades conferidas en la cláusula segunda del citado Convenio Marco, celebraron un Convenio Específico mediante el cual el Instituto de Energía de la Provincia de Santa Cruz otorga en carácter de comodato al Ministerio de Desarrollo Social, Un 1 Vehículo utilitario Renault Master Color Blanco Dominio KYB 290 Modelo 2012, con 16.150 Km., destinada al uso de dicho Ministerio;
Que el Convenio Específico mantendrá su vigencia hasta tanto alguna de las partes decidieran rescindir, debiendo para ello notificar a la otra parte con una anticipación no inferior a noventa 90 días corridos y/o bien si se incumpliera con las responsabilidades fijadas en la cláusula segunda del mismo;
Por ello y atento a los Dictámenes DGAJ-Nº 2288/16, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 10 y SLyT-GOB-Nº 330/17, emitido por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 17/18;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- RATIFÍCASE en todas sus partes el Convenio Marco y el Convenio Específico, ambos suscriptos con fecha 5 de julio del año 2016 entre el Ministerio de Desarrollo Social, representado por su titular Licenciada Marcela Paola VESSVESSIAN
denominado como El MINISTERIO y el Instituto de Energía de la Provincia de Santa Cruz, representado por su Presidente Ingeniero Jaime ALVAREZ, denominado El IESC, los que como Anexo I y II
formarán parte integrante del presente.Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 18/7/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date18/07/2017

Page count8

Edition count1654

Première édition19/02/2002

Dernière édition21/03/2023

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