Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 29/12/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2015 - Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

OFICIAL
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
EDUARDO ENRIQUE MENGARELLI
Director General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LX Nº 5002

publicacion bisemanal Martes y Jueves
Río Gallegos, 29 de Diciembre de 2015.-

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Sr. FERNANDO MIGUEL BASANTA
Ministro de Gobierno Lic. JUAN FRANCO DONNINI
Ministro de Economía y Obras Públicas Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro de la Producción Lic. MARCELA PAOLA VESSVESSIAN
Ministra de Desarrollo Social Odont. MARIA ROCIO GARCIA
Ministra de Salud Prof. ROBERTO LUIS BORSELLI
Presidente Consejo Provincial de Educación Dra. ANGELINA MARIA ESTHER ABBONA
Fiscal de Estado
Pública Provincial, centralizada y descentralizada, Entes Autárquicos, Empresas y Sociedades del Estado;
Que en su más reciente fase, como demostración práctica del agotamiento de un modelo, debe repararse en que, los ingresos de la Provincia de Santa Cruz se ven superados ampliamente por sus egresos, lo que dificulta al grado extremo las propias posibilidades de enfrentar con éxito la superación de cualquier dificultad en tanto lo más básico no está garantizado sin una importante y necesaria ayuda presupuestaria contante y sonante;
Que no se trata sólo de números o ecuaciones matemáticas cuando falta plata para pagar los sueldos a fin de mes las especulaciones sobran y resultan inútilesse trata de una situación que ha llevado a una verdadera frustración de la voluntad, que pone en riesgo el tejido social y expone a enfrentamientos estériles;
Que se trata de crear las mejores posibilidades para el desarrollo humano, poniendo en valor el mejor recurso con que contamos, que es la propia población santacruceña en su pluralidad y diversidad;
Que para ello es prioritario recuperar la autoestima del hombre y la mujer santacruceños, posibilitar el rescate de la verdadera identidad provincial y comenzar a transitar un camino de reconstrucción, reparación y recuperación de la Provincia de Santa Cruz;
Que es tiempo de construir juntos un futuro que, más allá de los diversos puntos de vista y alineamientos partidarios, nos encuentre unidos en el trabajo de engrandecer lo nuestro para que las nuevas generaciones vivan mejor, con más derechos y prosperidad asentada sobre firmes bases;
Que deviene necesaria la puesta en valor de nuestra propia esencia pionera y pujante para el desarrollo y crecimiento de nuestra Provincia;
Que en función de la correcta comprensión y ubicación de la base política y social de nuestros problemas, el centro de esta gestión de Gobierno se encontrará orientado primordialmente a la recuperación de la verdadera identidad santacruceña;
Que dicho camino de reconstrucción y organización no estará libre de obstáculos, tampoco será simple o sencillo, ni existirán soluciones que surjan mágicamente de un día para el otro, pero si nos esforzamos a subir escalón por escalón se irá dejando atrás la resignación para recobrar la autoestima de los santacruceños. Porque hoy un Estado que no puede sostenerse a si mismo deja de ser en esencia un Estado, para ser parte de los problemas;
Que en ese camino debe estar presente el esfuerzo y conciencia de la sociedad en su conjunto, que con convicción, trabajo, mucha responsabilidad y asimilando las mejores prácticas y herramientas en cuanto al fortalecimiento, optimización y asignación de los recursos técnicos, económicos y humanos, pueda vencer las dificultades;
Que para ese cometido debemos poner al servicio de un Estado Provincial presente y promotor las herramientas que la tecnología, la educación y la economía ofrecen para mejorar los recursos, a fin de incluir con una mirada proactiva el desarrollo humano;
Que surge evidente que las medidas de ajuste y exclusión no han tenido a lo largo de la vida institucional y social, resultados en la eliminación de problemas, y muchas veces solo han contribuido a su agravamiento y profundización, dejando a su paso caos y desaliento;
Que una vez más retomamos el camino hacia la consecución de una verdadera y legítima identidad santacruceña en esta tierra que nos ha visto nacer, llegar, progresar y criar nuestra descendencia, para validar definitivamente ese sueño de recuperar el orgullo de pertenecer a esta Provincia;
Que debemos ponernos todos como objetivo central
ley LEY Nº 3456
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de:
LEY
CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DE LA NACION Y LA PROVINCIA DE
SANTA CRUZ PARA LA SUPERVISION, CONTROL Y ASISTENCIA DE CONDENADOS, LIBERADOS CONDICIONALES Y
ASISTIDOS, LIBERADOS QUE HAYAN
AGOTADO SU PENA Y PROBADOS
Artículo 1.- APRUEBASE el Convenio celebrado en fecha 30 de diciembre de 2014 entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, representado por su titular Doctor Julio César ALAK, con domicilio en la calle Sarmiento N 329 piso 5 de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires, por una parte, y por la otra la Provincia de Santa Cruz, representada por el Señor Ministro de Gobierno Ingeniero Gustavo Ernesto MARTINEZ
con domicilio en calle Alcorta N 231 de la ciudad de Río Gallegos, ratificado por Decreto Provincial N 1892/15.
Artículo 2.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS, 26 de Noviembre de 2015.Jorge Mario ARABEL
Vicepresidente 1º Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz Pablo Enrique NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz DECRETO Nº 0138
RIO GALLEGOS, 23 de Diciembre de 2015.VISTO:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 26 de noviembre de 2015; y CONSIDERANDO:
Que mediante la citada ley, se RATIFICA en todos sus términos el CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE JUSTICIAY DERECHOS HUMANOS
DE LA NACION Y LA PROVINCIA DE SANTA
CRUZ PARA LA SUPERVISION, CONTROL Y
ASISTENCIA DE CONDENADOS, LIBERADOS
CONDICIONALES Y ASISTIDOS, LIBERADOS
QUE HAYAN AGOTADO SU PENA Y PROBADOS, que fuera ratificado por Decreto N 1892/15, el cual forma parte integrante de la ley;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provin-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.o. nº 5002 DE 12 PAGINAS

cial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-N 2555/15, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- PROMULGASE bajo el N 3456 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 26 de noviembre del año 2015, mediante la cual se RATIFICA en todos sus términos el CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DE LA NACION Y LA PROVINCIA DE SANTA
CRUZ PARA LA SUPERVISION, CONTROL Y
ASISTENCIA DE CONDENADOS, LIBERADOS CONDICIONALES Y ASISTIDOS, LIBERADOS QUE HAYAN AGOTADO SU PENA Y
PROBADOS, que fuera ratificado por Decreto N
1892/15, el cual forma parte integrante de la ley.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno. Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dra. KIRCHNER Sr. Fernando Miguel Basanta ________

DECRETOS del poder ejecutivo DECRETO Nº 0157
RIO GALLEGOS, 28 de Diciembre de 2015.VISTO:
El Expediente GOB-Nº 113.848/15; y CONSIDERANDO:
Que la Provincia de Santa Cruz enfrenta una crítica situación económica, que se manifiesta y afecta a la totalidad de las áreas administrativas y, especialmente, a la prestación de los servicios esenciales a cargo de la Administración

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 29/12/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date29/12/2015

Page count12

Edition count1654

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Dernière édition21/03/2023

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