Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/05/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

MARTES 23 DE MAYO DE 2023
AÑO CX - TOMO DCCI - Nº 96
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

1

a SECCION

La Legislatura de la Provincia de Córdoba Sanciona con fuerza de Ley: 10882
Artículo 1º.- Declárase Monumento Histórico Provincial a la Cruz de Piedra Jachkar, emplazada en la plazoleta sita en Avenida Hipólito Yrigoyen esquina Crisol de la ciudad de Córdoba.
Artículo 2º.- La Agencia Córdoba Cultura Sociedad del Estado o el organismo que la sustituyere en sus competencias, es la Autoridad de Aplicación de la presente Ley y asume las facultades -respecto del Monumento Histórico Provincial Cruz de Piedra Jachkar de la ciudad de Córdobaque la Ley Nº 5543 le otorga a la Dirección General de Historia, Letras y Ciencias.
Artículo 3º.- Facúltase a la Autoridad de Aplicación de la presente Ley a celebrar convenios con la Municipalidad de la ciudad de Córdoba y otras entidades, públicas o privadas, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 5543 relativos al Monumento Histórico Provincial declarado en el artículo 1º de esta norma.

Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Ley: 10882 Pag. 1
Decreto N 637 Pag. 1
Ley: 10884 Pag. 1
Decreto N 638 Pag. 2
Ley: 10888 Pag. 2
Decreto N 682 Pag. 2
Decreto N 619 Pag. 2
Decreto N 647 Pag. 3
Decreto N 695 Pag. 4
Decreto N 697 Pag. 5
MINISTERIO DE VINCULACIÓN COMUNITARIA, PROTOCOLO Y COMUNICACIÓN
Resolución N 5 Pag. 6
Resolución N 6 Pag. 7
Resolución N 11 Pag. 7
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
Resolución N 65 Pag. 8
AGENCIA CÓRDOBA CULTURA S.E.
Resolución N 94 Pag. 9

Decreto N 637
Córdoba, 15 de mayo de 2023

DADA EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL
MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.

Téngase por Ley de la Provincia Nro. 10.882, cúmplase, protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, archívese.

FDO.: MANUEL FERNANDO CALVO, VICEGOBERNADOR - GUILLERMO CARLOS

FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - SILVINA RIVERO, MINISTRA DE

ARIAS, SECRETARIO LEGISLATIVO

COORDINACIÓN - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

La Legislatura de la Provincia de Córdoba Sanciona con fuerza de Ley: 10884
Artículo 1º.- Apruébase el Convenio Marco de Cooperación y Asistencia Técnica para la realización del Programa Anual de Estadística 2023, celebrado entre el Instituto Nacional de Estadística y Censos INDEC, por una parte, y la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

la Secretaría de Fortalecimiento Institucional del Ministerio de Coordinación de la Provincia de Córdoba, por la otra, que fuera aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº 337 de fecha 23 de marzo de 2023.
El Decreto Nº 337/2023, el Convenio y sus anexos, compuestos de veinticinco fojas, forman parte integrante de la presente Ley como Anexo I.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/05/2023 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date23/05/2023

Page count9

Edition count4127

Première édition01/02/2006

Dernière édition29/04/2024

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