Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/3/2021

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 4

B.O.P. DE CADIZ NUM. 39

en propiedad, en cumplimiento con lo que se dispone en el citado Decreto de Alcaldía nº. 1673/20, en las propias Bases así como en la legislación vigente en la materia.

De conformidad con lo establecido en el Apartado 4 de las Bases que han de regir el procedimiento, en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente convocatoria, quienes deseen formar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud en los términos detallados en las referidas Bases.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y emitido informe de la Asesora Jurídica adscrita a la Jefatura de la Policía Local, de fecha 8 de Febrero de 2021, sobre los aspirantes que han presentado solicitud para tomar parte en las pruebas selectivas.

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente, en particular el art. 21.1.s de la Ley 7/1985, de 2 de Abril 1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local RESUELVO:

Primero.- Aprobar la lista provisional de admitidos y excluidos a las meritadas pruebas, con expresión de las causas que han motivado la no admisión, que figura como ANEXO a este decreto, abriendo un plazo de 10 días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, para que los interesados procedan a formular la correspondiente subsanación, en su caso, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre.

Segundo.- La presente Resolución deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme dispone el Apartado 5.1 de las Bases que rigen la convocatoria,en el caso de que no exprese la relación de todos los solicitantes, se ordena la exposición pública de dichos listados en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento sito en Plaza García Cabreros s/n, desde el mismo día de la publicación del referido anuncio en el BOP. Así mismo se publicarán en la Web Oficial http www.lalinea.es para su consulta.

Tercero.-Del presente decreto deberá darse cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que celebre, en cumplimiento del art. 42 del Reglamento deOrganización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre.
ANEXO
Lista Provisional de Admitidos y Excluidos en el Proceso Selectivo para la Provisión de Una Plaza de Subinspector de la Policía Local, por el Sistema de Promoción Interna, Procedimiento de Concurso Oposición.
Solicitante DNI
Admitido/Excluido Causas CAAMAÑO LAGO, FRANCISCO JAVIER 5616
Admitido GARCÉS QUIRÓS, JUAN CARLOS

3484

Admitido

De conformidad con lo dispuesto en el Apartado 4.4 de las Bases que rigen el presente procedimiento, se requiere al interesado para que en el PLAZO DE 10
DÍAS HÁBILES, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOP de Cádiz, para que subsane la falta o, en su caso, acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

Lo Decreta, Manda y Firma el Sr. Alcalde de La Línea de la Concepción, todo lo cual, como Secretaria General, autorizo su transcripción. 11/02/21. Cúmplase EL ALCALDE PRESIDENTE, Fdo.: José Juan Franco Rodríguez. 10/02/21. DOY FE, LA SECRETARIA GENERAL, Fdo.: Carmen Rocío Ramírez Bernal.
Nº 11.999


AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARIA
ANUNCIO DE INFORMACIÓN PÚBLICA

En sesión celebrada el día 12 de febrero de 2020, el Excmo. Ayuntamiento Pleno acordó aprobar la corrección de error detectado en el artículo 12.3.4.5 del PGOU
y en el plano de Ordenación General nº 0.08.2 - Hoja 20, consistente en que, para las manzanas M9, M10 y M11 del sector SUO-RT-28 Viña Rango Golf:
- Corrección de la Zona de Ordenanza de referencia prevista en el art. 12.3.4.5. del PGOU: Donde dice CJ2 debe decir CJ5.
- Corrección de la altura reseñada en el Plano de Ordenación General nº 0.08.2 - Hoja 20: en las manzanas M9, M10 y M11 del sector SUO-RT-28 Viña Rango Golf, donde dice II debe decir III.

Se hace constar que se ha procedido a la anotación accesoria de dicho Documento en la inscripción de la Revisión del PGOU en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos, en la Sección Instrumento de Planeamiento del Libro Registro de El Puerto de Santa María de la Unidad Registral de Cádiz con fecha 08-06-2020, así como en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados de la Sección de Instrumentos de Planeamiento con fecha 13-11-2020.

Lo que se hace público para general conocimiento advirtiéndose expresamente que contra el indicado acuerdo podrán interponerse los siguientes recursos:
1.- Reposición: con carácter potestativo, ante este mismo órgano, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación. Se entenderá desestimado si transcurre un mes desde su presentación sin notificarse su resolución. artº 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2.- Contencioso-Administrativo: ante la Sala de lo Contencioso del T.S.J.A. Sevilla, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a esta notificación, o bien en el plazo de dos meses desde la notificación de la resolución del Recurso de Reposición o en el plazo de seis meses desde que deba entenderse presuntamente desestimado dicho recurso, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a tenor de lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio.

