Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 4/1/2021

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 8

B.O.P. DE CADIZ NUM. 1

En Jerez de la Frontera, a 16/12/20. EL/LA LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. JOSÉ MANUEL SEOANE SEPÚLVEDA. Firmado.
Nº 81.156/20


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO
CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilmo. Sr/Sra. LUZ
MARÍA BONILLA VALLEJO, Magistrado del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO
1 DE JEREZ DE LA FRONTERA, en los autos número 94/2020 seguidos a instancias de MARIA JESUS CHACON RUIZ contra FONDO GARANTIA SALARIAL, SENSEPERFUM S.L. y FRANCISCO SUAREZ S.A sobre Procedimiento Ordinario, se ha acordado citar a SENSEPERFUM S.L. como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 18 DE OCTUBRE DE 2021 A LAS 11:15 Y A
LAS 11:30 HORAS, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en Av. Álvaro Domecq. Edificio Alcazaba debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a SENSEPERFUM S.L. para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En Jerez de la Frontera, a 17/12/20. EL/LA LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. LUZ MARÍA BONILLA VALLEJO. Firmado.
Nº 81.159/20


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO
CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilmo. Sr/Sra. LUZ
MARÍA BONILLA VALLEJO, Magistrado del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO
1 DE JEREZ DE LA FRONTERA, en los autos número 1213/2019 seguidos a instancias de DAVID BAENA PEREZ contra MASQUEREFORMA CONTRATAS Y SERVICIOS
SLU sobre Despidos/ Ceses en general, se ha acordado citar a MASQUEREFORMA
CONTRATAS Y SERVICIOS SLU como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 27 DE SEPTIEMBRE DE 2021 A LAS 09:30 Y A LAS
10:00 HORAS, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en Av. Álvaro Domecq. Edificio Alcazaba debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que se suspenderán por falta injustificada de asistencia.Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a MASQUEREFORMA CONTRATAS Y
SERVICIOS SLU para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.

En Jerez de la Frontera, a 17/12/20. EL/LA LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. LUZ MARÍA BONILLA VALLEJO. Firmado.
Nº 81.164/20


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
CADIZ
EDICTO

N.I.G.: 1101244420180002452. Procedimiento: 834 y 835/18. Ejecución Nº: 1106/2020. Negociado: 56. De: D/D.: SERGIO CUELLAR CARDENAS y FRANCISCO LARA ORTEGA. Contra: RAMADI SUR SL.

D. ANGEL LUIS SANCHEZ PERIÑAN, LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO
1 DE CADIZ, doy fe y testimonio: Que en este Juzgado se sigue Ejecución número 1106/2020 y 1133/20 acumulada, dimanante de autos núm. 834 y 835/18, en materia de Ejecución de títulos judiciales, a instancias de SERGIO CUELLAR CARDENAS y FRANCISCO LARA ORTEGA contra RAMADI SUR SL, habiéndose dictado Autos de fecha 14/12/2020 cuya partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

S.S. Iltma. DIJO: Procédase a la ejecución de la sentencia dictada en los autos nº 834/18 con fecha 13/03/20, despachándose la misma a favor de D.
FRANCISCO LARA ORTEGA, contra RAMADI SUR SL por la cantidad de 4.397,74
euros en concepto de principal, más la de 500 euros calculados los intereses y costas, siguiéndose la via de apremio sobre sus bienes, derechos o acciones hasta hacer pago a los ejecutantes de las cantidades citadas.

S.S. Iltma. DIJO: Procédase a la ejecución de la sentencia dictada en los autos nº 835/18 con fecha 13/03/20, despachándose la misma a favor de D. SERGIO
CUELLAR CARDENAS, contra RAMADI SUR SL por la cantidad de 3.519,42 euros de principal, más la de 500 euros calculados los intereses y costas, siguiéndose la via
4 de enero de 2021

de apremio sobre sus bienes, derechos o acciones hasta hacer pago a los ejecutantes de las cantidades citadas.

Notifiquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse en el plazo de TRES DIAS RECURSO DE
REPOSICION, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma el Iltmo. Sr. D JAVIER
SANCHEZ GARCIA. Doy fe

Y para que sirva de notificación en forma a RAMADI SUR SL, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de CADIZ, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

Dado en CADIZ, a catorce de diciembre de dos mil veinte. EL LETRADO
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 81.169/20

VARIOS
ENTIDAD URBANISTICA DE CONSERVACION
PARQUES DE SOTOGRANDE
SAN ROQUE
ANUNCIO DE PUESTA AL COBRO DEL RECIBO DE LA CUOTA 2021 DE
LA ENTIDAD URBANÍSTICA DE CONSERVACIÓN
"PARQUES DE SOTOGRANDE"

Mediante el presente se anuncia a los propietarios de la EUC "Parques de Sotogrande" la puesta al cobro de la cuota del ejercicio 2021 de la Entidad, aprobada en la Asamblea General celebrada el 13 de agosto 2020, cuyo pago en período voluntario se encuentra establecido en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 marzo de cada año, salvo domiciliación bancaria y previa comunicación al respecto, en cuyo caso los pagos se harán el primer día natural, del primer mes de cada trimestre. Finalizado dicho periodo se procederá a su recaudación indistintamente por vía de apremio administrativo o judicial civil, con los intereses legales, gastos, costas y recargos establecidos para la vía ejecutiva en la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de Diciembre, aplicables también a la vía civil, conforme a lo aprobado en dicha Asamblea. El Expediente se encuentra a disposición de los propietarios en las oficinas de la Entidad sita en el Centro Comercial Marysol, Local 419, 1 Planta, 11310 Sotogrande, San Roque, Cádiz.

Recursos. Contra este acuerdo y el de liquidación individual del recibo de la cuota ordinaria de la EUC podrá interponer los siguientes: con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejo Rector, de conformidad con el articulo 47.2.1º de los Estatutos de la EUC; y en su caso, directamente, recurso de alzada ante el Ayuntamiento, ambos en el plazo de un mes desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincial de Cádiz, o cualquier otro recurso que estime conveniente.

La interposición de recurso administrativo o jurisdiccional no suspende, por sí misma, la obligación de ingresar la cantidad reclamada.

El Gerente de la EUC. Fdo.: Sergio Sánchez Domínguez. Nº 82.349/20

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.P

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O .
B

INSERCIONES: Previo pago Carácter tarifa normal: 0,107 euros IVA no incluido.
Carácter tarifa urgente: 0,212 euros IVA no incluido.
PUBLICACION: de lunes a viernes hábiles.
Depósito Legal: CAI - 1959

Ejemplares sueltos: 1,14 euros

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 4/1/2021

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha04/01/2021

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6010

Primera edición02/01/2001

Ultima edición06/05/2024

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