Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 22/5/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 4

B.O.P. DE CADIZ NUM. 95

22 de mayo de 2020

AYUNTAMIENTO DE BORNOS
EDICTO RELATIVO A LA CALIFICACIÓN FINAL DE LA RELACIÓN DE LAS PERSONAS APROBADAS POR
ORDEN DE PUNTUACIÓN Y PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIO/A DE CARRERA

De conformidad con lo prevenido en el punto 7 de las Bases que rigen la convocatoria, se establece que el Tribunal Calificador hará pública, en la Sede Electrónica y en la Web Corporativa del Ayuntamiento de Bornos, la relación definitiva de personas aprobadas por orden de puntuación.

Dicha relación será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y elevada con propuesta de nombramiento como funcionario/a de carrera al Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Bornos. Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.
1-La calificación final por orden de puntuación ordenados de la mayor a menor de las personas aprobados es la siguiente;
ORDEN

APELLIDOS Y NOMBRE

DNI

1º. EJERCICIO

2º. EJERCICIO

FINAL

1

LOPEZ REVUELTA, ZAIRA

5306C

8,90

6,10

15,00

2

SÁNCHEZ TORO, ANTONIO

1546J

7,14

5,10

12,19

3

FERNÁNDEZ GARRUCHO, M DOLORES

3166T

6,92

5,10

12,02

4

BARO CASTILLO, MARÍA

3170B

6,48

5,10

11,58

5

BORREGO TEJERO, JOSEFA

4707X

6,26

5,05

11,31

6

MUÑOZ REPETO, SILVIA

7574R

6,04

5,10

11,14

7

PEINADO JIMENEZ, JOSE MARÍA

3201S

6,04

5,10

11,14

8

CEBALLO PICHACO, NURIA

7579X

5,82

5,10

10,92

Finalizadas las pruebas selectivas, para ocupar en propiedad, mediante el sistema oposición libre, una plaza de Auxiliar Administrativo Servicios Sociales, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Bornos, el tribunal calificador fórmula propuesta de nombramiento, a la Presidencia de la Corporación, a favor de la persona que se indica a continuación, por resultar las que mayor puntuación ha obtenido en calificación final del proceso de selección correspondiente al primer y al segundo ejercicio.

2- Se propone el nombramiento como Funcionaria de Carrera para la plaza de Auxiliar Administrativo de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Bornos a ZAIRA
LOPEZ REVUELTA, con DNI 5306C.

08/05/2020. Firmado: Salvador Ramírez Ramírez.
Nº 23.929


AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO
EDICTO

Aprobadas por este Ayuntamiento las Listas Cobratorias que seguidamente se indican, relativas al ejercicio de 2.020, por el presente edicto se notifican colectivamente al amparo de lo establecido en el art. 102.3 de la Ley 58/2003 de 17 de Diciembre, General Tributaria, se exponen al público durante el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente al de publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

De conformidad con lo previsto en el art. 14.2.c del Real Decreto Legislativo 2/2.004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra las cuotas comprendidas en las referidas Listas Cobratorias sólo podrá interponerse recurso de reposición, previo al Contencioso-Administrativo, ante el Sr. Delegado del Área de Presidencia y Desarrollo Económico, en el plazo de UN MES, a partir del día siguiente al de la finalización de la exposición pública de los padrones que nos ocupan.

Las Listas Cobratorias referidas se contraen a:

IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZAURBANA
Y RÚSTICA.

De igual modo, queda fijado el plazo de cobro en periodo voluntario desde el 1 de mayo al 17 de agosto de 2.020 para los recibos de la cuota del primer semestre y del 1 de mayo al 9 de noviembre de 2.020 para los recibos de la cuota del segundo semestre en relación al Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana y del 24
de abril al 7 de octubre de 2020 para el Impuesto sobre bienes Inmuebles de naturaleza Rústica.

Dadas las medidas de limitación de la circulación de personas establecidas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
y las adoptadas en su aplicación por este Ayuntamiento, la consulta deberá efectuarse durante la declaración del estado de alarma, o las limitaciones de otro tipo que se impongan, la consulta deberá efectuarse de manera telemática, a través de cualquiera de los medios de contacto y de tramitación indicados en el portal www.sanfernando.
es durante la declaración del estado de alarma, y específicamente a través del correo gestiontributaria@sanfernando.es y el teléfono 956944003.

