Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 22/11/2021

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 18

B.O.P. DE CADIZ NUM. 222

APELLIDOS Y NOMBRE

DNI

SORIANO SANTOS CRISTIAN

XXXXX613J

TORANZO ORTIZ RAUL

XXXXX818W

TORRES LOPEZ PAULA

XXXXX066B

VALERO CUESTA DAVID

XXXXX812S

VALVERDE GOMEZ PABLO
VAZQUEZ GONZALEZ FRANCISCO
YEBENES VARELA RUBEN

XXXXX092P
XXXXX469M
XXXXX892R

MOTIVO EXCLUSION
incumple base 4.4.1 PRESENTA JUSTIFICANTE COMO INSTANCIA Y DECLARACIÓN JURADA
aplicación base 4.6. por falta de firma incumple base 4.4.1 PRESENTA JUSTIFICANTE COMO INSTANCIA Y DECLARACIÓN JURADA
aplicación base 4.6. por falta de firma incumple base 4.4.1 NO PRESENTA DNI
incumple base 3.g NO PRESENTA DOCUMENTACION ACREDITATIVA REQUISITOS CARNET A2CARNET B
incumple base 4.4.1 FUERA DE PLAZO
incumple base 4.4.1 PRESENTA JUSTIFICANTE COMO INSTANCIA aplicación base 4.6. por falta de firma incumple base 4.4.1 PRESENTA JUSTIFICANTE COMO aplicación base 4.6. por falta de firma
Base 3. e.Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico Superior de Formación Profesional o equivalente deberá acreditarse la equivalencia.
Base 3.g. Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A2 y B.
Base 4. 4.1 En el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE de la presente convocatoria, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida al titular de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento, acompañada de la fotocopia de DNI y de los documentos que acrediten los requisitos contenidos en el punto 3 de las presentes bases.
Declaración jurada de compromiso y cumplimento Base 3.
Base 4.4.6.- Si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o, en su caso, acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto, de conformidad con lo establecido en el art . 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, ya citada.

Segundo.- Nombrar a los siguientes miembros del Tribunal Calificador:
Titular Suplente Titular
22 de noviembre de 2021

Presidente/a Don Rafael Marquez Muñoz Don Jose Antonio Romero Mellado Vocales Don Bartolomé Vallejo Coronil
Suplente Titular Suplente Titular Suplente Titular Suplente Titular Suplente
Don Francisco Javier Herrera Aparicio Don Manuel Dominguez Cantillo Don Juan Jesus Dominguez Borrego Don Jose Antonio Gutierrez Niño Don Carlos Moises Martinez Vidal Don Antonio Roldan Verdejo Don Roberto Daniel Garcia Lopez Secretario/a Doña Carlota Polo Sánchez Doña Mónica Salvago Enríquez

Tercero.- Ordenar la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, tablón de Anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Vejer, en el Portal de Transparencia, en la página Web Municipal, en el punto de empleo público para conocimiento de los interesados y a los efectos de subsanación de errores.

Cuarto.- Conceder un plazo para la subsanación de errores de diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de dicho anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Lo que se hace público para general conocimiento, en Vejer de la Frontera.

11/11/2021. EL ALCALDE. Fdo.: Francisco Manuel Flor. Nº 101.789


AYUNTAMIENTO DE CONIL DE LA FRONTERA
Extracto del Decreto de Alcaldía de 8 de noviembre de 2021, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para autónomos Pymes y Micropymes de Conil de la Frontera, para el año 2021.
BDNS Identif.:594456.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/594456

Primero. Objeto y finalidad de la Convocatoria. Es objeto aprobar la convocatoria para la concesión de ayudas para garantizar el mantenimiento de la actividad y empleo, destinada a trabajadores por cuenta propia o autónomos, Pymes y Micropymes, cuyo sector esté incluido en el listado de actividades de las Bases Reguladoras, y cuya actividad se haya visto afectada por la pandemia provocada por la COVID-19, siendo la finalidad de las mismas contribuir a la reactivación de la actividad de aquellas entidades o personas físicas, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 3 de las Bases Reguladoras de la Subvención.

Segundo. Podrán resultar beneficiarias las personas físicas y jurídicas artículo 3 de las Bases reguladoras incluidas en las líneas de Ayuda 1 y 2, y que se han visto afectadas, tanto por el cierre perimetral decretado el pasado día 28 de enero de 2021, como por la reducción de ingresos derivado de la tasa de contagios de la primera quincena del mes de julio de 2021. Para ello se constituyen dos líneas de actuación.

