Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/03/2023 - 2º Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

2

a
1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCXCIX - Nº 47
CORDOBA, R.A., JUEVES 9 DE MARZO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

SO PREVENTIVO EXPTE. N 11472515, de fecha 30/11/2022 y su acumulado GERBAGRO
S.A. CONCURSO PREVENTIVO EXPTE. N
11475132, de fecha 01/12/22 y GERBAUDO
FRANCISCO ANTONIO Y GERBAUDO JUAN
FRANCISCO SOCIEDAD SIMPLE O RESIDUAL CONCURSO PREVENTIVO EXPTE.
N 11475167, de fecha 01/12/2022, por Sentencia nº 5 del 22-02-2023, se dispuso la apertura del concurso preventivo de acreedores de Agrupamiento integrado por las dos razones sociales, GERBAGRO S.A. CUIT 30-71504518-0, inscripta en el Registro Público de Comercio, Protocolo de Contratos y Disoluciones en la Matrícula N 14783-A del Año 2015, con domicilio social y legal en calle Reconquista 483 de la localidad de Colonia San Bartolomé, Provincia de Córdoba; y GERBAUDO FRANCISCO
ANTONIO Y GERBAUDO JUAN FRANCISCO, CUIT N 30-70795011-7 integrada por los Sres.
Francisco Antonio GERBAUDO, DNI 6.440.541, y Juan Francisco GERBAUDO, DNI 24.081.325, con domicilio social y legal en Zona Rural de Sacanta, Provincia de Córdoba y constituido a los efectos procesales en Roque Sáenz Peña Nº 1498 de la Ciudad de San Francisco, Provincia de Córdoba.- En dichos autos se estableció como fecha límite para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación y títulos pertinentes ante la Sindicatura en cualquiera de los procesos concursales abiertos, el día quince de mayo de 2023.- Asimismo se hace saber que resulto designado Síndico el Cr. Cesar Hugo GONZALEZ, Mat. 10.02643-6, con domicilio en calle Urquiza 126 Ciudad de San Francisco, quien acepto el cargo.-

cia Informativa el día 15/2/2024 a las 09:00 hs.
la que se celebrará sólo en el supuesto de que con anterioridad a dicha fecha el deudor no hubiese obtenido las conformidades previstas por el art. 45 L.C.Q. y hubiera comunicado dicha circunstancia al Juzgado acompañando las constancias pertinentes. XVI Fijar como fecha del vencimiento del período de exclusividad el día 22/2/2024 art. 43 L.C.Q.. XVII Ordenar al concursado la publicación de edictos en la forma prevista por el art. 27 L.C.Q. y bajo la previsión del art. 28, segunda parte, del mismo cuerpo legal, bajo apercibimiento art. 30 id.. XVIII
Notifíquese a la Dirección General de Rentas la presente resolución art. 47, inc. 10 del C.T.P..
Protocolícese, hágase saber y agréguese copia.
Fdo: Dra. MAGDALENA PUEYRREDON: Jueza - Rio Cuarto, 07 de Marzo de 2023.-

