Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 05/03/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Viernes 05 de Marzo de 2021
EDICION Nº 10.633
-1Subsecretario: ESC. CRISTIAN W. ROLÓN MOTTER
Director: Dr. VICTOR HUGO MARTEL
Viernes 05 de Marzo de 2021
EDICION Nº 10.633
LEGISLACION, NORMATIVA
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y ECONOMIA
A.T.P. ADMINISTRACION TRIBUTARIA PROVINCIAL
Provincia del Chaco RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2073/21
Resistencia 01 de Marzo de 2021
VISTO:
La Resolución General N 104/2004 y la Resolución Interna N 06/2020 de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18/08/77 y las Resoluciones Generales N 1485, N 1486, N 1549, N 1634, N 1815, N 1904, N 1947 y N 2007 de esta Administración Tributaria Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que las mencionadas normativas, están relacionadas con la implementación, en las distintas jurisdicciones, del régimen de recaudación bancaria del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, y la elaboración de la Comisión Arbitral del Sistema de Recaudación sobre Créditos Bancarios, SIRCREB, aplicable a los contribuyentes comprendidos en los términos del Convenio Multilateral, con la adhesión para contribuyentes locales;
Que en dichas normas también se establecen los procedimientos que deberán regir para la actuación de los agentes de recaudación, las jurisdicciones y los contribuyentes alcanzados por el padrón;
Que por Resolución Interna C.A. N 6/2020 se ponen en conocimiento de las operaciones exceptuadas del sistema de recaudación vigentes a la fecha;
Que la Provincia del Chaco adhiere a las excepciones establecidas por la Resolución Interna C.A. N 6/2020, por lo que es necesario incorporar las mismas a las normativas provinciales vigentes;
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Recaudación Tributaria;
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas a la Administración Tributaria Provincial por el Código Tributario ProvincialLey N 83 -F, la Ley Orgánica N 55 F y la Ley N 1289-A;
Por ello:
LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE LA PROVINCIA DEL CHACO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: SUSTITUIR, de conformidad a lo establecido por la Resolución Interna C.A. N. 6/2020, el texto del artículo 6
de las Resoluciones Generales N 1485, texto actualizado y N 1486, texto actualizado, el que quedará redactado de la siguiente manera
ARTICULO 6: Se encuentran excluidas del presente régimen:
1. Los importes que se acrediten en concepto de remuneraciones al personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y préstamos de cualquier naturaleza, otorgados por la misma entidad obligada a actuar como agente de recaudación o por el Banco de Inversión y Comercio Exterior y demás entidades financieras de segundo grado.
2. Contraasientos por error.
3. Acreditaciones efectuadas como consecuencia de la transformación a pesos de todos los depósitos en dólares estadounidenses u otras monedas extranjeras existentes en el sistema financiero pesificación de depósitos.
4. Los importes que se acrediten en concepto de intereses devengados con relación al saldo de la propia cuenta.
5. Los importes que se acrediten como consecuencia de las operaciones de exportación de mercaderías según la definición del Código Aduanero. Incluye los ingresos por ventas, anticipos, prefinanciaciones para exportación, como así también las devoluciones de IVA.
Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. Resistencia Chaco - http chaco.gov.ar/boficial/boletin 0362 4453520 - CTX 53520 CP 3500
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