Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/03/2023 - 1º Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

VIERNES 10 DE MARZO DE 2023
AÑO CX - TOMO DCXCIX - Nº 48
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

1

a SECCION

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 166 Pag. 1
DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN
DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO
Resolución N 3 Pag. 1

Resolución N 166
Córdoba, 7 de marzo 2023
VISTO: El expediente digital N 0622-001758/2022 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:

Que en el mismo la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional propicia la aprobación del Diseño Curricular de la Carrera Tecnicatura Superior en Desarrollo de Software para su implementación a partir del ciclo lectivo 2023 en los Institutos Superiores Técnicos dependientes de la mencionada Dirección General.
Que obra en autos la denominación de la carrera, la fundamentación, los objetivos de la carrera, los requisitos de ingreso, perfil profesional, alcance de título, funciones que ejerce el profesional, área ocupacional, habilitaciones profesionales, el diseño y organización curricular -Plan de Estudios, las condiciones de egreso, el perfil profesional del docente, los campos de formación, acreditación de saberes de trayectorias formativas de otros ámbitos, certificaciones intermedias y criterios orientativos para la presentación jurisdiccional y la evaluación de solicitudes de validez nacional de títulos y certificados de estudios.
Que lo procurado resulta procedente, toda vez que se enmarca en la normativa de las Leyes Nros. 9870 de Educación Provincial, 24521 de Educación Superior y 26058 de Educación Técnico Profesional, como así también en los lineamientos referenciales acordados por las Resoluciones del Consejo Federal de Educación N 229/14 y 295/16.
Que la Secretaría de Educación y la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional han dado el visto bueno y gestionan la aprobación del Diseño Curricular de la Carrera propuesta.
Por ello, los informes producidos y el Dictamen N 2022/00000407 del
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
COMISIÓN LABORAL DE CONCURSO Y PROMOCIÓN
Resolución N 2 - Letra:D Pag. 2
ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS - ERSEP
Resolución General N 7 Pag. 2
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS - APRHI
Resolución General N 3 Pag. 9
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Convocatoria Pag. 10
Convocatoria Pag. 10

Área Jurídica de este Ministerio y por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales orden 8;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Art. 1.-APROBAR el Diseño Curricular de la Carrera Tecnicatura Superior en Desarrollo de Software para su implementación a partir del ciclo lectivo 2023, en los Institutos Superiores Técnicos dependientes de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional, que como Anexo I con veintiocho 28 fojas, forma parte de la presente resolución.
Art. 2.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO

DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRÁNSITO
Resolución N 3
Córdoba, jueves 9 de marzo de 2023
VISTO el Expediente N 0458-001369/2023, por el que la Dirección General de Policía Caminera solicita la recepción de los exámenes pertinentes, a efectos que, de determinar los conocimientos, aptitudes y capacidades de distinto personal de la fuerza, para la obtención de las matrículas habilitantes de Operador de Tránsito.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

CONSIDERANDO.
Que el artículo 5 de la Ley de Tránsito N 8.560 TO 2004, define como Autoridad de Control de Tránsito, a la Policía de la Provincia u otra fuerza de seguridad que, previo acuerdo, designe el Ministerio a cargo de la seguridad vial y/o el organismo que determine la autoridad municipal o comunal en las jurisdicciones que adhieran a la Ley Provincial de Tránsito N
8.560 TO 2004 y su Reglamentación, y cuyo personal esté especialmente capacitado mediante los cursos establecidos reglamentariamente, y sea habilitado por la Autoridad de Aplicación Provincial mediante el instrumento
1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/03/2023 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date10/03/2023

Page count11

Edition count4122

Première édition01/02/2006

Dernière édition23/04/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Marzo 2023>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031