Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/03/2023 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCXCIX - Nº 50
CORDOBA, R.A., MARTES 14 DE MARZO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

SENTENCIAS
SENTENCIA: El Sr. Jue de 1A INST.C.C.FAM.1A-SEC.2 - BELL VILLE, Cba., en los autos caratulados: GIOLITTO DE GROSSO, CLAUDIA FABIANA USUCAPION Expte Nº 7082309, dictó la siguiente resolucin: SENTENCIA DEFINITIVA NUMERO TREINTA Y
UNO 31Bell Ville, diez de junio de 2022.-Y
VISTOS: Y CONSIDERANDO: RESUELVO:.- I Hacer lugar a la demanda de prescripción adquisitiva veinteañal en todas sus partes y en consecuencia declarar que la señora Claudia Fabiana Giolitto, DNI 27.880.332, adquirió por prescripción el inmueble objeto de la acción, sin titularidad dominial anterior, y que según anexo de plano de mensura confeccionado por el Ingeniero Civil Carlos A. Pinardi y visado por la Dirección General de Catastro en expte. 0563003442/2010 se describe como: Fracción de Terreno, de 50,00m. en su costado NorEstelado A-B, contra Parcela 6 de Walter René Parolo Matrícula nº 1.183.412, 40,00m. en su costado Sur-Este lado B-C, contra la parcela 27 de Eustacio Guzmán Folio nº 50.895 Año 1.948, 50,00m. en costado Sur-Oeste lado C-D, contra calle General Bolívar, y cerrando el polígono 40,00m. en su costado Nor-Oeste lado D-A, contra calle Obispo Esquiú dando una superficie de 2.000,00m2.-. Que se encuentra empadronado en la Dirección General de Rentas en la cuenta Nº 3604-1559554-5 y en la Dirección General de Catastro en cuenta Nº 3604200101024003, careciendo de empadronamiento en el Registro General de la Provincia. II Publicar por edictos la presente sentencia por diez 10 veces con intervalos regulares en un período de treinta 30
días en el diario Boletín Oficial y en un diario local art. 783 ter y 790 CPCC. III Ordenar al Registro General de la Provincia la protocolización del plano de mensura de posesión confeccionado por el Ingeniero Civil, Carlos A. Pinardi y visado por la Dirección General de Catastro en expte. 0563-003442-2010 aprobado el 07 de julio de 2011. IV Oficiar al Registro General de la Provincia a los fines de la inscripción y registración del inmueble objeto de autos a nombre de la usucapiente. V Regular de manera definitiva por las tareas realizadas en autos los honorarios profesionales del doctor Mariano José Favero la suma de pesos treinta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta con sesenta y cuatro centavos $34.440,64 con más la suma de pesos siete mil doscientos treinta y dos con cincuenta y tres centavos $7.232,53 en concepto de IVA. Regular de manera definitiva los honorarios profesionales de las Dras. Mariana Érica Darze y Andrea

Alejandrina Flores, por las tareas desplegadas en autos en la suma de pesos cincuenta y un mil seiscientos sesenta con noventa y seis centavos $51.660,96 en conjunto y proporción de ley. Protocolícese, hágase saber y dese copia.
Fdo.: Sanchez, Sergio Enrique. Juez 10 días - Nº 434389 - $ 27064 - 17/03/2023 - BOE

