Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 30/10/2023

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O. P. DE CADIZ NUM. 206

ADMINISTRACION DEL ESTADO
MINISTERIO PARA LA TRANSICION ECOLOGICA
DEMARCACION DE COSTAS DE ANDALUCIA-ATLANTICO
CADIZ
INFORMACIÓN PÚBLICA

Por la Demarcación de Costas de Andalucía-Atlántico se instruyen procedimientos de determinación de derechos concesionales de usos y aprovechamientos del dominio público marítimo-terrestre estatal DPM-T, en aplicación de la Disposición Transitoria 1 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, incoados a los anteriores titulares registrales de las fincas abajo relacionadas, e incluidas en los siguientes deslindes:
- DL-104-CA, aprobado por O.M. de 12 de abril de 2004, del tramo de costa que comprende las salinas y caños que se encuentran entre la línea del deslinde aprobado por O.M. de 02/03/1993, junto a la salina Sagrado Corazón de Jesús, y el río Arillo, junto a la salina San Miguel ambas salinas incluidas, en el término municipal de San Fernando Cádiz.
- DL-81-CA, aprobado por Orden Ministerial de fecha 20 de diciembre de 1994, del tramo de costa comprendido entre el Faro y la Lonja antigua de Barbate, en el término municipal de Barbate Cádiz.
- DL-46-CA, aprobado por O.M. de 16 de noviembre de 2001, que comprende las marismas y caños, desde el muelle de Gallineras hasta el puente Zuazo, en el término municipal de San Fernando Cádiz.

Conforme al artículo 152.8.a del Reglamento General de Costas, aprobado por R.D. 876/2014, de 10 de octubre, se someten los expedientes a información pública durante veinte días, contados a partir del día siguiente al de publicación de este anuncio, pudiendo ser examinados en las oficinas de la Demarcación de Costas de AndalucíaAtlántico, sita en C/Marianista Cubillo, nº 7, de Cádiz, previa cita a través de la dirección bzn-dccadiz@miteco.es, plazo durante el cual los comparecientes podrán realizar las alegaciones que estimen pertinentes.
EXPEDIENTE PARCELA DESLINDE
FINCA REGISTRAL
CNC12/23/11/0007
P.5
DL-104-CA 2381 REG. PROP.2 SAN FERNANDO
CNC12/23/11/0008 P.23
DL-81-CA 8629 REG. PROP. BARBATE
CNC12/23/11/0009
P.1
DL-46-CA 17472 REG. PROP.2 SAN FERNANDO

27/09/23. EL JEFE DE LA DEMARCACIÓN. Fdo.: Patricio Poullet Brea.
Nº 140.880

JUNTA DE ANDALUCIA
CONSEJERIA DE POLITICA INDUSTRIAL Y ENERGIA
CADIZ
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, HACIENDA, FONDOS EUROPEOS Y DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS EN
CÁDIZ POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA
Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN A INSTALACIÓN
ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN. Expediente: AT-15406/23.

Visto el expediente AT-15406/23, incoado en esta Delegación Territorial, solicitando Autorización administrativa previa y Autorización administrativa de construcción para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:

- Peticionario: EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES S.L.U.

Domicilio: C/ Ronda del Pelirón, 5 - 11405 Jerez de la Frontera Cadiz
- Lugar donde se va a establecer la instalación: SITO PARAJE
ALMENDRILLO Y CAMPANITAS

Término municipal afectado: Villamartín
- Finalidad: Mejoras
Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en el TÍTULO VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre , del Sector Eléctrico y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Delegación Territorial es competente para tramitar y resolver en dicho ámbito territorial los procedimiento de otorgamiento de autorizaciones administrativas reguladas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en virtud de lo previsto en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de abril, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Energía y Minas, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, así como en la Resolución de 11 de marzo de 2022 de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial, a propuesta del Servicio de Energía,
30 de octubre de 2023

RESUELVE

CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y
AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN, a EDISTRIBUCIÓN
REDES DIGITALES S.L.U. para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:

REFORMA DE LMT DENOMINADA COLONIZACI E INSTALACIÓN
DE APARAMENTA EN CENTRO DE SECCIONAMIENTO Y ENTREGA.
Coordenadas UTM Huso 30 ETRS89
Apoyo 01 X:263127 Y:4084168
Apoyo A140484 X: 262952 Y:4084562

Desmontaje :

Junto con los apoyos existentes, del tramo de línea aérea S/C, COLONIZACI, entre el apoyo existente A140470 y el apoyo existente A140484, longitud e 440 m.

Junto con los apoyo existentes a excepción del A140468 , del tramo de línea entre el apoyo existente A140468 y el apoyo existente A140473, longitud 405 m.
CT

Descripción
Tipo Composición INTERIOR
2L + I Seccionador con 1 Centro de seccionamiento PREFABRICADO
aislamiento y corte en SF6
AISLADO

1

Origen conversión a/s a instalar en 1
el apoyo 06
previsto TRAMO 1:
2 apoyo A140468
existente
Final nueva celda de línea 17 del nuevo Centro
Tipo
2 3

Subterránea 20 0,04

conversión a/s a instalar en el apoyo 06 nuevo.

Aérea
20

3

apoyo A140473 apoyo A140484
a sustituir a sustituir
Aérea
20 0,852

4

conversión a/s a instalar en el apoyo 06
previsto.

0,5

nueva celda de línea 27 del Subterránea 20 0,04
nuevo Centro de Transformación
4 RHZ1-OL
18/30 KV
3x1x240
mm2 Al LA-56
47-AL1/8ST1A
LA-56
47-AL1/8ST1A
RH5Z1
18/30 KV
3x1x150
mm2 Al
Apoyos N/P
Metálicos en celosía Metálicos en celosía N/P

1 Línea 2 Tensión kV 3 Longitud km 4 Conductores
La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

1 Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente Resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación Territorial en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.

3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

5. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.

6. Esta Resolución podrá quedar sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

7. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

8. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

9.E l peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Treinta de mayo de dos mil veintitrés. LA DELEGADA TERRITORIAL.
MARIA INMACULADA OLIVERO CORRAL. Firmado.
Nº 78.142

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 30/10/2023

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha30/10/2023

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6009

Primera edición02/01/2001

Ultima edición03/05/2024

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