Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 4/1/2021

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 4

B.O.P. DE CADIZ NUM. 1

.- salariales: 805,42 + 209,07 + 160,79 + 108,68 + 102,63 euros;
.- extrasalariales: 109,63 + 16,37 + 98,70 + 937,18 euros;
las anteriores cantidades devengarán los siguientes intereses, cuyo día inicial será la fecha de la reclamación extrajudicial de 14-10-19: las que se califican como extrasalariales, el interés legal del dinero; las que se califican como salariales, el interés del 10 % anual;
2.- Se impone solidariamente a motion team concreTia S.L. antigua easy 200 S.L., Oscar Manuel Gómez Fajardo:
.- las costas, que podrá incluir los honorarios de asistencia profesional de letrado o graduado social, con sujeción en todo caso al límite cuantitativo legal;
.- sanción pecuniaria por importe de 180 euros.

La presente resolución permite el RECURSO DE SUPLICACIÓN tan solo por infracción procesal, el cual deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o de su representante, al hacerle la notificación de aquélla, de su propósito de entablarlo. También podrá anunciarse por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o graduado social colegiado, o representante ante el juzgado que dictó la resolución impugnada, dentro del indicado plazo. Todo el que anuncie recurso de suplicación, consignará como depósito trescientos euros, en la cuenta de depósitos y consignaciones correspondiente al órgano que hubiere dictado la resolución recurrida, estando exento de ello el que tenga la condición de trabajador, causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, Administraciones Públicas, entidades de derecho público, órganos constitucionales, sindicatos y quienes tuvieren reconocido el beneficio de justicia gratuita. Además, cuando la sentencia impugnada hubiere condenado al pago de cantidad, será indispensable que el recurrente que no gozare del derecho de asistencia jurídica gratuita acredite al anunciar el recurso de suplicación haber consignado en la oportuna entidad de crédito y en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre del órgano jurisdiccional, la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento emitido por entidad de crédito. Los anteriores requisitos de consignación y aseguramiento de la condena deben justificarse, junto con la constitución del depósito necesario para recurrir, en su caso, en el momento del anuncio del recurso de suplicación, hasta la expiración del plazo establecido para el anuncio del recurso.

Los ingresos podrán efectuarse:
.- o bien mediante INGRESO EN SUCURSAL del Banco Santander en el número de cuenta formada por los siguientes dígitos: 1282 0000 65 seguido de los cuatro dígitos del nº de registro del procedimiento seguido de los dos dígitos del año del procedimiento;
.- o bien mediante TRANSFERENCIA BANCARIA en la cuenta ES55-0049 3569
92 0005001274 expresando como concepto el número de aquella anteriormente mencionada 1282 0000 65 seguido de los cuatro dígitos del nº de registro del procedimiento seguido de los dos dígitos del año del procedimiento.

Por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado MOTION TEAM
CONCRETIASL, EASY 2000 SL y OSCAR MANUEL GOMEZ FAJARDO actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN
OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En CADIZ, a cuatro de diciembre de dos mil veinte. EL LETRADO/A DE
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. LIDIA ALCALA COIRADA. Firmado.
Nº 80.240/20


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3
CADIZ
EDICTO

Procedimiento Ordinario 222/2020. Negociado: 29. N.I.G.:
1101244420200000580. De: D/D. AMPLIFON IBERICA, S.A.U.. Abogado:
ELISABET PUJOL-XICOY SALA. Contra: D/D. CRISTINA VAZQUEZ HIDALGO

D/Dña. LIDIA ALCALA COIRADA, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3
DE CADIZ.

HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 222/2020 a instancia de la parte actora D/D. AMPLIFON IBERICA, S.A.U. contra CRISTINA
VAZQUEZ HIDALGO sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado las siguientes resoluciones:
- Decreto de 5/5/20, por el que se admite la demanda y se le cita para el 7/3/22 a las 11:50 para los actos de conciliación y juicio - Auto de 5/5/20 por el que se admite la prueba de su interrrogatorio.
- Se le hace saber que la copia de la demanda está a su disposición en esta oficina judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado CRISTINA VAZQUEZ
HIDALGO, con DNI acabado en 8992-AM actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En CADIZ, a cuatro de diciembre de dos mil veinte. EL/LA LETRADO/A
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. LIDIA ALCALA COIRADA.
Firmado.
Nº 80.244/20

4 de enero de 2021

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3
CADIZ
EDICTO

D/D LIDIA ALCALA COIRADA, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3
DE CADIZ.

HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 807/2017 a instancia de la parte actora D/D. JUAN CARLOS RODRIGUEZ GARCIA contra J.B. ADECUACIONES Y PROYECTOS, S.L. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado SENTENCIA DE FECHA de fecha 1/10/20, contra la que cabe recurso de suplicación en el plazo de 5 días ante este Juzgado, y cuya parte dispositiva dice:

Que, estimando la demanda interpuesta por la demandante, se condena a la demandada a que abone al actor la cantidad de 4151,82 euros.

Y para que sirva de notificación al demandado J.B. ADECUACIONES Y
PROYECTOS, S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En CADIZ, a cuatro de diciembre de dos mil veinte. EL/LA LETRADO/A
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. LIDIA ALCALA COIRADA.
Firmado.
Nº 80.247/20


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3
CADIZ
EDICTO

D/D LIDIA ALCALA COIRADA, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3
DE CADIZ.

HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 209/2020 a instancia de la parte actora D/D. ANTONIO ESPINOSA SANCHEZ FERRAGUT
contra GRUPO HOSTELERO PURO ROBLE SOCIEDAD LIMITADA y FOGASA
sobre Ejecución de títulos judiciales se han dictado las siguientes resoluciones:
- Auto de despacho de ejecución y decreto de medidas ejecutivas, ambos de 15/7/20.
- Se le hace saber que tiene la copia de la demanda ejecutiva a su disposición en la oficina judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado GRUPO HOSTELERO
PURO ROBLE SOCIEDAD LIMITADA actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En CADIZ, a nueve de diciembre de dos mil veinte. EL/LA LETRADO/A
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. LIDIA ALCALA COIRADA.
Firmado.
Nº 80.250/20


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO

Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 671/2020. Negociado: 7.
N.I.G.: 1102044420200001987. De: D/D. JAIME EDUARDO CALVO GUTIERREZ.
Abogado: FLORA ALCAZAR BENOT. Contra: D/D. COCHERAS DE JEREZ SLU, APK GESTION DE APARCAMIENTOS, S.A. y EMFASE SERVICIOS AUXILIARES
SL. Abogado: CARLOS IGLESIAS ARAUZO.

D/Dña. ROSARIO MARISCAL RUIZ, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2
DE JEREZ DE LA FRONTERA

HACE SABER:

Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 671/2020 se ha acordado citar a COCHERAS DE JEREZ SLU, APK GESTION
DE APARCAMIENTOS, S.A. y EMFASE SERVICIOS AUXILIARES SL como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 24 de FEBRERO de 2021 a las 11:00 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Av.
Álvaro Domecq. Edificio Alcazaba debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESION JUDICIAL.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a COCHERAS DE JEREZ SLU, APK GESTION
DE APARCAMIENTOS, S.A. y EMFASE SERVICIOS AUXILIARES SL.

Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 4/1/2021

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha04/01/2021

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6011

Primera edición02/01/2001

Ultima edición07/05/2024

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