La Sra. Jueza DRA. NORMA BEATRIZ ISSA, Pte.
de Trámite, en la Vocalía Nº 9, de la Sala III, de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en autos caratulados: SIUFI CESAR
MARIO c/TELECOM PERSONAL, S.A Ref. Expte. Nº C-125045/2018., hace saber que se ha dictado la siguiente resolución: En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los veintidós días del mes de Octubre del año dos mil veintiuno, reunidos los Sres. Integrantes de la Sala Tercera de la Cámara en lo Civil y Comercial, los Dres. NORMA
BEATRIZ ISSA; CARLOS MARCELO COSENTINI y ALEJANDRA MARIA LUZ CABALLERO
bajo la Presidencia de la primera de las nombradas: 1. Hacer lugar a la demanda ordinaria por daños y perjuicios deducida por César Mario Siufi en contra de Telecom Personal S.A., y condenar a al mismo a abonar a aquel en el plazo de diez días, la suma de $ 630.000 en concepto de daño material, dejando establecido que, ante el incumplimiento, dicha suma devengará un interés equivalente a la tasa activa cartera general préstamos nominal anual vencida a treinta días del BNA desde la mora y hasta el efectivo pago. 3. Imponer las costas a la vencida. 4. Hacer extensiva la condena a Ingewall Argentina S.A. y Solfix S.A. en su carácter de terceros obligados y a la empresa Zurich Argentina Cía.
de Seguros S.A., en su carácter de tercero en garantía, quien deberá responder en los términos de la póliza y límites del seguro. 5. Regular los honorarios de los Dres. Jorge Ripoll, Agustín Pfister y Luciano Victorio Angelini en las sumas de $ 126.000, $ 88.200 y $ 88.200 respectivamente. Regular los honorarios del perito técnico Ing. Juan Domingo Revuelta, en la suma de $
23.100. En todos los casos, se adicionará el IVA
de corresponder, dejando establecido que en caso de incumplimiento, dichas sumas devengarán el mismo interés de la tasa activa aplicable al capital. 6.-Agregar copia en autos, notificar en la forma de estilo, protocolizar, etc. Fdo. Dra. NORMA B. ISSA -Pdte. de TrámiteDres. CARLOS M.
COSENTINI y ALEJANDRA M.L. CABALLERO
-Vocalesante mi Dra. Mercedes Hansen, Secretaria de Cámara. San Salvador de Jujuy, tres de diciembre de 2021, la Sala III de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy. R E S
U E L V E: I.-Regular los honorarios profesionales PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUJUY CÁMARA EN LO CIVIL Y COMERCIAL
- SALA III - VOCALÍA 9 Argañaraz Esq. Independencia - San Salvador de Jujuy del Dr. Jorge A.
Ripoll y los del Dr. Agustín Pfister en las sumas de $ 25.200 $ 17.640, respectivamente, por la labor desplegada en el Expte. Nº C-94836/17, sumas a las que se adicionará el IVA de corresponder, debiendo aplicarse, en caso de incumplimiento, la tasa activa del BNA desde la mora y hasta el efectivo pago. II.-Rechazar la aclaratoria deducida por el Dr. Agustín Pfister en contra de la sentencia de fecha 22 de octubre de 2021.III.- Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula, y protocolizar. Fdo. Dra. NORMA B.
ISSA PTE. DE TRAMITE, DRES. CARLOS M.
COSENTINI y ALEJANDRA M.L. CABALLERO
VOCALES ANTE MI Dra. Mercedes Hansen, Secretaria de Cámara. Publíquense Edictos en el Boletín oficial de la Provincia de Buenos Aires y la provincia de Córdoba y en un Diario Local por tres veces en cinco días. - San Salvador de Jujuy 3 días - Nº 439739 - $ 16841,40 - 14/03/2023 - BOE

NOTIFICACIONES
9576304 - BANCO DE GALICIA Y BUENOS
AIRES S.A.U C/ RUIZ, PEDRO DAMIAN - EJECUTIVO que tramita por ante OF. COBROS
PARTICULARES JUZG.3a Nom-VILLA MARIA
se ha dictado la siguiente resolucion: VILLA MARIA, 09/11/2021. Téngase presente el certificado que antecede.- En consecuencia, proveyendo el escrito inicial.- Agréguese constancia de aportes que se acompaña. Por presentado, por parte - en el carácter invocado - y con el domicilio constituido. Por iniciada la presente demanda ejecutiva. Agréguese copia del título base que se adjunta, reservándose su original en Secretaría. Líbrese sin más trámite mandamiento de ejecución y embargo por la suma reclamada con más el treinta por ciento 30% para intereses y costas de ejecución, a cuyo fin ofíciese, haciéndose constar en la rogatoria a librarse que en la materialización de la medida se deberá respetar lo dispuesto por los arts. 120 y 147 de la ley 20.744y sus modificatorias y decreto Ley 484/87. Cítese y emplácese a la parte demandada para que en el plazo de tres días comparezca a estar a derecho y tomar participación, bajo apercibimiento de rebeldía y cítesela en la misma diligencia, para que en tres días más oponga excepciones legítimas arts. 547 y 548
del C.P.C., bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Procédase a la apertura de la cuenta judicial. NOTIFIQUESE.Fdo: Dra.
Garay Moyano Juez Dra Tironi Gisela prosecretaria 3 días - Nº 437908 - $ 3822,60 - 15/03/2023 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/03/2023 - 2º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date14/03/2023

Page count57

Edition count3631

Première édition01/02/2006

Dernière édition15/06/2024

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