Línea 1: Ayudas destinadas a personas físicas y jurídicas afectadas por el cierre perimetral decretado el pasado 28 de enero 2021 por la Delegación Territorial de Salud y Familias de Cádiz, por el que se adoptan y modelan los niveles y grados de alerta sanitaria, y la aplicación de las medidas que corresponden por razón de salud pública para la contención del COVID 19 grado 2, al haber superado una tasa de contagio de 1000 por cada cien mil habitantes, y que se han visto obligadas al cierre de actividad.

Línea 2: Ayudas destinadas a personas físicas y jurídicas que, aunque no se hayan visto afectados por el cierre de su actividad por la resolución anteriormente citada, sí lo han sido por el cierre perimetral que decreta la misma orden, o que se han visto afectados por la tasa de contagio de la primera quincena del mes de julio de 2021, y han visto minorados sus ingresos en más de un 15%.

Tercero. El crédito máximo disponible para la financiación de las ayudas a conceder, derivadas de la presente convocatoria, asciende a 280.000,00 euros, de acuerdo al documento de retención de créditos nº 220210018718, y con cargo a la aplicación presupuestaria 433.47921, del Presupuesto Municipal para 2021

Cuarto. La cuantía máxima de la subvención a la que podrá acceder cada uno de los beneficiarios será de 1.500 euros.

Quinto.

A Los gastos subvencionables artículo 4 de las Bases Reguladoras estarán referidos a Alquiler de local donde se desarrolle la actividad Compra de mercadería y aprovisionamientos Gastos derivados de contratos a nombre del solicitante según lo establecido en las Bases Reguladoras
Gastos de reparaciones, conservación, transportes, primas de seguro, publicidad, propaganda.

B En cuanto a la justificación de los gastos, se deberá aportar:
Alquiler del local: contrato de arrendamiento en vigor en el que figure como arrendatario el solicitante de la ayuda, facturas reglamentarias y justificante del abono de las mensualidadescorrespondientes.
Compras de mercaderías y aprovisionamiento: facturas reglamentarias de las compras y documentación acreditativa del pago de las mismas.
Gastos derivados de contratos de suministro; justificantes de pago de los mismos, así como facturas a nombre del solicitante.
Gastos de reparaciones y conservación, transporte, primas de seguro, publicidad y propaganda; facturas y justificante del abono.

C Las facturas justificativas de gastos deberán ajustarse a los requisitos establecidos en el Real decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de facturación. No se admitirán como justificantes de gasto los albaranes, notas de entrega ni las facturas proforma.

D No serán subvencionables Los Intereses deudores de cuentas bancarias, intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, ni gastos de procedimientos judiciales El impuesto del Valor Añadido, y resto de impuestos y tasas.

No se admitirán los pagos en efectivo.

Sexto. Forma y plazo de presentación de solicitudes articulo 10 de las Bases reguladoras.

La admisión a trámite de una solicitud de subvención no genera compromiso de concesión de esta.

Únicamente se admitirá una solicitud por trabajador por cuenta propia, autónomo, comunidad de bienes, sociedad civil, Pymes o Micropymes titular de la actividad. En la solicitud se indicará el código CNAE de la actividad en relación a la que se pide la ayuda.

De conformidad con el artículo 66 de la Ley 39/2015, la solicitud se presentará obligatoriamente a través del formulario especifico disponible en la web municipal, en el apartado ayudas covid-19.

La solicitud deberá ir firmada por el solicitante, siendo este ultimo el responsable de reunir toda la documentación requerida, y de su presentación dentro de los plazos y forma establecidos. La presentación de la solicitud implica la aceptación de la presente convocatoria y la declaración de veracidad de toda la información que se presente. La solicitud deberá ir acompañada de los anexos II a IV debidamente cumplimentados.

La presentación de la solicitud fuera de plazo, y la no utilización de los formularios normalizados de uso obligatorio, serán causa de inadmisión de la misma.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOP de Cádiz.

La presentación de solicitudes se realizará:
- En el registro electrónico del Excmo. Ayuntamiento de Conil de la Frontera - A través del registro presencial del Ayuntamiento, debiendo solicitar cita previa en la dirección registro@conil.org, o por teléfono

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 22/11/2021

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha22/11/2021

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2021>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930