Periódico Oficial de Tlaxcala del 10/8/2022 - Sección 2

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

Periódico Oficial No. 32 Segunda Sección, Agosto 10 del 2022
XI.

Chofer de transporte mercantil.- Al conductor de vehículos destinados al servicio de transporte mercantil;

XII.

Chasis.- Armazón del vehículo, que comprende el bastidor, ruedas, transmisión con o sin motor, excluida la carrocería y todos los accesorios necesarios para acomodar al conductor, pasajeros o carga;

XIII.

Circuito.- es la ruta de circulación vehicular autorizada por el Honorable Ayuntamiento determine;

XIV.

Ciclista.- Conductor de un vehículo de propulsión humana a través de pedales y otros vehículos similares que sean de propulsión humana; se considera también ciclista aquellos que conducen bicicletas asistidos por motores eléctricos siempre y cuando éste desarrolle velocidades de hasta 25 km/h-veinticinco kilómetros por hora;

XV.

Conductor.- Persona que lleva el dominio de un vehículo en movimiento;

XVI.

Crucero o intersección.- Superficie de rodamiento común a dos o más vías;

XVII.

XVIII.

Dispositivos para el Control del Tránsito y la Seguridad Vial.- Los medios físicos empleados para regular y guiar el Tránsito de vehículos, peatones y semovientes, tales como los semáforos, señalamientos, marcas, reductores de velocidad, medios electrónicos, instrumentos de innovación tecnológica, programas y otros similares;
Depósito vehicular oficial.- Al lugar destinado para resguardo y custodia de los vehículos que están a disposición de la autoridad que corresponda;

Página 3

XIX.

Estado de Ebriedad Incompleto.- Condición física y mental ocasionada por la ingesta de alcohol etílico, que se presenta en una persona cuando su organismo contiene entre 0.80 y menos de 1.5
gramos de alcohol por litro de sangre, o su equivalente en algún otro sistema de medición. Se aplicará lo dispuesto en el presente Reglamento en relación con el estado de ebriedad incompleto, cuando se trate de conductores de servicio público de transporte, y la persona contenga en su organismo más de 0.0 y menos de 1.5 gramos de alcohol por litro de sangre;

XX.

Estado de Ebriedad Completo.Condición física y mental ocasionada por la ingesta de alcohol etílico que se presenta en una persona cuando su organismo contiene 1.5 o más gramos de alcohol por litro de sangre o su equivalente en algún otro sistema de medición;

XXI.

Estacionamiento.- Al espacio físico o lugar utilizado para detener, custodiar o guardar un vehículo por tiempo determinado;

XXII.

Evidente Estado de Ebriedad.Cuando a través de los sentidos por las manifestaciones externas aparentes, razonablemente se puede apreciar que la conducta o la condición física de una persona presenta alteraciones en la coordinación, en la respuesta de reflejos, en el equilibrio o en el lenguaje, con motivo del consumo de alcohol etílico;

XXIII.

Dictamen de impacto vial.- Al estudio que tiene como fin determinar los alcances potenciales en materia de seguridad vial y tránsito, de algún proyecto de desarrollo comercial, industrial, residencial o cualquier otro que modifique la infraestructura vial;

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 10/8/2022 - Sección 2

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

PaísMéxico

Fecha10/08/2022

Nro. de páginas57

Nro. de ediciones441

Primera edición12/01/2011

Ultima edición19/04/2023

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