Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 15/9/2023

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

15 de septiembre de 2023

B.O. P. DE CADIZ NUM. 177

Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

SEGUNDO.- Son de aplicación general al procedimiento:
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
TERCERO.- Son de aplicación específica a los hechos descritos en el procedimiento:
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía.
Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de energía y fomento de las energías renovables en Andalucía.
Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
Instrucción 1/2016 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre la tramitación y resolución de los procedimientos de autorización de las Instalaciones de Energía Eléctrica competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

CUARTO.- Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en desarrollo de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos; en el Decretoley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.

Por todo lo anteriormente expuesto, esta Delegación:

RESUELVE

PRIMERO.- CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA
PREVIA, a PLANTA FOTOVOLTAICA LA FONTANILLA, S.L. de la instalación cuyas principales características serán:

CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES:

Planta Solar VIRGEN DE LA LUZ de 1,239 MWp de potencia y 983,8
kW de potencia con permiso de acceso y conexión AT-14414/20

Generador Fotovoltaico Generador fotovoltaico sobre estructura con sistema de seguidor monofila con 2
módulos en vertical.
2.048 módulos fotovoltaicos de 605 Wp de potencia ma xima, distribuidos en series de módulos dirigidos hacia 1 centro de potencia de 1.000 kVA.

Centros de Potencia:
1 centros de potencia de 1.000 kVA, formado por transformador y protecciones.
1 inversores string de 1.200 kVA de potencia máxima
Red de Media Tensión 2 circuitos subterráneos de Media Tensión en anillo de conductores 20 kV de 95
mm2 que unen los Centros de Potencia.

Red de Media Tensión desde Centros de Potencia hasta Apoyo de Conexión Origen:
Final:
Aéreo Tipo de cable:
Origen:
Final:
Subterráneo Tipo de cable:

LMT1
CSE ubicado en la planta Apoyo de Paso Aéreo-Subterráneo
LA-110
LMT2
Apoyo de Paso Ae reo-Subterráneo Apoyo de Conexión RH5Z1 S 12/20 kV 2x3x95 mm2 k Al

Conforme a los proyectos técnicos:

ANTEPROYECTO DE PLANTA FOTOVOLTAICA "VIRGEN DE LA
LUZ" y Declaración responsable de 16 de diciembre de 2020.
Técnico titulado competente: Ingeniero de Minas, D. JAVIER APARICIO BERMEJO, colegiado n.º 4836 del COIMCE.

SEGUNDO.- La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establecen, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

1. Las obras no podrán iniciarse hasta que la persona titular de la instalación no obtenga la Autorización Administrativa de Construcción, de acuerdo a lo establecido en el artículo 53.1b de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre. En la solicitud de la citada autorización deberá acreditar la conformidad de la Dirección General de Carreteras de la Demarcación del Estado en Andalucía Occidental al proyecto de Construcción o separata para la consulta a este organismo para su pronunciamiento sobre el condicionado técnico procedente al proyecto de construcción, conforme al artículo 131
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
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transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

2. El plazo para solicitar la Autorización Administrativa de Construcción no podrá ser superior al 24 de abril de 2023 tres meses antes del plazo máximo establecido por el artículo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

3. La autorización administrativa previa no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.

4. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

5. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

6. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

TERCERO.- Notifíquese la presente resolución a los interesados en el expediente y a los organismos que hayan sido consultados en los trámites realizados en el expediente.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Industrial y Energía de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Treinta de marzo de dos mil veintitrés. LA DELEGADA TERRITORIAL
EN CÁDIZ. MARÍA INMACULADA OLIVERO CORRAL. Firmado.
Nº 46.469


CONSEJERIA DE EMPLEO, EMPRESAS
Y TRABAJADORES AUTONOMOS
CADIZ
Convenio o Acuerdo: BERNARDINO ABAD, S.L.
Expediente: 11/01/0225/2023
Fecha: 04/09/2023
Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN
Destinatario: JUAN CARLOS MOLINA ROMERO
Código 11100512012015.

Visto el texto del Convenio Colectivo relativo a la empresa BERNARDINO
ABAD S.L., con vigencia desde el 1 de enero 2021 a 31 de diciembre 2023, suscrito por la representación de la empresa y la de los trabajadores el 24 de julio de 2023, presentado a través de medios electrónicos en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo el 26 de julio de 2023, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de Trabajo; Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma Andaluza en materia de trabajo; Decreto 32/2019, de 5 de febrero, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 6/2019, de 11 de febrero, por el que se modifica el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, así como el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.

RESUELVE:

Primero: Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo relativo a la empresa BERNARDINO ABAD S.L., en el correspondiente Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, notificándose la misma a la Comisión Negociadora.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Cádiz, a 4 de septiembre de 2023. DELEGADO TERRITORIAL DE LA
DELEGACIÓN DE EMPLEO, EMPRESAY TRABAJO AUTONOMO. Fdo.: DANIEL
SANCHEZ ROMAN.
III CONVENIO COLECTIVO BERNARDINO ABAD, S.L.
ÍNDICE
CAPÍTULO I: ÁMBITO DE APLICACIÓN
ARTÍCULO 1.- Ámbito funcional, territorial y personal.
Artículo 2. Exclusiones.
Artículo 3. Entrada en vigor y vigencia temporal.
CAPÍTULO II: GARANTÍAS
Artículo 4. Igualdad de oportunidades y no discriminación.
Artículo 5. Absorción y compensación.
Artículo 6. Indivisibilidad del Convenio.
Artículo 7. Comisión del Convenio.
Artículo 8. Cláusula de inaplicación.
CAPÍTULO III: JORNADA Y HORARIO
Artículo 9. Jornada y horario ordinario.
Artículo 10. Jornada y horarios especiales.
Artículo 11. Disposiciones Comunes.
Artículo 12. Calendario Laboral.
Artículo 13. Horas extraordinarias.
CAPÍTULO IV. VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS
Artículo 14. Vacaciones.
Artículo 15. Permisos.
Artículo 16. Reducción de jornada y licencias

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 15/9/2023

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha15/09/2023

Nro. de páginas23

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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