Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 18/5/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

18 de mayo de 2020

Página 3

B.O.P. DE CADIZ NUM. 91

el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y contra la resolución de este recurso, puede interponerse reclamación contenciosoadministrativa.

Lo que se hace público para general conocimiento. 30/04/20. Fdo.:
JUNQUERA CERECEDA MARIA DOLORES Jefa de Servicio de Gestión Tributaria.
04/05/20. EL DELEGADO DEL AREA DE PRESIDENCIAY DESARROLLO
ECONÓMICO Fdo.: RODRIGUEZ RUIZ CONRADO
Nº 23.540


AYUNTAMIENTO DE VEJER DE LA FRONTERA
EDICTO

Expte. 2020/PES_02/000448. Aprobada por este Municipio la Lista Cobratoria del Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, incluida la de exentos, correspondiente al ejercicio 2.020, por el presente se exponen al público hasta el 30 de Mayo de 2020 para que los interesados puedan examinarlas y formular las alegaciones que estimen oportunas, de conformidad con lo previsto en la Disposición adicional primera del Real Decreto Ley 15/2020, de 21 Abril de Medidas Urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo que modifica las referencias temporales realizadas en el artículo 33 del Real Decretoley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 y sin perjuicio de otras prórrogas que se pudieran producir por modificaciones legislativas posteriores con ocasión del Estado de Alarma.

Dichas listas cobratorias, se encuentran a disposición de los interesados en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento, así como en la Unidad Técnica Tributaria de este municipio mientras dure el estado de alarma podrá dirigirse a través de https
sprygt.dipucadiz.es/ a esa unidad tributaria y en el tablón digital de la Diputación Provincial de Cádiz.

El presente edicto será expuesto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Vejer de la Frontera. De conformidad con lo previsto en el art. 14.2.c del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra las cuotas comprendidas en la referida Lista Cobratoria sólo podrá interponerse recurso de reposición, previo al Contencioso-Administrativo, ante el Sr. Alcalde del Ayuntamiento del Municipio, en el plazo de UN MES, a partir del día siguiente al de la finalización de la exposición pública.

En cumplimiento del art. 102.3 de la Ley General Tributaria, se hace constar que el presente Edicto se publica para advertir que las liquidaciones por el tributo y ejercicio referido, se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas éstas el día en que finaliza la exposición pública de la Lista Cobratoria que ese indica. Lo que se hace público para general conocimiento de los interesados.

En Vejer de la Frontera. 1/05/20. EL ALCALDE. Por Decreto de fecha 04/12/2019 LA CONCEJALA-DELEGADA DEL ÁREA DE ECONOMÍA Y
HACIENDA, Fdo.: Ana Isabel Sánchez Loaiza.

Nº 23.542


AYUNTAMIENTO DE JIMENA DE LA FRONTERA
ANUNCIO DE APROBACIÓN INICIAL EN
EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 30
de abril de 2020, acordó la aprobación inicial del siguiente expediente de modificación de crédito:
PROPUESTA RECTIFICATIVA DE ACUERDO AL PLENO

En relación con el expediente relativo a la aprobación del expediente de modificación de créditos n.º 3/MCCE1/2020 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones y de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se emite el siguiente Propuesta, con base a los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO. Considerando la existencia de gastos que no pueden demorarse
hasta el ejercicio siguiente, para los que no existe crédito, y dado que se dispone de crédito suficiente en otras partidas del Presupuesto, por Providencia de Alcaldía se incoó expediente para la concesión de crédito extraordinario financiado con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones.

SEGUNDO. Con fecha 4 de febrero de 2020, se emitió Memoria del Alcalde en la que se especificaban la modalidad de modificación del crédito, la financiación de la operación y su justificación.

TERCERO. Con fecha 4 de febrero de 2020, se emitió informe de Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.

CUARTO. Con fecha 24 de marzo de 2020 se emitió Informe de Evaluación del Cumplimiento de Evaluación del Objetivo de Estabilidad Presupuestaria y con fecha 11 de marzo de 2020 por Intervención se informó favorablemente la propuesta de Alcaldía.

LEGISLACIÓN APLICABLE

La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:
Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo.
Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.
Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre.
El Reglamento UE Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea SEC-10.
El artículo 22.2.e de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales.
La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
El artículo 28.j de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
El artículo 4.1.b.2º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
La Base 12 de las Bases de ejecución del Presupuesto de 2020, prorrogado del Presupuesto 2019.

Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable, procediendo su aprobación inicial por el Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 22.2.e de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución:
PROPUESTA RECTIFICATIVA DE RESOLUCIÓN

PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito n.º 3/MCCE1/2020, del Presupuesto en vigor en la modalidad de crédito extraordinario, financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones del Presupuesto vigente no comprometidas, sin que se vea perturbado el respectivo servicio, de acuerdo al siguiente detalle, una vez realizadas las rectificaciones oportunas en relación con el importe y la denominación de dos de las obras incluidas en un primer momento y que tras su remisión al Pleno fueron modificadas por Diputación, si bien sobre dichas modificaciones se dejó constancia tanto en la Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas celebrada el pasado dia 23 de abril de 2020, como en el Pleno posterior.

ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS
Partida
Descripción
Créditos iniciales
Créditos extraordinarios
5.699,99 €

Créditos finales
Progr. Económica 330

76101

OBRA 36/2015 Instalaciones en Salón de Actos de la Casa de la Cultura de San Pablo de Buceite
0,00 €

1532

76100

OBRA 35/2017 Mejoras de acerados en C/ Paseo Cristina, Plaza Olof Palme y otras calles de Jimena de la Frontera
0,00 €

1532

76101

OBRA 71/2017 Asfaltado de Calle Cerejana, Cazorla y Sebastián Pineda de San Pablo de Buceite
0,00 €

920

76100

OBRA 33/2018 Rehabilitación y reforma de Casa Consistorial de Jimena de la Frontera
0,00 €

TOTAL

5.699,99 €

18.952,50 € 18.952,50 €
5.985,00 €

5.985,00 €

18.952,50 € 18.952,50 €
49.589,99 € 49.589,99 €

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 18/5/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha18/05/2020

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones6008

Primera edición02/01/2001

Ultima edición02/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Mayo 2020>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31