Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 26/10/2023

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O. P. DE CADIZ NUM. 204

26 de octubre de 2023

ADMINISTRACION DEL ESTADO

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ

MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
DEMARCACION DE CARRETERAS
DEL ESTADO EN ANDALUCIA OCCIDENTAL
SEVILLA
ANUNCIO
PAGO DE TASACIONES MOTIVADOS POR
EXPEDIENTES DE EXPROPIACIÓN FORZOSA

Recibidos los libramientos para los pagos acordados en las obras que se especifican, se avisa a los interesados que se relacionan a continuación a fin de que se personen en el lugar y fechas que se indican:

AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS. DIA 27 DE SEPTIEMBRE DEL
2023

41-CA-4200. A. PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN. DUPLICACIÓN
DE LA CARRETERA N-350. ACCESO SUR AL PUERTO DE LA BAHÍA DE
ALGECIRAS. CARRETERAS N-350, N-340 Y A-7. PROVINCIA DE CÁDIZ.
TÉRMINO MUNICIPAL:

EXPEDIENTE DE DEPOSITOS PREVIOS E INDEMNIZACIONES POR
RAPIDA OCUPACION DE LOS TERRENOS OCUPADOS POR LAS OBRAS:

AREA DE SERVICIOS GENERALES DE PRESIDENCIA
SECRETARIA GENERAL
EDICTO

Mediante Decreto de la Presidencia n.º SECRE-00095-2023, de fecha 9/10/2023, se ha dispuesto la designación de nuevos vocales de la Fundación Provincial de Cultura, de conformidad con el siguiente tenor literal:

Constituida la nueva Corporación Provincial y habiéndose efectuado por esta Presidencia la determinación de las Áreas de responsabilidad política a las que se adscribirán los órganos, servicios administrativos y entidades de la Diputación, así como la delegación del ejercicio de determinadas atribuciones en los Diputados y Diputadas Provinciales.

En virtud del artículo 18 de los Estatutos y conforme a la delegación otorgada por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 26 de julio de 2023, la Presidenta designará a los Vocales-Diputados/as que formarán parte del Consejo Rector, órgano de gobierno de la Fundación.

Por lo tanto y a la vista de los citados preceptos, vengo en disponer:

PRIMERO: Designar como Vocales del Consejo Rector, a los/as diputados/
as siguientes:
Vocal 1: Juan José Ortíz Quevedo Vocal 2: Javier Bello González Vocal 3: Andrés Clavijo Ortíz Vocal 4: Ignacio Trujillo Jaén Vocal 5: Antonio Jesús Aragón Dorca Vocal 6: Susana Sánchez Toro Vocal 7: Francisco Javier Vidal Pérez Vocal 8: Sebastián Hidalgo Hidalgo
SEGUNDO: Designar como sustituto de la Vicepresidencia, en caso de ausencia, vacante o enfermedad a Ignacio Trujillo Jaén, conforme a los establecido en el artículo 16 de los Estatutos.

TERCERO: La presente resolución será notificada a las personas interesadas, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Edictos Electrónico de esta Diputación y en el Portal de Gobierno Abierto https gobiernoabierto.dipucadiz.
es/web/publico/home dándose igualmente cuenta del presente Decreto al Consejo Rector en la primera sesión que celebre.

Contra la presente resolución, que es definitiva en la vía administrativa, podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de la notificación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo que corresponda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime procedente.

Lo que se hace público para general conocimiento
16/10/23. El Secretario-Interventor. Manuel López Cózar. Firmado. 17/10/23.
La Presidenta. Almudena Martínez del Junco. Firmado.
Nº 139.746


11:45

11-040.0061

P-1100400 KNA, S.A.

Independientemente de la forma de pago que los propietarios elijan deberán presentar NOTA SIMPLE DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD de la finca afectada expedida con fecha próxima al pago en caso de intereses de demora y sentencias no es necesario su aportación siempre que se le haya efectuado el pago del principal de dicha finca con anterioridad. En caso de no tener la finca registrada ésta deberá figurar en el catastro a nombre del propietario y deberá aportar CERTIFICADO DEL REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDICANDO QUE LA FINCA NO ESTÁ REGISTRADA, así como cualquier documentación que demuestre la propiedad de la misma.

Los interesados podrán elegir entre solicitar el pago por transferencia bancaria o cobrar mediante cheque bancario:

1.- Si el pago se realiza en el lugar en que se les cita, será imprescindible la aportación del D.N.I. ó Pasaporte que le identifique. Si actúan por representación deberán aportar, además: Poder Notarial, ya sea general o especial y fotocopias para su compulsa.

Cuando se trate de PERSONAS JURÍDICAS, aportarán D.N.I. del compareciente y documentación acreditativa de la representación con la que actúa y fotocopia de todo ello para su compulsa y unión al expediente.