Los contribuyentes afectados por los conceptos citados, podrán realizar los pagos en los referidos plazos presentando los dípticos en las Entidades Bancarias Colaboradoras en horarios y días de oficina.

Transcurrido los plazos indicados, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo ejecutivo, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley 58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria.

Lo que se hace publico para general conocimiento. San Fernando, a 8/05/20, Fdo.: JUNQUERA CERECEDA MARIA DOLORES Jefa de Servicio de Gestión Tributaria, RODRIGUEZ RUIZ CONRADO Delegado Gral de Presidencia y Des.
Economico.
Nº 23.938

AYUNTAMIENTO DE VILLAMARTIN
ANUNCIO

Expediente nº 825/2020. DON JUAN LUIS MORALES GALLARDO, ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VILLAMARTÍN, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 21 de la Ley 7/1985 de 2 de abril de Bases de Régimen Local en adelante LRBRL, y Decreto de esta Alcaldía de fecha 04/05/2020
y Num. 2020-0287, HACE SABER:

La Ordenanza REGULADORA DEL DEPOSITO Y RECOGIDA DE
RESIDUOS de esta localidad, publicada en el BOP de Cádiz Num. 165 de 29 de Agosto de 2013, es donde se regulan las actividades dirigidas al depósito y recogida de residuos de competencia municipal con el objetivo de incentivar su reducción y dar prioridad a la reutilización y reciclado de los mismos.

El art. 25.2 l de la LRBRL, atribuye a los Ayuntamientos la competencia para prestar los servicios de limpieza viaria y recogida y tratamiento de residuos, y el art. 26.1 LRBRL incluye como servicios obligatorios en todos los municipios el de recogida de residuos y, para los superiores de 5.000 habitantes, además, el de su tratamiento. Finalmente el art. 86.3 de la LRBRL declara en favor de los municipios el servicio esencial de recogida, tratamiento y aprovechamiento de residuos.

A la vista de lo anterior, estamos ante un servicio público obligatorio para el Ayuntamiento y esencial para la comunidad, cuya prestación pueden exigirla los vecinos , para cuya organización y regulación las Entidades Locales tienen plena potestad, para determinar la ubicación de los contenedores, características de los mismos, fijación de horarios de recogida, condiciones en que los usuarios han de depositar los residuos, selección de los mismos, etc., y las sanciones a imponer si no cumplen con las normas.

El art. 21.1.d de LRBRL establece que es competencia del Alcalde: Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios municipales, y en la Disposición Final Primera de la Ordenanza Regulada del depósito y recogida de Residuos, anteriormente citada dispone que la Alcaldía en el ejercicio de su competencias podrá interpretar, aclarar y desarrollar los artículos de la misma.

Hasta ahora el horario de depósito de residuos domésticos en los contenedores no estaba establecido; se pretende con esta medida regular y unificar el horario para así poder sancionar a los vecinos que no tengan comportamientos cívicos y que los residuos queden depositados el menor tiempo posible en los contenedores de basura, lo que redundaría también en las tareas de mantenimiento y lavado de los contenedores.

Esta Alcaldía en base a esta normativa, y con el fin de establecer y clarificar los horarios para que los vecinos depositen los residuos en los contenedores de recogida ordinaria de basuras de la localidad, por el presente HA RESUELTO:

PRIMERO.- El horario para el depósito de residuos domésticos dentro de los contenedores se fija de 20 a 23 horas todos los días del año.

Este horario entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOP
de Cádiz.

SEGUNDO.- Cualquier modificación en este horario se comunicará debidamente a los usuarios.

TERCERO.- Publicar el presente en el Tablón de Anuncios electrónico, en el Portal de Transparencia de la sede electrónica de este Ayuntamiento y en el BOP

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 22/5/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha22/05/2020

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6007

Primera edición02/01/2001

Ultima edición30/04/2024

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