La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 3/3/2020

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Fuente: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

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La Gaceta Nº 42 Martes 3 de marzo del 2020

DOCUMENTOS VARIOS

CONTENIDO
Pág N

PODER LEGISLATIVO

Acuerdos 2
DOCUMENTOS VARIOS 2
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Edictos 45
Avisos 45
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA 47
REGLAMENTOS 49
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS 50
AVISOS 52
NOTIFICACIONES 74
FE DE ERRATAS 88

PODER LEGISLATIVO
ACUERDOS
N 6782-19-20
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
En Sesión Ordinaria N 136, celebrada el 17 de febrero de 2020, y con fundamento en el artículo 20 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, N 8039.
ACUERDA:
Ratificar a los integrantes del Tribunal Registral Administrativo, con la siguiente conformación:
Miembros Propietarios del Tribunal Registral:
Leonardo Villavicencio Cedeño Guadalupe Ortiz Mora Priscilla Soto Arias Óscar Rodríguez Sánchez Karen Quesada Bermúdez Miembros Suplentes del Tribunal Registral:
Ana Victoria Sánchez Villalobos Carlos José Vargas Jiménez Cristian Mena Chinchilla Claudio Adolfo Durán Abarca San José, a los veinticuatro días del mes de febrero de dos mil veinte.Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Presidente.
Laura Guido Pérez, Primera Secretaria.Carlos Luis Avendaño Calvo, Segundo Secretario.1 vez.O.C. N 20018.
Solicitud N 186691. IN2020440498 .

GOBERNACIÓN Y POLICÍA
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
AVISOS
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de Upala. Por medio de su representante: Enrique Olivas Ruiz, cédula 201540179
ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto:
Artículo 17, para que en adelante se lea así:
Estará integrada por siete miembros: un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero, tres vocales, y tres suplentes, que serán nombrados del seno de la asamblea general en votación secreta individual y por mayoría de votos y en caso de haber un solo candidato y si la asamblea está de acuerdo se realizará de manera pública. Durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelectos indefinidamente.
Dicha reforma es visible a folio 128 del libro de actas de la organización comunal en mención, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de afiliados celebrada el día 18 de diciembre del 2020.
En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 Sobre Desarrollo de la Comunidad que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.Departamento de Registro.San José, a las diez horas del veintisiete de febrero del dos mil veinte.Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefatura.1 vez. IN2020440429 .
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar que la Asociación de Desarrollo Integral de San José de Upala. Por medio de su representante: Idalia Gallo Rodríguez, cédula N 24140685, ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Articulo N 17, para que en adelante se lea así:
Estará integrada por siete miembros: un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero, tres vocales, y tres suplentes, que serán nombrados del seno de la asamblea general en votación secreta, individual y por mayoría de votos y en caso de haber un candidato y la mayoría léase correctamente un candidato y la asamblea ésta de acuerdo se realizará de manera pública. Durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelectos indefinidamente.
Dicha reforma es visible a folios 148-149 del libro de Actas de la organización comunal en mención, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de afilados celebrada el 1 de febrero del 2020. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 Sobre Desarrollo de la Comunidad que rige esta materia, se emplaza por el termino de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite
Junta Administrativa Ricardo Salas Álvarez
Carlos Andrés Torres Salas
Kathia Ortega Borloz
Generif Traña Vargas
Director General Imprenta Nacional Director Ejecutivo Junta Administrativa
Viceministro de Gobernación y Policía Presidente Junta Administrativa
Representante Ministerio de Cultura y Juventud
Delegado Editorial Costa Rica

Acerca de esta edición

La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 3/3/2020

TítuloLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha03/03/2020

Nro. de páginas88

Nro. de ediciones5352

Primera edición01/01/2003

Ultima edición02/05/2024

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