Diario Oficial de la Federación del 07/05/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

Martes 7 de mayo de 2019
32.4.

DIARIO OFICIAL

Tercera Sección
127

Características del dictamen.

Los dictámenes emitidos por los proveedores autorizados de servicios a los que se refiere la regla 2.6.2.1., fracción III, y que los contribuyentes indicados en la regla 2.6.1.2. están obligados a obtener, deben contener los siguientes requisitos:
I.

Nombre, denominación o razón social y clave en el RFC del contribuyente obligado a llevar controles volumétricos de hidrocarburos o petrolíferos;

II.

Denominación o razón social y clave en el RFC del laboratorio autorizado por el SAT para prestar el servicio de emisión de los dictámenes;

III.

Domicilio de las instalaciones o ubicación en la que se tomó la muestra del hidrocarburo o petrolífero;

IV.

En su caso, identificación del medio de transporte o almacenamiento del que se tomó la muestra del hidrocarburo o petrolífero;

V.

Nombre y firma del personal del proveedor autorizado que emite el dictamen;

VI.

Nombre y firma del representante legal del proveedor autorizado por el SAT;

VII. Número de folio del dictamen;
VIII. Fecha de la emisión del dictamen;
IX.

Fecha de la toma de muestra del hidrocarburo o petrolífero;

X.

Fecha en la que se realizaron las pruebas;

XI.

Fecha en la que se obtuvieron los resultados de las pruebas;

XII. Información de la documentación del hidrocarburo o petrolífero analizado: lote, volumen, origen, características, composición del producto, así como octanaje, en el caso de gasolinas;
XIII. Método de las pruebas aplicadas a la muestra;
XIV. Resultado de las pruebas aplicadas a la muestra y;
XV. Un apartado en el que expresamente se contengan los siguientes datos para cada tipo de hidrocarburo o petrolífero:
a
Petróleo:
1.

Marcar con una X el tipo de petróleo analizado, de conformidad con la siguiente clasificación:
Clasificación por contenido de azufre S

Clasificación por grados API
Súper-ligero
Dulce
Semi-amargo
Amargo
S0.5%

0.5%

S>1.5%

39.0

Ligero
31.1

Mediano
22.3

Pesado
10.0

Extra-pesado
API10.0

2.

Gravedad específica del aceite, expresada en grados API a una posición decimal.

3.

Contenido de azufre, expresado en porcentaje a una posición decimal.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 07/05/2019

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha07/05/2019

Nro. de páginas384

Nro. de ediciones3448

Primera edición01/01/2011

Ultima edición18/06/2024

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