Periódico Oficial de Puebla del día 03/02/2016 - Segunda Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

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Segunda Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Miércoles 3 de febrero de 2016

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que autoriza a la Auditoría Superior del Estado de Puebla, para que inicie formalmente y substancie Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades, en contra del C. Concepción Muñiz Escalona, Presidente Municipal de Tecomatlán, por las irregularidades en que incurrió, durante el periodo auditado comprendido del 1 de enero al 14 de febrero de 2011.
Al margen un sello con el Escudo Nacional y una leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. H. Congreso del Estado de Puebla.
RAFAEL MORENO VALLE ROSAS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, a sus habitantes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congreso, se me ha remitido el siguiente:

EL HONORABLE QUINCUAGÉSIMO NOVENO CONGRESO CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
Que en sesión pública ordinaria de esta fecha, Vuestra Soberanía ha tenido a bien discutir y aprobar, el Dictamen con Minuta de Decreto emitido por la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior del Estado, por virtud del cual se propone se autorice a la Auditoría Superior del Estado de Puebla, para que inicie formalmente y substancie Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades, en contra de la C. Concepción Muñiz Escalona, Presidente Municipal Constitucional por el periodo del uno de enero al catorce de febrero de dos mil once; por lo que: ------------

CONSIDERANDO:
Que el entonces Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla, hoy Auditoría Superior del Estado de Puebla, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 fracción II penúltimo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 113 y 114 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 22, 23, 30, 40, 41, 43, 112 y 121 fracciones I, III, XIV, XXIII, de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Puebla, publicada el 8 de septiembre de 2010 y 9 fracciones I, II y XIX del Reglamento Interior del Órgano de Fiscalización Superior del Estado, disposiciones aplicables en términos de los Transitorios, Cuarto, Quinto y Décimo Primero, del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 21 de diciembre de 2012, respecto al Municipio de Tecomatlán, por el periodo comprendido del uno de enero al catorce de febrero de dos mil once, emitió un Pliego de Observaciones identificado con el número 05848/2008-2011, que debido a su no solventación total, motivó la emisión de un Pliego de Cargos identificado con el número 05848C/2008-2011, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30, de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Puebla, aplicable en términos de los Transitorios antes citados. -----------------------------------------------------------------------Que en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Puebla, citada en el párrafo que antecede, aplicable en términos de los Transitorios antes referidos, se observaron los plazos a fin de que el representante del sujeto de revisión indicado, solventara los pliegos en términos de ley, sin que lo hubiere hecho por no haber solventado en su totalidad las observaciones respectivas, dejando con ello de comprobar y justificar recursos públicos por un importe de $24448,713.58 veinticuatro millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil setecientos trece pesos 58/100 Moneda Nacional, cuyo sustento se encuentra contenido en documentos que obran en poder de la hoy Auditoría Superior del Estado de Puebla.-----------Por lo que, procede autorizar a la Auditoría Superior del Estado de Puebla, inicie y substancie Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades, por el importe y periodo referido, en contra de la C. Concepción Muñiz Escalona, por la no solventación de los pliegos y las presuntas irregularidades subsistentes de los mismos, concretamente las siguientes: --------------------------------------------IRREGULARIDAD
1. Folio 4. Presunta Deficiencia Administrativa.
Saldos por comprobar en las cuentas de:
Acreedores. FONDO RECURSOS PROPIOS.

IMPORTE
$130,517.25

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 03/02/2016 - Segunda Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

PaísMéxico

Fecha03/02/2016

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones679

Primera edición02/02/2015

Ultima edición06/02/2024

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