Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/11/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Las Malvinas son argentinas LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

AÑO CIX - TOMO DCXCV - Nº 232
CORDOBA, R.A. JUEVES 17 DE NOVIEMBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS
ERSEP
Resolución General N 94

Y CONSIDERANDO:
Voto del Presidente, Mario A. Blanco, y de los Vocales José Luis Scarlatto, Luis A. Sánchez y Walter Scavino I Que la Ley Provincial Nº 8835 -Carta del Ciudadanoen su artículo 25
inc. h enumera como competencia del ERSeP, Aprobar las modificaciones, revisiones y ajustes de los cuadros tarifarios y precios de los servicios a cargo de los prestadores, de acuerdo con los términos de los títulos habilitantes..
Que concordantemente, el Decreto Nº 797/01, que reglamenta el contexto normativo emergente de la Ley Provincial Nº 8837 -Incorporación del Capital Privado al Sector Público-, establece que cuando los prestadores o las organizaciones de los usuarios, o el ERSeP actuando de oficio, consideren que existen cambios en los costos de los servicios de electricidad, ajenos al control de los concesionarios, sea su aumento o disminución, que afecten a alguno de los actores, el Ente iniciará los procedimientos para determinar si dichos cambios deben ser incorporados en las tarifas., y asimismo dispone que a fin de establecer el aumento o reducción tarifaria correspondiente, la modificación en los costos deberá revestir significación y corresponder a una definida tendencia de aumento o disminución de los insumos afectados, y no a un cambio circunstancial de su valor..
II Que el artículo 20 de la Ley Provincial Nº 8835, según modificación introducida por la Ley Provincial Nº 9318, dispone que la autoridad regulatoria deberá convocar a audiencia pública, cuando el informe o tratamiento se relacione con la modificación de los cuadros tarifarios de los servicios públicos, en forma previa a su implementación..

Que por medio de las Resoluciones Nº 719/2022 y Nº 742/2022, la Secretaría de Energía dependiente del Ministerio de Economía de la Nación determinó la adecuación de los Precios de Referencia de la Potencia POTREF y del Precio Estabilizado de la Energía PEE en el Mercado Eléctrico Mayorista MEM, aplicables a partir del 01 de noviembre de 2022 y del
en vigencia los mecanismos de Pass Through aplicables para efectuar el traslado de los componentes mayoristas asociados a las tarifas eléctricas.
Que en ese entendimiento, el ERSeP dictó la Resolución General ERSeP Nº 31/2022, en la que luego de un detallado análisis y fundamentación técnico-jurídica, en su artículo 3º se estableció que en relación a la aprobación del mecanismo de Pass Through, que permita a la EPEC el traslado a tarifas de toda variación de los costos y precios de compra de la energía eléctrica y potencia, incluyendo los que surjan de las ampliaciones del Sistema Argentino de Interconexión SADI, considerando los índices de pérdidas y factores de carga correspondientes; en el marco del presente procedimiento y de la Audiencia Pública celebrada con fecha 21 de abril de 2022, el ERSeP podrá analizar y aprobar cada petición, examinando los elementos que se incorporen oportunamente.; mientras que, en su artículo 6º, se determinó que en relación a la aprobación del mecanismo de Pass Through que permita cubrir las variaciones de los costos de compra de las Cooperativas Concesionarias del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica de la Provincia de Córdoba, en cada oportunidad que ello sea necesario; se podrá continuar con su tratamiento y aprobación, específicamente en el mismo procedimiento e instrumento por medio de los cuales el ERSeP analice y autorice el ajuste de las respectivas tarifas de compra, haciendo extensivo dicho método al traslado de todos los costos, precios, cargos, incidencias de fondos, demás conceptos y/o sus variaciones, a los que el mismo resulte aplicable, en el marco del presente procedimiento y de la Audiencia Pública celebrada con fecha 21 de abril de 2022..

Que por otro lado, en el marco del proceso de implementación del Programa Tarifa Industrial Provincial Homogénea, por medio de la Resolución General ERSeP Nº 09/2022 resultaron aprobadas las tarifas aplicables a los Usuarios Industriales, respecto de las cuales, el artículo 5º de la citada resolución dispuso que, en el marco del presente procedimiento y Audiencia Pública de fecha 14 de diciembre de 2021, las tarifas tratadas en los artículos precedentes resultarán actualizables conforme a los criterios que especialmente se adopten en cada oportunidad en que el ERSeP
deba llevar a cabo revisiones de costos de los Distribuidores y/o autorizar las respectivas recomposiciones tarifarias..
Que así también, en el marco de la Audiencia Pública celebrada con fecha 04 de julio de 2019, a requerimiento de la EPEC, fueron debidamente tratados y considerados los puntos solicitados por la Distribuidora en cuestión, siendo uno de ellos la aprobación del Cuadro Tarifario para Generación Distribuida, aplicable a los Usuarios Generadores de Energía Eléctrica que cumplimenten con los requisitos exigidos por la Ley Nacional Nº 27424, la Ley Provincial Nº 10604 y reglamentación asociada. Además, en el mismo procedimiento, a propuesta del ERSeP, se trató el mecanismo de cálculo y tarifas resultantes, aplicables por las Cooperativas Concesionarias del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica de la Provincia de Córdoba a los Usuarios Generadores de Energía Eléctrica que, en sus respectivas jurisdicciones, cumplimenten con los requisitos exigidos por el aludido marco normativo.
Que en consecuencia, el ERSeP dictó la Resolución General ERSeP

01 de febrero de 2023, como también los valores del gravamen destinado al FONDO NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA FNEE, aplicables desde el 01 de noviembre de 2022 y desde el 01 de abril de 2023.
Que en atención a ello, por un lado, en el marco de la Audiencia Pública celebrada con fecha 21 de abril de 2022, a requerimiento de la EPEC
y de las Federaciones de Cooperativas Eléctricas de la Provincia, fueron debidamente tratados y considerados los requerimientos para mantener
Nº 44/2019, la cual, luego de un detallado análisis y fundamentación técnico-jurídica, a través de su artículo 4º, estableció que las tarifas y demás conceptos tratados en los artículos precedentes, resultarán actualizables cada vez que los precios y/o tarifas tomadas como referencia para su determinación sufran variaciones en virtud de los costos de compra de la energía eléctrica, potencia y/o transporte de las diferentes Distribuidoras involucradas, como así también ante cambios que se autoricen sobre sus
Córdoba, 10 de noviembre de 2022.Y VISTO: El Expediente Nº 0521-067503/2022, iniciado a partir de la presentación efectuada por la Empresa Provincial de Energía de Córdoba EPEC, ingresada bajo el trámite ERSeP Nº 1209126 059 51 522, Control Interno Nº 9624/2022, relativa a la necesidad de Adecuación Tarifaria en virtud de las variaciones de los Precios de Referencia de la Potencia POTREF, del Precio Estabilizado de la Energía PEE en el Mercado Eléctrico Mayorista MEM y del gravamen destinado al FONDO NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA FNEE, establecidas por la Resolución Nº 719/2022 de la Secretaría de Energía dependiente del Ministerio de Economía de la Nación, como también de la presentación ingresada bajo el trámite ERSeP Nº 1230574 059 70 222, relativa a la necesidad adicional de traslado del Precio Estabilizado de la Energía en el Mercado Eléctrico Mayorista establecido por la Resolución Nº 742/2022 de la citada Secretaría de Energía, en lo relativo a los Clubes de Barrio y de Pueblo.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/11/2022 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date17/11/2022

Page count10

Edition count4133

Première édition01/02/2006

Dernière édition07/05/2024

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