Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/05/2020 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

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AÑO CVI - TOMO DCLXV - Nº 115
CORDOBA, R.A. LUNES 18 DE MAYO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COSQUÍN
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1.
Modifíquese el Artículo 16 de la Ordenanza n 3782/19, el cual quedará redactado de la siguiente manera la presente ordenanza entrará en vigencia desde el día 10 de enero de 2020 y hasta el 31 de marzo de 2020, plazo que podrá ser prorrogable mediante decreto particular del DEM de hasta 60 días de la fecha estipulada en el presente artículo.
Artículo 2.
PROTOCOLÍCESE y comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE
LA CIUDAD DE COSQUÍN A LOS 27 DÍAS DE FEBRERO DEL AÑO 2020
Fdo: Diego Bastos Magi, secretario. Pablo Pinto, presidente 1 día - Nº 258023 - s/c - 18/05/2020 - BOE

Artículo 2º.- Los porcentajes establecidos en el cuadro anterior serán de caracter remunerativo y se abonaran en 6 seis cuotas iguales y consecutivas, calculadas sobre los sueldos básicos del mes de Diciembre de 2019 y percibidas a partir de los haberes del mes de Febrero de 2020 y hasta el mes de Julio 2020
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE
LA CIUDAD DE COSQUÍN A LOS 27 DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL
AÑO 2020.
Fdo: Diego Bastos Magi, secretario. Pablo Pinto, presidente 1 día - Nº 258020 - s/c - 18/05/2020 - BOE

ORDENANZA N 3787/2020
VISTO: El régimen particular de regularización de deudas y de presentación espontanea respecto a obligaciones omitidas o adeudadas por los contribuyentes y responsables, implementado mediante Ordenanza n3782/2019.
Y CONSIDERANDO:
Que es intención de la municipalidad darle una única oportunidad a los vecinos de regularizar sus deudas para con éste.
Que, por razones financieras, los ingresos al respecto en muchas ocasiones se hacen efectivos más allá de los plazos estipulados en la Ordenanza n3782/2019.
Que es intención del DEM atender esta situación, motivo por el cual ve la necesidad de solicitar el Concejo Deliberante se prorrogue el plazo establecido por la Ordenanza n 3782/2019
Que es facultad del Concejo Deliberante establecer las clausulas, y términos de los programas y regímenes particulares de regularización y pago de los compromisos que los vecinos tienen con la administración municipal.
Por todo ello:
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

ORDENANZA 3788/2020
VISTO: El convenio nº 20026 de fecha 07/04/2016, entre la Provincia de Córdoba y las Municipalidades de Cosquín, Santa María y Bialet Massé, para la concreción del sistema de cloacas de la cuenca media del departamento Punilla. Y la ordenanza n 3751/2019 mediante la cual se declaran de utilidad pública y sujeto a expropiación, para realizar la implantación de Estaciones de Bombeo, de la Obra Provincial Obras Básicas de desages cloacales para las localidades de Cosquín, Santa María y Bialet Massé Y CONSIDERANDO:

Que ya se encuentran los planos definitivos presentados y aprobados por la Dirección General de Catastro de la Provincia y visado y registrados en el Catastro Municipal.
Que en la presentación de dichos planos definitivos DGC solicitó en los mismos deben consignar los datos de nomenclatura Catastral de la parcela madre y la nomenclatura reservada para la parcela sujeto a expropiación.
Que dichos planos son parte del anexo de la ordenanza 3571/2019.
Que es necesario a los fines del procedimiento legal solicitar en este caso una rectificación de los datos contenidos en la presente ordenanza para continuar con el proceso administrativo correspondiente.

Que la misma situación se plasmó en el lote sujeto a desafectación del Dominio Público Municipal.
Que es facultad del Concejo Deliberante de acuerdo a lo establecido en el Artículo 30, inciso 3 de la Ley Provincial nº 8102, Orgánica Municipal, calificar los casos de expropiación por utilidad pública con arreglo a las Leyes que rigen la materia.
Que en razón de ello y a fin de consignar de manera detallada y especifica los bienes sujetos a declaración de utilidad pública y sujetos a expropiación, como así también desafectar del dominio público y afectar al dominio privado la propiedad citada.
Por todo ello EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COSQUÍN
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/05/2020 - 5º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaysArgentine

Date18/05/2020

Page count7

Edition count1432

Première édition31/07/2018

Dernière édition21/05/2024

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