CONCURSO PREVENTIVO EDICTO: Autos:
BERON, PATRICIA - PEQUEÑO CONCURSO
PREVENTIVO Expte. Nro. 11558484. Tribunal:
Juzgado de 1ra. Inst. y 4ta. Nom. Civil y Com.
Rio Cuarto, secretaria nro: 8. Sentencia nro: cinco 05. Rio Cuarto, 02 de Febrero de 2023.- Y
VISTOS Y CONSIDERANDO RESUELVO:
1 Declarar la apertura del concurso preventivo de la Sra. Patricia Beron, DNI. 30.030.093, C.U.I.T. 27-30.030.093-1, argentina, nacida con fecha 31/03/1983, de estado civil soltera, con domicilio real en calle Agero Rubén 680, manzana lote 122 del barrio Riverside, de la ciudad
cursada, no sujeta a caducidad automática y la anotación de la indisponibilidad de los bienes registrables de aquélla, medidas que no deberán ser levantadas sin la autorización del Juez del Concurso, a cuyo fin ofíciese al Registro General de la Provincia formularios en formato pdf editable y al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, debiendo informar este último sobre la existencia de dominios registrados actualmente a nombre del deudora en cualquier registro seccional del país informe nominal y dominios que hubieran sido de su titularidad informe nominal histórico, con la prevención del art. 273, inc. 8, de la LCQ. IV Librar Oficio a la Dirección Nacional de Migraciones a los fines de que tome razón de la prevención que prescribe el art. 25
de la Ley N 24.522, respecto de la salida del país de la concursada Sra. Patricia Beron, DNI.
30.030.093, C.U.I.T. 27-30.030.093-1, a cuyo fin deberá transcribirse la norma citada en la comunicación a cursarse. Hágase saber a la concursada que, en caso de ausentarse del país por un tiempo inferior a cuarenta días corridos, deberá cumplimentar el recaudo que prescribe la normativa concursal citada y presentar a las autoridades correspondientes la comunicación efectuada al Tribunal, en caso contrario, requerir la pertinente autorización judicial. VII Clasificar el presente proceso concursal como B, fijando como fecha para que se realice el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría B de profesionales independientes, el día 14
de marzo a las 11:00 hs., debiendo notificarse al Consejo Profesional de Ciencias Económicas sin el requisito de los arts. 59 y 155 del C.
P. C. y C. VIII Fijar como plazo tope para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación y títulos pertinentes ante la Sindicatura, el día 26/4/2023 . IX Fijar como fecha hasta la cual el Síndico podrá presentar el Informe Individual del art. 35 L.C.Q., el día 12/6/2023. X
Establecer como fecha para el dictado por el Tribunal de la resolución de verificación de créditos a que alude el art. 36 L.C.Q. el día 5/7/2023 la que constituirá asimismo la fecha a partir de la cual se computará el plazo a los fines del art. 37
L.C.Q. XI Fijar como fecha para la presentación por el concursado de la propuesta fundada de agrupamiento y clasificación en categorías art.
41 L.C. el día 3/8/2023. XII Fijar como fecha tope para la presentación del Informe General
de Rio Cuarto, en los términos de los arts. 288
y 289 de la L.C.Q.. II Ordenar la anotación del presente concurso preventivo en el Registro de Juicios Universales y en el Registro Público, a cuyo fin líbrense los oficios pertinentes con el recaudo del art. 273 inc. 8 L.C.Q. III Ordenar la inscripción de la inhibición general de la con-

por el Síndico art. 39 L.C.Q., el día 9/8/2023.
XIII Fijar como fecha para el dictado de la Sentencia de Categorización el día 8/9/2023. XIV
Fijar como fecha para hacer pública en el expediente el ofrecimiento de una propuesta de acuerdo preventivo el día 22/12/2023. XV Fijar como fecha para que se lleve a cabo la Audien-

gistros correspondientes, a cuyo fin ofíciese. IV
Ordenar a los fallidos y a los terceros que tengan bienes del mismo a ponerlos a disposición del Sindico dentro del término de veinticuatro horas de requeridos. V Intimar a los fallidos para que dentro de las veinticuatro horas entregue al Síndico los libros de comercio y demás do-

10 días - Nº 439346 - $ 29652 - 21/03/2023 - BOE

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

1 día - Nº 439593 - $ 7665,70 - 09/03/2023 - BOE

Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Segunda Nominación, Secretaría N 3 de la ciudad de San Francisco, se hace conocer la siguiente resolución dictada en los autos caratulados: ANSELMO FRANCISCO PEDRO Y ANSELMO
VICTOR MARCELO S.H. CONCURSO PREVENTIVO Expte. Nº 6520803, de fecha 11 de Agosto de 2017, Secretaría Nº 3.- SENTENCIA
NUMERO: NUEVE.- San Francisco, veintisiete de febrero de dos mil veintitrés. Y VISTOS: Y
CONSIDERANDO: RESUELVO: I Declarar la quiebra de la firma ANSELMO FRANCISCO
PEDRO Y ANSELMO VICTOR MARCELO S.
H., CUIT 30-70713992-3, con domicilio social en calle Iturraspe N 1909 de la ciudad de San Francisco, Departamento San Justo, integrada por los Sres. VICTOR MARCELO ANSELMO, D.N.I. Nº 25.704.316, argentino, mayor de edad, con domicilio en la Zona Rural de la localidad de Marull, Departamento San Justo, y FRANCISCO
PEDRO ANSELMO, D.N.I. Nº 6.422.025, argentino, mayor de edad, con domicilio en calle Manuel Belgrano S/N de la localidad de La Para, Departamento Río Primero, todos de la Provincia de Córdoba. II Disponer que los acreedores posteriores a la presentación en concurso deben acudir por la vía incidental a los fines de requerir la verificación de sus créditos art. 202
de la L.C.. III Anotar la presente quiebra y la inhibición de los bienes de la fallida en los Re-

2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/03/2023 - 2º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date09/03/2023

Page count58

Edition count3599

Première édition01/02/2006

Dernière édition03/05/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Marzo 2023>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031