2 de marzo de 2021

El Puerto de Santa María a 10 de febrero de 2021. EL ALCALDE, Fdo.:
Germán Beardo Caro.
Nº 12.092


AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARIA
ANUNCIO DE INFORMACIÓN PÚBLICA

En sesión celebrada el día 12 de febrero de 2020, el Excmo. Ayuntamiento Pleno acordó aprobar la corrección de error material detectado en el PGOU de El Puerto de Santa María, concretamente en la Ficha Urbanística de planeamiento del ARG-28
Hijuela del Tío Prieto, consistente en que, en el apartado II. Suelo Dotacional Público de las Determinaciones de la Ordenación Pormenorizada Preceptiva de la precitada Ficha Urbanística de planeamiento del ARG-28 Hijuela del Tío Prieto:
- En vez de la reserva dotacional de 35 m / 100 m techo que figura en el mismo, - Debe reseñarse en blanco , es decir, sin exigencia alguna por tal concepto.

Se hace constar que se ha procedido a la anotación accesoria de dicho Documento en la inscripción de la Revisión del PGOU en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos, en la Sección Instrumento de Planeamiento del Libro Registro de El Puerto de Santa María de la Unidad Registral de Cádiz con fecha 08-06-2020, así como en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados de la Sección de Instrumentos de Planeamiento con fecha 13-11-2020.

Lo que se hace público para general conocimiento advirtiéndose expresamente que contra el indicado acuerdo podrán interponerse los siguientes recursos:
1.- Reposición: con carácter potestativo, ante este mismo órgano, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación. Se entenderá desestimado si transcurre un mes desde su presentación sin notificarse su resolución. artº 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2.- Contencioso-Administrativo: ante la Sala de lo Contencioso del T.S.J.A. Sevilla, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a esta notificación, o bien en el plazo de dos meses desde la notificación de la resolución del Recurso de Reposición o en el plazo de seis meses desde que deba entenderse presuntamente desestimado dicho recurso, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a tenor de lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio.

El Puerto de Santa María a 10 de febrero de 2021. EL ALCALDE, Fdo.:
Germán Beardo Caro.
Nº 12.093


AYUNTAMIENTO DE ROTA
ANUNCIO

Expte 13308/2019. El Excmo. Ayuntamiento Pleno en la sesión ordinaria celebrada el día treinta de enero de dos mil veinte, al punto 3º del Orden del Día, acordó aprobar inicialmente el Reglamento de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Rota. Una vez finalizado el plazo de información pública en fecha 10 de julio de 2020, sin haberse presentado alegaciones, se entiende definitivamente adoptado el anterior acuerdo inicial, y se procede, de conformidad con lo dispuesto en el art. 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, a la publicación íntegra del texto de dicho Reglamento en el BOP de Cádiz, que literalmente dice:
REGLAMENTO DE LA AGRUPACIÓN DE
VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL
PREÁMBULO

La Agrupación de Voluntarios de Protección civil fue creada por el convenio suscrito el 18 de noviembre de 1989, entre el Ayuntamiento de Rota y la Junta de Andalucía.

Desde sus inicios, ha sido pionera en nuestra comunidad en diversos aspectos. Fue una de las primeras agrupaciones de Andalucía y, sobre todo, fueron los Voluntarios quienes confeccionaron el Plan de Emergencia Municipal, homologado en el grupo de los primeros catorce municipios que cuentan con plan de emergencia.
Además y como detalle singular, fue el único plan de emergencia confeccionado y redactado exclusivamente por Voluntarios, sin la intervención de personal profesional.

A lo largo de su existencia, la Agrupación ha trabajado en las tres áreas básicas de responsabilidad que tiene asignadas: los servicios operativos, la formación/
divulgación y los trabajos técnicos de protección civil, habiendo conseguido al día de hoy, implantar estas tres vertientes genéricas.

En el área operativa, ya en 1991 se implantó el servicio municipal de urgencias 24 horas, que inició su profesionalización en 2005 y la completó en 2015
con el personal de primera intervención en socorro, rescate, salvamento, prevención y extinción de incendios.

En la formativa, con el Programa Municipal de Formación, creado en el año 2000 y por cuyas aulas han pasado muchos alumnos, tanto de ésta como de otras agrupaciones de municipios cercanos, así como ciudadanos interesados en recibir la formación que se impartía.

Y en cuanto al trabajo técnico, desde 1994 con la recopilación de datos y confección y mantenimiento de los planes de emergencia de ámbito local.

Todo este ingente trabajo ha podido abordarse, gracias a la labor de mujeres y hombres comprometidos con nuestro municipio, al que han ofrecido lo más valioso que puede ser dado: su tiempo.

El primer Reglamento de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Rota fue aprobado en Pleno Municipal el 12 de septiembre de 1990. El presente se elabora, en cumplimiento de lo estipulado en el Decreto 159/2016 de la Comunidad Autónoma Andaluza.

Se ruega tómese en consideración en la lectura de este Reglamento que el historial de este Servicio ha dejado demostrado, más allá de toda duda, que la relación

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/3/2021

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha02/03/2021

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones6019

Primera edición02/01/2001

Ultima edición20/06/2024

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