2.- Si solicitan el pago a través de transferencia bancaria, dicha solicitud deberá ser recibida en esta Demarcación de Carreteras antes de la fecha indicada para el pago, siendo en este caso necesario aportar la siguiente documentación:

2.1.- Solicitud original de trasferencia firmada por todos los propietarios o en su caso por el representante, Si actúan por representación deberán aportar, además:
Poder Notarial, ya sea general o especial y fotocopias para su compulsa, siendo conveniente indicar en dicha solicitud un teléfono y/o correo electrónico de contacto.
Se adjunta modelo de solicitud.

Cuando se trate de PERSONAS JURÍDICAS, aportarán D.N.I. del compareciente y documentación acreditativa de la representación con la que actúa y fotocopia de todo ello para su compulsa y unión al expediente.

2.2.-Fotocopia del D.N.I. o pasaporte, de todos los titulares de la finca afectada
2.3.- Certificado de la Entidad bancaria donde se encuentre la cuenta en la que se va a realizar dicha transferencia, indicando dicha Entidad que existe la cuenta a nombre de los titulares del citado expediente, debiendo constar el código IBAN.

En caso de ser arrendatario, deberá presentar contrato de arrendamiento.

Si la finca estuviera gravada por alguna carga, deberá ser acreditada su liberalización antes del pago.

En caso de fallecimiento de uno de los titulares deberá acreditarse la titularidad por herencia mediante la presentación de copia debidamente compulsada de testamento, declaración de herederos o aceptación de la herencia, así como copia de la presentación a efectos del impuesto de sucesiones.

De no solicitar el pago por transferencia éste se efectuará en el lugar indicado al principio mediante cheque bancario a nombre del titular de la expropiación que entre todos los propietarios así lo decidan y comuniquen en el acto del pago a los representantes de la Administración.

En caso de querer que se divida el importe entre los diversos titulares de la expropiación deberán solicitar el pago por transferencia, debiendo indicar en la solicitud el importe que a cada propietario le corresponde justificadamente, mediante nota simple o cualquier otra documentación acreditativa, así como presentar la documentación requerida para el caso de los pagos por transferencia anteriormente indicado.

De no comparecer al pago y no solicitar transferencia bancaria se procederá a consignar las cantidades indicadas al principio en la Caja General de Depósitos de la Delegación de Hacienda, estando a su disposición cuando aporte la documentación requerida.

Con posterioridad, tras la finalización del acto del pago, en virtud de las facultades que le confiere la Orden de la Presidencia del Gobierno de 7 de febrero de 1986 a este Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental, y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 52.6 de la Ley de Expropiación Forzosa, se procederá al levantamiento del acta de ocupación, sin que sea admisible al poseedor entablar interdictos de retener o recobrar.

LA HABILITADORA PAGADORA. Fdo.: María Dolores Rueda Román.
Nº 118.821

AREA DE DESARROLLO LOCAL, ASISTENCIA A
MUNICIPIOS Y SERVICIOS DE RECAUDACION
Y GESTION TRIBUTARIA
RECAUDACIÓN Y GESTION TRIBUTARIA
ZONA DE LA SIERRA. OFICINA DE OLVERA
ANUNCIO DE COBRANZA EN PERÍODO VOLUNTARIO
EDICTO

D. María Remedios Márquez Vílchez, Jefa de la Unidad de Recaudación de la Zona de la Sierra, Oficina de Olvera, perteneciente al Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Excelentísima Diputación Provincial de Cádiz.

HAGO SABER

En cumplimiento de lo establecido en el art. 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Cádiz y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de la Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz, titular de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, del presente edicto que incluye el anuncio de cobranza en período voluntario de los siguientes conceptos:
CONCEPTOS:
SUMINISTRO DE AGUA DEL MUNICIPIO DE EL BOSQUE, 3º TRIMESTRE
DE 2023
SUMINISTRO DE AGUA DEL MUNICIPIO DE EL GASTOR, 3º TRIMESTRE
DE 2023
SUMINISTRO DE AGUA DEL MUNICIPIO DE PRADO DEL REY, 3º TRIMESTRE
DE 2023
SUMINISTRO DE AGUA DEL MUNICIPIO DE ALGODONALES, 5º BIMESTRE
DE 2023

PLAZOS DE INGRESO: del 17 de Octubre hasta el 29 de Diciembre de 2.023, ambos inclusive.

LUGARES, DÍAS Y HORAS DE INGRESO: El pago de las deudas podrá realizarse por vía telemática o bien a través de las entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio.

MODALIDADES DE COBRO:
- Mediante la APP DIPUPAY disponible en Google Play y APP Store - A través de Internet, en la Página Web www.sprygt.es.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 26/10/2023

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha26/10/2023

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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