Periódico Oficial de Tamaulipas del 14/8/2018 - Anexo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

Página 2

Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2018

Periódico Oficial
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA GENERAL
R. AYUNTAMIENTO DE ALTAMIRA, TAMAULIPAS
C. ALMA LAURA AMPARÁN CRUZ, Presidenta Municipal y LIC. ISRAEL HERNÁNDEZ VILLAFUERTE, Secretario del Ayuntamiento del Republicano Ayuntamiento Constitucional de Altamira, Tamaulipas, en uso de las facultades que a nuestro cargo confieren los artículos 115 fracción II segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 131 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 3, 49
fracciones I y III, 53 y 54 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas; con apego a lo establecido en las anteriores bases normativas, comparecemos ante Usted, al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 115, señala que los estados tienen como base de su división territorial y de su organización política y administrativa el municipio libre, a quien se dota de personalidad jurídica y de la facultad de manejar su patrimonio conforme a la ley, disponiéndose que éstos son gobernados por los ayuntamientos. A su vez, dicha Carta Magna otorga de facultades a los Ayuntamientos para aprobar los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.
En esas condiciones, el R. Ayuntamiento de Altamira, Tamaulipas 2016 -2018, tiene el compromiso institucional de procurar la modernización de los reglamentos municipales, con el propósito fundamental de contar con normas que propicien la simplificación administrativa, que incentiven la participación comunitaria, y sobre todo, que fortalezcan, para los altamirenses, el estado de derecho.
Sin bien es cierto que el R. Ayuntamiento, como máxima autoridad del gobierno local, goza de prerrogativas suficientes para ejercer sus funciones de gobierno, hemos considerado sano establecer reglas que en beneficio de la comunidad impulsarán el trabajo del R. Ayuntamiento, haciendo de sus resoluciones, acuerdos expeditos pero profundos, garantizando ante todo, la pluralidad en la toma de decisiones y la motivación y fundamentación que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos obliga para los actos de autoridad.
El presente Reglamento parte de la idea de que para las diferentes funciones del R. Ayuntamiento, deben existir dos tipos fundamentales de reglamentos: aquél que regula al R. Ayuntamiento como cuerpo colegiado de gobierno, lo cual se traduce en trabajo del pleno y trabajo de las comisiones; y aquél que regula las funciones administrativas del gobierno municipal, a cargo del Presidente Municipal.
Asimismo, toda vez que los actos del R. Ayuntamiento constituyen fuentes generadoras de derechos y obligaciones para los ciudadanos, consideramos fundamental y de elemental certidumbre jurídica, clasificar estos actos para dar a cada uno de ellos, en función de su naturaleza, un tratamiento diverso.
Actualmente, el R. Ayuntamiento de Altamira, Tamaulipas, tiene regulada la administración pública municipal a través de su reglamento, sin embargo, el mismo a la fecha resulta no acorde a las necesidades del Municipio, al existir Secretarías que cuentan con una carga significativa de trabajo en materia social, lo cual, resulta contradictorio con el sistema de diversificación de la administración pública municipal; empero también, porque el mismo regula la denominación de las dependencias como Secretarías, lo cual, no es concordante con lo establecido en el Código Municipal para el Estado de Tamaulipas.
En efecto, el hecho de denominar a las Dependencias de la Administración Pública Municipal, como Secretarías, conforme a la teoría administrativa, las eleva de rango y ocasiona que se engrose innecesariamente la nómina municipal.
No obstante lo anterior, se propone con el presente Reglamento, la creación y diversificación de áreas, por materias acorde a las necesidades primarias de este R. Ayuntamiento, conforme a las directrices del Plan Municipal de Desarrollo 2016- 2018.
Adicionalmente, en el presente documento se establecen los medios de control y administración a cargo del Presidente Municipal, a fin de definir o evaluar la política del gobierno en asuntos prioritarios de la administración;
cuando las circunstancias políticas, administrativas o estratégicas del gobierno lo ameriten; o para atender asuntos que sean de la competencia concurrente de varias dependencias o entidades de la administración pública municipal, creando comisiones transitorias o permanentes de diversas áreas, para la ejecución de tareas conjuntas.
De igual manera, a través del presente cuerpo reglamentario, se promueve y se impulsa el diseño e implementación de acciones en pro de la cultura de la paz, la legalidad, el respeto a los derechos humanos, la participación ciudadana y una vida libre de violencia en el Municipio, a través de la creación de una unidad específica de prevención al delito.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 14/8/2018 - Anexo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

PaísMéxico

Fecha14/08/2018

Nro. de páginas35

Nro. de ediciones1057

Primera edición27/01/1999

Ultima edición20/07/2023

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