Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 07/02/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Lugo

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Núm. 032 xoves, 7 de febreiro de 2019

BOP de Lugo
términos previstos en el art. 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Así lo acuerda y firma SS. Doy fe.
Que, en el mismo procedimiento de ejecución y con la misma fecha, se ha dictado diligencia de ordenación que literalmente dice:
Habiéndose dictado auto, en el día de la fecha, despachando ejecución de la sentencia firme de fecha 19/12/2018 dictada en los autos 649/2018 de este Juzgado, en virtud de solicitud formulada por D. MIGUEL
ÁNGEL DÍAZ BARRERO frente a la empresa PIZARRAS VEIRA DO RÍO SL, de conformidad al art.280 de la LJS, acuerdo:
Citar de comparecencia a las partes y al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, con las advertencias legales, haciéndoles saber que deben asistir con los medios de prueba de que intenten valerse, señalándose para su celebración el próximo día 7/3/2019 a las 09:50 horas.
Advertir a las partes que, de no asistir el/los trabajador/es o persona que le/s represente, se le/s tendrá por desistido/s en su solicitud; si no lo hiciese el empresario o su representante, se celebrará el acto sin su presencia.

Asimismo, acuerdo la citación de la ejecutada por medio de edictos.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN Y CITACIÓN EN LEGAL FORMA a la empresa PIZARRAS VEIRA DO RÍO SL, en ignorado paradero, a la que se advierte que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de Lugo.
En LUGO, a veinticuatro de enero de dos mil diecinueve.- LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
R. 0313

Anuncio MARIA DE LOS ANGELES LOPEZ CARBALLO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO
DE LO SOCIAL Nº 2 DE LUGO, HAGO SABER: Que en las actuaciones de EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 34/2017 y 165/2017
acumuladas seguidas en este Juzgado de lo Social a instancia de D ANA LAURA FARIAS CABRERA contra ESTAGUS SL se ha dictado decreto, en el día de la fecha, cuya parte dispositiva literalmente dice:
ACUERDO:
a Declarar a la empresa ESTAGUS SL en situación de insolvencia, para el resultado de la presente ejecución, por importe de 27.812,16 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
b Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación.
El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

Anuncio publicado en: Num BOP 32 año 2019 06/02/2019 11:12:01
07/02/2019 08:00:00

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación.
El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 07/02/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Lugo

PaysEspagne

Date07/02/2019

Page count60

Edition count3289

Première édition01/03/2013

Dernière édition29/04/2024

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