Periódico Oficial de Morelos del 17/7/2020

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Fuente: Periódico Oficial de Morelos

Página 2

PERIÓDICO OFICIAL

Al margen izquierdo un Escudo del estado de Morelos que dice: Tierra y Libertad.- La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos.- Poder Legislativo. LIV Legislatura. 2018-2021.
CUAUHTÉMOC
BLANCO
BRAVO, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS
HABITANTES SABED:
La Quincuagésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Morelos, en ejercicio de la facultad que le otorga la fracción II del artículo 40 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, y al tenor de los siguientes:
ANTECEDENTES
a Mediante Decreto Número Dos Mil Trescientos Cuarenta y Cuatro, publicado en el Periódico Oficial Tierra y Libertad el 18 de diciembre de 2017, fue creado el municipio indígena de Xoxocotla, Morelos, el cual fue segregado del municipio de Puente de Ixtla, Morelos.
b En la valoración de la Iniciativa respectiva, el Congreso del Estado de Morelos hizo notar la facultad de la cual está revestido para determinar la creación de nuevos municipios indígenas dentro de los límites existentes, previa satisfacción de los requisitos exigidos en términos de la fracción XI del artículo 40
de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos.
c Se advierte que la comunidad de Xoxocotla, acredita su existencia indígena mediante su inclusión en el Catálogo de Pueblos y Comunidades Indígenas para el Estado Libre y Soberano de Morelos, expedido mediante Decreto Dos Mil Ciento Cuarenta y Ocho, publicado en el Periódico Oficial Tierra y Libertad, número 5019, el 29 de agosto de 2012, en el cual, en la parte que nos interesa se resolvió lo siguiente:
ACUERDO: Previo análisis descriptivo y conforme lo que estable la ley de la materia es de calificarse como válidas las solicitudes planteadas es de someter a consideración del Pleno, sean reconocidas como parte del Catálogo de Comunidades Indígenas, las ubicadas en las colonias detectadas como son: XOXOCOTLA Y AHUEHUETZINGO. Sean reconocidas como tal y conformaran el Catálogo de Comunidades plenamente identificadas para afectos que sean agregadas las LOCALIDADES, ASENTAMIENTOS HUMANOS al Catálogo de Comunidades Indígenas para el Estado de Morelos.
Catálogo que formó parte del expediente, mismo que fue objeto de estudio al valorarse la Iniciativa de creación del municipio de Xoxocotla, Morelos.
d Al segregarse la comunidad de Xoxocotla, Morelos, se transmite aproximadamente el 37% de la población, por lo que este elemento debe ser tomado en cuenta para la realización del documento de transmisión de obligaciones.
e En el mencionado Decreto de creación del municipio indígena de Xoxocotla, en su cláusula décima segunda se cita textualmente lo siguiente:

17 de julio de 2020

DÉCIMA SEGUNDA. Dentro de un plazo de 90
días hábiles contados a partir de la instalación del Concejo Municipal respectivo, el municipio de Xoxocotla, Morelos, deberá elaborar un estudio financiero, acompañado de una propuesta de Convenio entre éste y el municipio de Puente de Ixtla, Morelos, mediante el cual, de así ser aceptado por ambos Municipios, se transfiera un porcentaje de los pasivos y deuda pública preexistentes en este último.
En la elaboración del Convenio deberán analizarse los factores poblacionales y financieros. De igual manera, en su caso, se deberá convenir al efecto, de así ser convenido, con la institución financiera acreedora del crédito existente, con la finalidad de que sea parte de dicho Convenio.
El porcentaje deberá ser determinado entre los Municipios, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta Pública del Congreso del Estado y las autoridades de carácter estatal encargadas de las finanzas públicas.
CONSIDERACIONES
I. Que efectivamente, mediante Sesión Ordinaria de Pleno celebrada el nueve de noviembre de dos mil diecisiete por la LIII Legislatura, fue aprobado el Decreto Número Dos Mil Trescientos Cuarenta y Cuatro, por el que se crea el municipio de Xoxocotla, Morelos, publicado en el Periódico Oficial Tierra y Libertad, número 5560, el 18 de diciembre de 2017.
II. En su cláusula décima segunda, se estableció que, dentro de un plazo de 90 días hábiles contados a partir de la instalación del Concejo Municipal respectivo, el municipio de Xoxocotla, Morelos, debería elaborar un estudio financiero, acompañado de una propuesta de Convenio entre éste y el municipio de Puente de Ixtla, Morelos, mediante el cual, de así ser aceptado por ambos Municipios, se transfiera un porcentaje de los pasivos y deuda pública preexistentes en el último de los mencionados.
III.- Para tal efecto se estableció que, para la elaboración del citado Convenio deberían analizarse los factores poblacionales y financieros y que el porcentaje debería ser determinado entre los municipios participantes, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta Pública del Congreso del Estado de Morelos y las autoridades de carácter estatal encargadas de las finanzas públicas.
IV.- Dentro del instrumento que se analiza, el municipio de Puente de Ixtla, Morelos, ha manifestado tener al 01 de enero de 2019, obligaciones adquiridas en administraciones anteriores en los siguientes conceptos:
1.- Relación General de Deuda del Municipio de Puente de Ixtla, Morelos: $122724,025.24 Ciento veintidós millones setecientos veinticuatro mil veinticinco pesos 24/100 M.N.
2.- Juicios Civiles y Mercantiles.
3.- Juicios Administrativos: $13359,910.00
Trece millones trescientos cincuenta y nueve mil novecientos diez pesos 00/100 M.N.
4.- Juicios Laborales con Laudo definitivo:
$130652,196.35 Ciento treinta millones seiscientos cincuenta y dos mil ciento noventa y seis pesos 35/100
M.N.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Morelos del 17/7/2020

TítuloPeriódico Oficial de Morelos

PaísMéxico

Fecha17/07/2020

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1819

Primera edición05/01/2000

Ultima edición08/12/2020

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