Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/03/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCXCIX - Nº 52
CORDOBA, R.A. JUEVES 16 DE MARZO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

designación de personal en la Administración Central deberá contar con la aprobación previa del Poder Ejecutivo, la que se otorgará en base a las necesidades del servicio y las posibilidades financieras del Estado Provincial.

Que atento a lo relacionado, procede en la instancia aprobar listado de aspirantes a los fines de posibilitar las propuestas de designación de personal y coberturas, en el marco de los artículos 11 al 18 del Decreto Ley N
1910/E/1957 y concordantes del Decreto N 3999/E/1967 y modificatorios.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por el servicio jurídico del Ministerio de Educación con el N 2023/00000043, por Fiscalía de Estado bajo el N 143/2023 y en uso de atribuciones conferidas por el artículo 144, incisos 1 y 10, de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- APRUÉBASE el listado de aspirantes a cargos docentes de Educación Inicial, con carácter titular, de Capital e Interior Provincial, para el periodo lectivo 2023, confeccionado por la Junta de Calificación y Clasificación de las Direcciones Generales de Educación Inicial y Primaria
del Ministerio de Educación, el que, como Anexo I, forma parte integrante de este instrumento legal.
Artículo 2.- DlSPÓNESE que el Área Recursos Humanos de la Dirección General de Coordinación y Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Educación asignará destino a los docentes incluidos en el listado aprobado por el artículo precedente, a medida que se produzcan vacantes titulares, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15, inciso a, del Decreto-Ley N 1910/E/1957.
Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 4.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 12

Y CONSIDERANDO:

Que consta solicitud del señor Presidente del Consorcio Caminero Único instando la contratación de la obra de que se trata, toda vez que la problemática existente del ingreso/egreso del tránsito pesado de predios agrícolas/acopiadores y a su vez conectar con la red provincial de caminos secundarios y terciarios las acciones climáticas y el desgaste propio del uso requiere altos costos de mantenimiento cuando estos se deterioran, por lo que es vital importancia una intervención inmediata a los fines de fortalecer la conexión de la red vial provincial y los agentes productivos de la zona de influencia, según surge del Capítulo I, Punto I.2.2. del Legajo Único para Contratación.
Que la Jefatura de Departamento I Estudios y Proyectos acompaña documentación técnica que consiste en el Legajo Único para Contratación,
CENTRO TECNOLÓGICO AGROPECUARIO S.A. CUIT N 30-710099649, COOPRATIVA AGRÍCOLA LA VENCENDORA LIMITADA CUIT N 3352233245-9 y el señor DEGANO ARIEL OMAR D.N.I N 22.078.643, con la ejecución de la obra de referencia y propuestas de pagos del, 15,70%
-$ 36.692.989,10-, 15,70% -$ 36.692.989,10-, 33,32% -$77.873.273,69-, 33,32% -$77.873.273,69- y 1,96% -$4.580.780,81-, respectivamente, del costo total de la misma que asciende a la suma de $ 467.426.612,78 con IVA incluido y que corresponde a precios de SEPTIEMBRE de 2022, conforme lo informado en autos por el Consorcio Caminero Único y la Dirección de Coordinación de Obras Públicas.
Que, según detalle de la propuesta e informe de la Directora General de Coordinación de Obras Públicas el valor total de la contribución por mejoras asciende a $ 233.713.306,39 que equivale al 50% del monto de obra pagadero en cinco 5 cuotas anuales una vez finalizada la obra, que serán financiadas conforme el índice del costo de la construcción ICC-Cba publicado por la Dirección de Estadísticas y Censos de Córdoba. El aporte restante del valor total de la obra quedará a cargo de la Provincia.

Que se acompaña documentación de los contribuyentes e informes de dominio de los inmuebles beneficiados.
Que obra en autos conformidad del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario FDA para abonar los fondos correspondientes.

Que la Dirección General de Administración de este Ministerio ha agregado Documento Contable Nota de Pedido Nº 2023/000080, que certifica la reserva presupuestaria para hacer frente a la erogación que lo gestionado demanda.
Que obra Dictamen Nº 31/2023 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que lo propiciado en autos
compuesto por: Objeto y Objeto Detallado, Encuadre Legal y Condiciones de Contratación, Cómputo Métrico y Planillas, Planos, Anexo N 1 -Aspectos Ambientales-, Pliego Particular de Condiciones y Especificaciones Técnicas, Régimen de Redeterminación de Precios y Presupuesto Oficial y Pliego Complementario del Pliego Particular de Condiciones.
Que se incorporan en autos conformidades de los contribuyentes especiales, DELCRE CONSTRUCCIONES S.R.L. CUIT N 30-70104635-4,
encuentra su fundamento en las previsiones del artículo 7º del Anexo I a la Resolución Nº 100/2019, artículo 7º - inciso b punto 4 de la Ley Nº 8.614, modificada por Ley Nº 10.417, artículo 2º de la Ley Nº 10.546, artículo 2º de la Ley Nº 6.233 y Ley Nº 10.220.
Que dicha asesoría manifiesta también que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 10.546, Decreto Nº 1.053/2018, Ley Nº 10.622, Resoluciones Ministeriales Nros. 250/2018 y 100/2019 y competencias específicas de
Córdoba, 24 de febrero de 2023
Expediente Nº 0045-023795/2022.VISTO: este expediente por el cual se propicia la contratación del Consorcio Caminero Único a los fines de la ejecución de la obra: ACCESOS
SOBRE RP N 6, TRAMO: ZONA INDUSTRIAL HERNANDO DEPARTAMENTO: TERCERO ARRIBA, por la suma total de $ 467.426.612,78 y la fijación del porcentaje de contribución por mejoras a cargo de Contribuyentes Especiales.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/03/2023 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date16/03/2023

Page count8

Edition count4134

Première édition01/02/2006

Dernière édition08/05/2024

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