Periódico Oficial de Sinaloa del 23/8/2004

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa

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Lunes 23 de Agosto de 2004

EL ESTADO DE SINALON>

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EL CIUDADANO JUAN S. MILLAN LIZARRAGA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber:
Que por el H. Congreso del mismo, se le ha comunicado lo siguiente:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Quincuagésima Séptima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERO: 593
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto en el articulo 43 fracción XXVIll de la Constitución Política del Estado de Sinaloa y artículo 94 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, se concede pensión porjubilación al C. FÉLIX RÍos MARTÍNEZ, por la cantidad de $5,469.18, mensuales.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se modifica la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos delEstado de Sinaloa para el año 2004, en la Partida 0601 1701 01 Administrativos, tomando en cuenta el monto de la pensión por jubilación a que se refiere el presente Decreto.
TRANSITORIO:
ARTÍCULO ÚNlCO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial El Estado de Sinalo
Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los seis dias del mes dejulio de dos mil cuatro.-C. SAULPEREZ PARRA, DIPUTADO PRESIDENTE; C. FRANCISCA
ELENA CORRALES CORRALES, DIPUTADA SECRETARIA; C. ZEFERINO GONZALEZALVARADO, DIPUTADO SECRETARIO P.M.D.L.- Rúbricas.
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los trece dllls del mes de julio del año dos mil cuatro.- El Gobernador Constitucional del Estado, Juan S. Millán " . Lizárraga.C El Secretario General de Gobierno, Gonzalo M. Annienta Calderón.- El Secretario de Administración y Finanzas, Osear J. LaraAréchiga.- Rúbricas.

EL CIDDADANO mAN S. Iv1ILLANL1.ZARRAGA, GobemadorConstitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber:
Que por el H. Congreso del mismo, se le ha comunicado lo siguiente:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Quincuagésima Séptima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, , DECREm NÚMERo: 585
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en 10 dispuesto en el articulo 43 fracción XXVIII de la Constitución Política del Estado de Sinaloa y artículo 94 de la Ley de los Tmbajadores al Servicio del Estado, se concede pensión por jubilación a la C. BERNARDINA VILLA, por la cantidad de $5,469.18, mensuales.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se modifica la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Estado de Sinaloa para el año 2004, en la Partida 0601 1701 01 Administrativos, tomando en cuenta el monto de la pensión por jubilación a que se refiere el presente Decreto.
TRANSITORIO: .
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial El Estado de SinaloID.
Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, el día primero del mes de julio de dos mil cuatro,- C. SAUL PEREZ PARRA, DIPUTADO PRESIDENTE; C.
FRANCISCACORRALESmRRALES,DIPUTADASECRETARIA;C.IMELDACASTROCASTRO,
DIPUTADASECREÍARlA.- Rúbricas.
. Por lo tanto marido se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento, Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaoa, a los seis días del mes de julio del año dos mil cuatro.- El Gobernador Constitucional del Estado, Juan S. Mil1án Lizárrago El Secretario General de Gobierno, Gonzalo M. Annienta Calderón.- El Secretario de Administmción y Finanztts,. Oscar J. LamAréchiga.- Rúbricas.

EL CIDDADANO mAN S. MILLAN L1.ZARRAGA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber:
Que por el H. Congreso del mismo, se e ha comunicado 0 siguiente:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Quincuagésima Séptima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERo: 593
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en 10 dispuesjo en el articulo 43 fracción XXVIII de la Constitución Política del Estado de Sinaloa y artículo 94 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, se concede pensión por jubilación al C. FÉLIX RÍos MARTÍNEZ, por la cantidad de $5,469.18, mensuales.
ARTÍCUlO SEGUNDO.- Se modificaa Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Estado de Sinoloa para el año 2004, en la Partida 0601 1701 O1 Administrativos, tomando en cuenta e monto de la pensión por .jubilación a que se refiere el presenteDecreto.
TRANSITORIO:
TiC,JJLO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial El Estado de SinaloID>.
Es dado en e Palacio del Poder Legislativo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los Beis días del mes dejulio de dos mil cuatro.- C. SAULPERFZ PARRA., DIPUTADO PRESIDENTE; C. FRANCISCA
ELENA CORRALES CORRALES, DIPUTADA SECRETARIA; C. ZEFERINO GONZALEZALVARADO, DIPUTADO SECRETARIO PM.D.L.- Rúbricas.
Por lo tanto mando se unprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinalos, a los trece dlks del ines de júlio del año dos rriil cuatro.- El Gobernador Constitucional del Estado, Juan S. Millán LiZárraga. El Secretario General de Gobierno, Gonzalo M. Anruenta Calderón,- El Secretario de Administración y Finanzas, Osear J. LaraAréchiga.- Rúbricas.

EL CIUDADANO JUAN S. MILLAN LIZARRAGA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber:
Que por el H. Congreso del mismo, se le ha comunicado lo siguiente:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Quincuagésima Séptima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERO: 585
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto en el articulo 43 fracciónXXVIll de la Constitución Política del Estado de Sinaloa y artículo 94 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, se concede pensión por jubilación a la C. BERNARDINA VILLA, por la cantidad de $5,469.18, mensuales.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se modifica la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Estado de Sinaloa para el año 2004, en la Partida 0601 170 I OI Administrativos, tomando en cuenta el monto de la pensión por jubilación a que se refiere el presente Decreto.
TRANSITORIO:
ARTÍCULO ÚNlCO.- El presente Decreto entrará en vigor el dia siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial El Estado de SinalO1m.
Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, el día primero del mes de julio de dos mil cuatro.- C. SAUL PEREZ PARRA, DIPUTADO PRESIDENTE; C.
FRANClSCAEL!lN1I.CORRALES CORRALES,DlPUfADASECRE1lRJA; C.IMELDACAS1ROCAS1RO, DIPUTADASECRETARlA.- Rúbricas.
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los seis días del mes de julio del año dos mil cuatro.- El Gobernador Constitucional del Estado, Juan S. Millán Lizárraga. El Secretario General de Gobierno, Gonzalo M. Annienta Calderón.- El Secretario de Administración y Finanzlts, Osear J. LaraAréchiga.-Rúbricas.
Lunes 23 de Agosto de 2004

EL ESTADO DE SINALOA

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 23/8/2004

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa

PaísMéxico

Fecha23/08/2004

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones341

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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