Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/11/2011 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 4 de noviembre de 2011

1

SECCIÓN

AÑO XCIX - TOMO DLXI - Nº 208
CORDOBA, R.A., VIERNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2011

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
DIRECCIÓN GENERAL de RENTAS

Modifican Resolución Normativa Nº 1/2011
Resolución Normativa Nº 8
Córdoba, 28 de Octubre de 2011
VISTO: El segundo párrafo del Artículo 2 de la Ley N 9505, leyes modificatorias y leyes complementarias, los Artículos 12 y 179 inciso 23 del Código Tributario Provincial Ley N 6006, T.O. 2004 y sus modificatorias-, la Resolución Interpretativa Nº 2, y la Resolución Normativa N 1/2011 y modificatorias B.O.
06-06-2011, Y CONSIDERANDO:
QUE en el Artículo 366º de la Resolución Normativa N 1/
2011 se reglamentan los requisitos que deben verificarse a efectos de que opere la exención prevista en el Articulo 179
inciso 23 del Código Tributario Provincial Ley N 6006, T.O.
2004 y sus modificatorias.
QUE a efectos de constatar el requisito de desarrollar actividades en establecimientos ubicados en la provincia de Córdoba, resulta conveniente ampliar la documentación a presentar en el caso de los protesistas dentales, cuya actividad figura como tal en el CIIU, y que de acuerdo con la Nota N 20/
2007 de fecha 26-02-2007 de la Dirección de Asesoría puede encuadrar como Industria pues cumple con lo previsto en la Resolución Interpretativa N 2 y se encuentran habilitados para desarrollar la actividad a través de la inscripción en la Matricula otorgada por el Órgano regulador de dicha actividad conforme a la Ley N 6222.
QUE consecuentemente para dicho caso en particular se estima conveniente reemplazar la constancia de Inscripción Anual expedida por el Registro Provincial de Industria, por la inscripción en la Matricula correspondiente, emitida por el Organismo que regula dicha actividad, debiendo en este caso efectuar la presentación de la misma ante esta Dirección.
POR TODO ELLO, atento las facultades acordadas por el Artículo 18 del Código Tributario, Ley Nº 6006 - T.O. 2004 y sus modificatorias;

I SUSTITUIR el inciso c del Artículo 366 por el siguiente:
c Desarrollar su actividad industrial en establecimientos ubicados en la Provincia de Córdoba, habiendo obtenido en la anualidad en curso la Inscripción Anual correspondiente en el Registro Provincial de Industria, o de corresponder, para los protesistas dentales, la respectiva Constancia de Inscripción en la Matricula correspondiente, emitida por el Organismo que regula dicha actividad. En este último caso, los Contribuyentes deberán presentar ante esta Dirección la Matrícula habilitante, junto con el Formulario Multinota F-387.
Excepcionalmente para la Anualidad 2010, de no haber realizado oportunamente el trámite de Inscripción y/o Renovación anual en el Registro Provincial de Industria dicho requisito se considerará cumplimentado si la solicitud se realiza hasta el 28 de Febrero de 2011 y siempre que a posteriori esta Dirección verifique el otorgamiento de dicha Inscripción por cada anualidad solicitada.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial, pase a conocimiento de los Sectores pertinentes y ARCHÍVESE.
CR. ALFREDO L. LALICATA
DIRECTOR GENERAL

Resolución General Nº 1812
Córdoba, 31 de Octubre de 2011
VISTO: La Resolución N 49/2006 B.O. 11-09-2006 de la Secretaría de Ingresos Públicos y la Resolución Normativa Nº 1/2011 y modificatorias B.O. 06-06-2011,
Resolución General Nº 1811
Córdoba, 27 de Octubre de 2011
VISTO: Lo establecido en los Artículos 16 y 20 del Código Tributario vigente, Ley N 6006 T. O. 2004 por Decreto N
270/04 y modificatorias, Y CONSIDERANDO:
QUE se estima oportuno y conveniente asignar al Personal que presta servicios en las Delegaciones y/o Receptorías del Interior Provincial y Oficinas Descentralizadas dependientes de esta Dirección General de Rentas las Facultades que se indican en cada caso en particular, dispuestas por Resolución General N 756/82 de fecha 16021982 y modificatorias.
POR ELLO y en virtud de lo establecido por los Artículos 16 y 20 del Código Tributario - Ley N 6006, T. O. 2004 por Decreto N 270/04 y sus modificatorias, EL DIRECTOR GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- ASIGNAR a los Agentes que se detallan a continuación y que cumplen funciones en las Delegaciones y/o Receptorías del Interior Provincial y Oficinas Descentralizadas dependientes de esta Dirección General de Rentas, las facultades que se indican en cada caso en particular, establecidas por Resolución CONTINÚA EN PÁGINA 2

Agentes de Información por la Actividad de Construcción, los Contribuyentes que desarrollen los Códigos de Actividad del Impuesto sobre los Ingresos Brutos Locales o que tributen por Convenio Multilateral en esta Jurisdicción, bajo los códigos: 40000.21 y 40000.22 según la codificación prevista en el Anexo XV de la Resolución mencionada, y los códigos 452100 y 452200 del Clasificador Único de Actividades Convenio Multilateral C.U.A.C.M.-.

Y CONSIDERANDO:

EL DIRECTOR GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:

QUE mediante la Resolución N 49/2006 de la Secretaría de Ingresos Públicos se estableció un Régimen de Información para el Sector que desarrolla la Actividad de Construcción.

ARTÍCULO 1.- MODIFICAR la Resolución Normativa Nº 1/
2011 de la siguiente forma:

QUE el Artículo 483 de la Resolución Normativa Nº 1/
2011 y modificatorias establece que deben actuar como
QUE el Artículo mencionado en el Considerando anterior además fija el Monto de Base Imponible que debían poseer para la anualidad 2007 dichos Contribuyentes para tener que actuar como Agentes de Información del Sector Construcción.
CONTINÚA EN PÁGINA 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/11/2011 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date04/11/2011

Page count6

Edition count4152

Première édition01/02/2006

Dernière édition31/05/2024

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