Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 3/3/2016

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

OFICIAL
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
EDUARDO ENRIQUE MENGARELLI
Director General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXI Nº 5015

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
Río Gallegos, 03 de Marzo de 2016.-

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Sr. FERNANDO MIGUEL BASANTA
Ministro de Gobierno Lic. JUAN FRANCO DONNINI
Ministro de Economía y Obras Públicas Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro de la Producción Lic. MARCELA PAOLA VESSVESSIAN
Ministra de Desarrollo Social Odont. MARIA ROCIO GARCIA
Ministra de Salud Prof. ROBERTO LUIS BORSELLI
Presidente Consejo Provincial de Educación Dra. ANGELINA MARIA ESTHER ABBONA
Fiscal de Estado
de práctica ante quien corresponda a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 0107
RIO GALLEGOS, 19 de Enero de 2016.VISTO:
El Expediente MP-Nº 433.297/16, elevado por el Ministerio de la Producción; y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 1979 de fecha 7 de septiembre del año 2009 se modificaron los Artículos 2º, 4º y 10º del Decreto Nº 762/08, mediante el cual se creó la Unidad Ejecutora Provincial para los Aprovechamientos Hidroeléctricos del Río Santa Cruz - UEPAHRSC y se dejó sin efecto el Artículo 12º del citado instrumento legal;
Que en dicha norma Dto. Nº 1979/09 se determinó que la UEPAHRSC funcionará bajo la órbita del Ministerio de la Producción y estará presidida por su titular quien ejercerá el cargo de Coordinador General y será asistido por un Coordinador Ejecutivo, cuya titularidad será ejecutada por el Presidente del Instituto de Energía de la Provincia de Santa Cruz IESC;
Que a efectos de dotar de operatividad a dicha Unidad Ejecutora Provincial corresponde la designación de los titulares de la Coordinación General y Coordinación Ejecutiva a los titulares de las carteras del Ministerio de la Producción e Instituto de Energía respectivamente;
Por ello y atento a Dictamen SLyT-GOB-Nº 0048/16, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 11/12;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- DESÍGNASE, a partir del día de la fecha, en el cargo de Coordinador General de la UEPAHRSC al titular del Ministerio de la Producción, señor Leonardo Darío ALVAREZ Clase 1970 D.N.I. Nº 21.922.718 y en el cargo de Coordinador Ejecutivo, al Presidente del Instituto de Energía de la Provincia de Santa Cruz, Ingeniero Jaime Horacio ALVAREZ Clase 1969 D.N.I. Nº 20.921.432.Artículo 2º.- DÉJASE ESTABLECIDO que las designaciones efectuadas en el artículo anterior precedente serán desempeñadas en carácter AdHonorem.Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Producción.Artículo 4º.- PASE al Ministerio de la Producción Secretaría Privada, quienes realizaran las comunicaciones de práctica ante quien corresponda a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER Sr. Leonardo Dario Alvarez
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5015 DE 12 PAGINAS

DECRETO Nº 0108
RIO GALLEGOS, 19 de Enero de 2016.VISTO:
El Expediente GOB-Nº 113.682/16; y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 1212 de fecha 25 de agosto del año 1988 se promulgó la Ley Nº 1993
conforme la cual se ratifica el Acta constitutiva de la Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos OFEPHI suscripta por diversas jurisdicciones productoras de Hidrocarburos;
Que de acuerdo a lo que dispone el artículo 2
de la citada Ley corresponde la designación de representantes provinciales para integrar el Comité Ejecutivo ante la mencionada Organización;
Que a esos efectos la representación en carácter de titular será ejercida por el señor Ministro de Economía y Obras Públicas Licenciado Juan Franco DONNINI
y la representación en carácter alterno será ejercida por el señor Presidente del Instituto de Energía Ingeniero Jaime Horacio ALVAREZ;
Por ello y atento a Dictamen SLyT-GOB-Nº 0037/16, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 9;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- DESÍGNASE, a partir del día de la fecha, como Representante Provincial ante la Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos OFEPHI, al señor Ministro de Economía y Obras Públicas Licenciado Juan Franco DONNINI Clase 1983 -D.N.I. Nº 30.144.360, en carácter de representante titular, y al señor Presidente del Instituto de Energía Ingeniero Jaime Horacio Álvarez Clase 1969 - D.N.I. Nº 20.921.432 en carácter de representante alterno, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 3º.- PASE a Gobernación Secretaría Legal y Técnica, quien realizara las comunicaciones
Dra. KIRCHNER - Lic. Juan Franco Donnini ________

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO
2do. PERIODO 2015
DECRETO Nº 0162
RIO GALLEGOS, 28 de Diciembre de 2015.VISTO:
El Expediente GOB-Nº 113.844/15; y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 0854 de fecha 14
de Mayo de 2015, se procede a dejar sin efecto el funcionamiento de la Dirección Provincial de Trabajos Públicos y de todo su desprendimiento orgánico bajo la órbita del Ministerio de Economía y Obras Públicas aprobado oportunamente mediante Decreto Nº 0367/10 y Resolución Complementaria Nº 0093/10;
Que a partir de la fecha de emisión del dispositivo mencionado se incorpora a la Estructura Orgánica Interna y Sectorial del Ministerio de Desarrollo Social aprobada por Decretos Nros. 259/12, 2210/12 y 1229/14
la Estructura Orgánica Interna y Sectorial de la Dirección Provincial de Trabajos Públicos con sus competencias, funciones ejecutivas, niveles escalafonarios, dotación de personal, planta permanente, patrimonio, bienes y créditos presupuestarios vigentes;
Que por otra parte, también se deja establecido que a los efectos de lo dispuesto en el Artículo 2do. de la pieza legal dictada se tengan por eliminadas los cargos y/o categorías vigentes en el Anexo e Ítem de origen y por creados los mismos en el Anexo: Ministerio de Desarrollo Social e ítems que corresponda del Ejercicio 2015- Prórroga del Presupuesto 2014;
Que asimismo se faculta al Ministerio de Economía y Obras Públicas para que por Resolución Ministerial se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes para atender el gasto que demande la erogación en el Ejercicio 2015 - Prórroga del Presupuesto 2014;
Que en el marco del informe elaborado por la Auditoría Delegada del Tribunal de Cuentas en el Ministerio de Desarrollo Social se cuestionan los alcances de las reformas normativas realizadas en torno a la Dirección Provincial de Trabajos Públicos;
Que conforme se expide el Sr. Procurador Fiscal de Organismo la emisión del acto administrativo que se cuestiona fue dictado en relación de pedido formulado por la entonces Ministro de Desarrollo Social con la anuencia del ex titular del Ejecutivo Provincial;
Que señala el Procurador la ausencia de la intervención de competencia de las áreas técnicas jurídicas y de la Contaduría General de la Provincia, derivando ello en errores de derecho irremediables;
Que advierte además que el acto administrativo cuestionado no reúne los elementos propios del mismo, en los términos del Artículo 7 de la Ley Nº

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 3/3/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date03/03/2016

Page count12

Edition count1654

Première édition19/02/2002

Dernière édition21/03/2023

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Marzo 2016>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031