Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/03/2023 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

LUNES 13 DE MARZO DE 2023
AÑO CX - TOMO DCXCIX - Nº 49
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
REMATES
O. Juzgado Federal N 3, autos A.F.I.P. c/ CATANIA CESAR JOSE s/ Ej. Fiscal, Exp. Nº 21717/2015, el martillero Valentín Cima Crucet Mat. 01-1880, rematará el 16/03/2023, a las 10
hs. en Secretaría fiscal del Juzgado sito en calle Concepción Arenal esq. Paunero, piso 8, los siguientes bienes: Un furgón marca FORD modelo TRANSIT 120-S año: 1998 dominio BXW
685. Dr. Alejandro José Manzanares Agente Fiscal. Condiciones 20% dinero de contado al mejor postor más comisión al martillero, saldo por depósito judicial o transferencia Electrónica inmediata. Se exigirá protocolo COVID. Dra. Gabriela Data, Secretaria. Revisar en calle Colombres 1769 Bº San Martín el día 15/03/23 de 16 a 18hs. Informes al martillero T. 3515939907. www.
cimacrucetsubastas.com.ar 2 días - Nº 439488 - $ 1154 - 13/03/2023 - BOE

CONCURSOS Y QUIEBRAS
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Segunda Nominación, Secretaría N 3 de la ciudad de San Francisco, se hace conocer la siguiente resolución dictada en los autos caratulados: ANSELMO FRANCISCO PEDRO Y ANSELMO
VICTOR MARCELO S.H. CONCURSO PREVENTIVO Expte. Nº 6520803, de fecha 11 de Agosto de 2017, Secretaría Nº 3.- SENTENCIA
NUMERO: NUEVE.- San Francisco, veintisiete de febrero de dos mil veintitrés. Y VISTOS: Y
CONSIDERANDO: RESUELVO: I Declarar la quiebra de la firma ANSELMO FRANCISCO
PEDRO Y ANSELMO VICTOR MARCELO S.
H., CUIT 30-70713992-3, con domicilio social en calle Iturraspe N 1909 de la ciudad de San Francisco, Departamento San Justo, integrada por los Sres. VICTOR MARCELO ANSELMO, D.N.I. Nº 25.704.316, argentino, mayor de edad, con domicilio en la Zona Rural de la localidad de Marull, Departamento San Justo, y FRANCISCO
PEDRO ANSELMO, D.N.I. Nº 6.422.025, argentino, mayor de edad, con domicilio en calle Manuel Belgrano S/N de la localidad de La Para, Departamento Río Primero, todos de la Provin-

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a SECCION

cia de Córdoba. II Disponer que los acreedores posteriores a la presentación en concurso deben acudir por la vía incidental a los fines de requerir la verificación de sus créditos art. 202
de la L.C.. III Anotar la presente quiebra y la inhibición de los bienes de la fallida en los Registros correspondientes, a cuyo fin ofíciese. IV
Ordenar a los fallidos y a los terceros que tengan bienes del mismo a ponerlos a disposición del Sindico dentro del término de veinticuatro horas de requeridos. V Intimar a los fallidos para que dentro de las veinticuatro horas entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, si los llevara. VI Prohibir que se efectúen pagos al fallido bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. VII Interceptar la correspondencia dirigida a los fallidos, la que deberá ser entregada al Señor Sindico, a cuyo fin ofíciese a OCA, Correo Oficial de la República Argentina S.A., Andreani y Seprit. VIII Procédase a efectuar las comunicaciones pertinentes a fin de asegurar el cumplimiento del art. 103 de la Ley Concursal, a cuyo fin ofíciese a la Dirección Nacional de Migraciones. IX Disponer la inmediata realización de los bienes que conforman el activo Concursal, a cuyo fin hágase saber a la sindicatura que deberá proceder al inmediato desapoderamiento de los bienes de la misma, previo inventario, a cuyo fin ofíciese. Oportunamente la Sindicatura aconsejará la forma de realización de los mismos, que resulte más conveniente para los intereses de la masa 204 y siguientes de la L.C.
y la designación en su caso del enajenador art.
88 inc. 9 y 261 de la ley 24.522. X Cumpliméntese por secretaría el art. 89 de la ley 24.522, debiendo la publicidad efectuarse en el Boletín Oficial de la Provincia sin necesidad de previo pago. XI Notifíquese a la Administración Federal de Ingresos Públicos y a la Dirección General de Rentas la declaración de la presente quiebra.
XII A los fines previstos por el art. 132 de la Ley Concursal, requiéranse todas las acciones judiciales iniciadas contra de la fallida por las que se reclamen derechos patrimoniales, a cuyo fin ofíciese. XIII Recaratúlese la presente causa.
PROTOCOLICESE, HAGASE SABER Y DESE
COPIA para el legajo establecido por el artícu-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

SUMARIO
Remates Pag. 1
Concursos y Quiebras Pág. 1
Declaratorias de Herederos Pág. 3
Citaciones Pág. 12
Sentencias Pág. 31
Notificaciones Pag. 32
Presunciones de Fallecimientos Pag. 43
Usucapiones Pág. 43

lo 279 de la L.C..-.- Firmado: Dr. Tomás Pedro CHIALVO - JUEZ.- NOTA: Se hace saber que el Síndico designado en los presentes autos, es el Contador Javier Carlos CURTO quien fija domicilio en calle Libertad Nro. 1425, de esta ciudad.San Francisco, 01 de Marzo de 2023.5 días - Nº 438082 - $ 18036,50 - 13/03/2023 - BOE

El Juzgado de 1 Instancia y 33 Nominación en lo Civil y Comercial - Concursos y Sociedades N6 de Córdoba hace saber que en autos:
LUNA, MARIA SILVINA QUIEBRA INDIRECTA Expte. N10336672, por Sentencia N24
del 03/03/2023 se dispuso: Declarar en estado de quiebra a la Sra. LUNA MARIA SILVINA
DNI N31.669.276 - CUIL 27-31669276-7; con domicilio real en Manzana 6, Lote 8 S/N, Granja de Funes II, B Argello de esta ciudad, en los términos de los arts. 288 y 289 de la L.C.Q.;
calificando al presente proceso como Categoría B art. 253, inc. 5, L.C.Q.. Ordenar a la fallida y a los terceros que posean bienes de la misma que, dentro del plazo de 24 horas, hagan entrega de éstos a la sindicatura, bajo apercibimiento. Prohibir a la fallida hacer pagos de cualquier naturaleza, haciendo saber a los terceros que los perciban que los mismos serán ineficaces de pleno derecho art. 88 inc. 5
L.C.Q.. Establecer que los acreedores de causa o título posterior a la presentación en concurso preventivo 16/09/2021 y anteriores a este resolutorio, materialicen su verificación de créditos por vía incidental en los términos del art. 202 de la L.C.Q.. Fecha Presentación Informe General:
10/04/2023. Síndicatura interviniente: Cra. Mónica Alejandra Bressán, con domicilio en calle San Luis N695 de esta ciudad. Of.: 03/03/2023.5 días - Nº 438855 - $ 11205 - 13/03/2023 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/03/2023 - 2º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date13/03/2023

Page count52

Edition count3594

Première édition01/02/2006

Dernière édition26/04/2024

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