Periódico Oficial de Tlaxcala del 18/4/2018

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala

Página 4

Periódico Oficial No. 16 Primera Sección, Abril 18 del 2018
g Reporte de ingresos de los panteones Municipales.

I.

Elaborar dictamen técnico sobre áreas que se pretenden destinar a panteones, apoyado por la Dirección de Desarrollo Urbano y Obras Públicas.

II.

Inscribir en los libros o en los sistemas electrónicos que están obligados a llevar en la administración de los panteones municipales, las inhumaciones, las exhumaciones, las reinhumaciones, los traslados y las cremaciones que se efectúen.

III.

Solicitar el dictamen correspondiente a la CONAGUA para el uso de suelo y zonificación.

IV.

Analizar los proyectos y solicitudes para la construcción de un panteón de acuerdo al dictamen de la Dirección de Desarrollo Urbano y Obras Públicas y Dirección de Ecología.

h Traslados.
V.

Otorgar los permisos provisionales, licencias y/o concesiones
VI.

Y las demás atribuciones que le otorguen otros ordenamientos.

ARTÍCULO 8.comunidad:
I.

Corresponde al Presidente de
Inscribir en los libros o en los sistemas electrónicos que están obligados a llevar la administración de los panteones municipales, las inhumaciones, las exhumaciones, las reinhumaciones, los traslados y las cremaciones que se efectúen, e informar de manera anual a la Secretaria de Ayuntamiento.

II.

Vigilar el estricto cumplimiento del presente Reglamento dentro de los panteones municipales.

V.

Solicitar la elaboración de planos necesarios de los panteones municipales para su buen funcionamiento.

III.

Amonestar a quien sorprenda alterando el orden dentro de los panteones municipales y, en su caso, levantar acta circunstanciada de las infracciones cometidas al presente Reglamento, turnándola a Seguridad Pública Municipal, Juez Municipal para su calificación o a la autoridad competente.

VI.

Autentizar y/o refrendar con su firma los permisos provisionales, licencias y/o concesiones.

ARTÍCULO 9.- Corresponde al C. Secretario del H. Ayuntamiento.
I.

Participar o dar fe de los acuerdos y convenios que se realicen en relación con este Reglamento.

II.

Las demás que le correspondan de acuerdo a lo preceptuado por la Ley.

TITULO SEGUNDO
DE LA APERTURA DE PANTEONES
CAPITULO PRIMERO
DE LA APERTURA DE PANTEONES.
ARTÍCULO 11.- Para la apertura de un panteón en el Municipio de Tetla de la solidaridad, Tlaxcala se requiere:
I.

ARTÍCULO 10.- Corresponde al C. Director de Obras Públicas, por sí o a través del Administrador de Panteones.

Tratándose de los panteones Oficiales y Particulares deberán contar con la aprobación por mayoría calificada del H.
Ayuntamiento además:
a
Presentar solicitud por escrito para panteón o ampliación del mismo a la COEPRIST del Estado. En ambos

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 18/4/2018

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala

PaísMéxico

Fecha18/04/2018

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones516

Primera edición12/01/2011

Ultima edición19/04/2023

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