Periódico Oficial de Tlaxcala del 24/8/2022 - Sección 2

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

Página 2

Periódico Oficial No. 34 Segunda Sección, Agosto 24 del 2022

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. Tribunal Electoral de Tlaxcala. Un logotipo que dice TET, Tribunal Electoral de Tlaxcala.
LINEAMIENTOS PARA LA
DESINCORPORACIÓN Y ENAJENACIÓN
DE BIENES MUEBLES PROPIEDAD DEL
TRIBUNAL ELECTORAL DE TLAXCALA.
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES DEL
ÁMBITO DE APLICACIÓN Y
DEFINICIONES.

V.

Enajenación. La transmisión por cualquier medio de la propiedad de un bien mueble.

VI.

Pleno. Al órgano colegiado del Tribunal integrado por sus magistrados.

VII.

Tribunal. El Tribunal Electoral de Tlaxcala.

VIII.

Inventario de Bienes Muebles.
Relación ordenada de los bienes muebles propiedad del Tribunal, que describe las características, cantidad, estado físico, precio original de adquisición y ubicación de cada bien, asignándole una clave de control o número de inventario.

IX.

Lineamientos. Los Lineamientos para la Desincorporación y Enajenación de Bienes Muebles Propiedad del Tribunal Electoral de Tlaxcala.

Artículo 1. Las disposiciones contenidas en los presentes Lineamientos tienen por objeto normar la desincorporación y enajenación de bienes muebles propiedad del Tribunal Electoral de Tlaxcala.
Artículo 2. Para efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:
I.

II.

Avalúo. El resultado del proceso de estimar el valor de un bien determinando, a la medida de su poder de cambio en unidades monetarias peso mexicano y a una fecha determinada, representando su precio, que será practicado por un experto calificado denominado perito valuador o por una entidad pública calificada, autorizados por la Dirección Administrativa, y su vigencia no deberá ser inferior a los noventa días naturales.
Bien o Bienes. El o los bienes muebles propiedad del Tribunal Electoral de Tlaxcala que figuren en su inventario, consistentes en vehículos, equipo de oficina y de cómputo, así como los aparatos eléctricos y electrónicos.

III.

Desincorporación. La cancelación del registro de los bienes propiedad del Tribunal Electoral de Tlaxcala que figuren en su inventario.

IV.

Ley del Patrimonio. A la Ley del Patrimonio Público del Estado de Tlaxcala.

Artículo 3. Las normas de los presentes Lineamientos son de observancia general para el Tribunal.
Artículo 4. La aplicación de las disposiciones de los presentes Lineamientos se hará de conformidad con las normas constitucionales y legales aplicables, así como las emitidas por el propio Tribunal, aplicando criterios de honestidad, legalidad, racionalidad, transparencia y austeridad.
CAPÍTULO SEGUNDO
DE LA DESINCORPORACIÓN Y
SOLICITUD DE ACTOS DE DOMINIO DE
LOS BIENES DEL TRIBUNAL
Artículo 5. La ejecución y coordinación general de las acciones inherentes a los procedimientos de desincorporación de bienes muebles del Tribunal, señalados en el capítulo tercero de los presentes Lineamientos, correrá a cargo del Pleno, quien figurará como órgano ejecutor y tendrá las facultades necesarias para validar y legitimar las etapas derivadas de la desincorporación.
Artículo 6. La desincorporación para la enajenación de bienes comprenderá aquellos

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 24/8/2022 - Sección 2

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

PaísMéxico

Fecha24/08/2022

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones441

Primera edición12/01/2011

Ultima edición19/04/2023

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