Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 17/03/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Miércoles 17 de Marzo de 2021
EDICION Nº 10.638
-1Subsecretario: ESC. CRISTIAN W. ROLÓN MOTTER
Director: Dr. VICTOR HUGO MARTEL
Miércoles 17 de Marzo de 2021
EDICION Nº 10.638
LEGISLACION, NORMATIVA
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY N 3338-R
ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL 27.592 "LEY YOLANDA"
ARTÍCULO 1º: Adhiérese la Provincia del Chaco a la ley nacional 27.592 - "Ley Yolanda", que establece la capacitación obligatoria en la temática de ambiente, con perspectiva de desarrollo sostenible y con especial énfasis en el cambio climático, para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías.
ARTÍCULO 2: La capacitación obligatoria incluirá a las personas que desempeñen actividades en el sector Público Provincial, centralizado y descentralizado, a las Empresas del Estado Provincial, SECHEEP, SAMEEP, Ecom Chaco SA, Nuevo Banco del Chaco SA, Fiduciaria del Norte SA o las que en un futuro la reemplacen, en los términos del artículo 4 de la ley 1092-A antes ley 4787- Organización y Funcionamiento de la Administración Financiera del Sector Público Provincial.
ARTÍCULO 3: La autoridad de aplicación de la presente ley será la Secretaría de Desarrollo Territorial y Ambiente o quien en su futuro la reemplace, la que coordinará con la Escuela de Gobierno de la Provincia del Chaco un sistema de formación de acuerdo a lo previsto en la ley nacional 27.592 que incluya además a autoridades de partidos políticas, dirigentes y postulantes a cargos electivos.
ARTÍCULO 4: Autorízase a la autoridad de aplicación, a celebrar los convenios necesarios con universidades con sedes en la Provincia del Chaco, entidades y organizaciones públicas y privadas a los fines de garantizar la aplicación de la presente ley.
ARTÍCULO 5: Invitase a los municipios de la Provincia a adherir a la presente ley.
ARTÍCULO 6: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los tres días del mes de marzo del año dos mil veintiuno.
Rubén Darío GAMARRA
Hugo Abel SAGER
Secretario Presidente DECRETO Nº 501
RESISTENCIA, 09 de marzo de 2021
VISTO:
La sanción legislativa N 3.338-R; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones constitucionales, las emanadas de la Ley N 1.024-B, y no habiendo observaciones que formular, procede su promulgación;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Articulo 1: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la sanción legislativa N 3.338-R cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2: Comuniquese, dese al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Chapo - Capitanich s/c E:17/03/2021
Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. Resistencia Chaco - http chaco.gov.ar/boficial/boletin 0362 4453520 - CTX 53520 CP 3500
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